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109 NORMAS LEGALES Sábado 6 de diciembre de 2025 El Peruano / la función fi scal, la con fi anza ciudadana y la imagen institucional del Ministerio Público, corresponde dar por concluido el nombramiento de la abogada Estefany Rocio Lazo Flores, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa y su designación en la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Arequipa; conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenidos en el informe Nº 0100-2025-MP-FN-JJCP, de fecha 26 de noviembre de 2025. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero .- Dar por concluido el nombramiento de la abogada Estefany Rocio Lazo Flores, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Arequipa y su designación en la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Flagrancia Delictiva del Distrito Fiscal de Arequipa, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1954-2024-MP-FN, 2956-2024-MP- FN y 2901-2025-MP-FN, de fechas 9 de septiembre, 30 de diciembre de 2024 y 19 de septiembre de 2025, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo .- Hacer de conocimiento a la abogada Estefany Rocio Lazo Flores que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero .- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Arequipa, Coordinación Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2466405-2 Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3682-2025-MP-FN Lima, 5 de diciembre de 2025VISTO Y CONSIDERANDO: El artículo 158 de la Constitución Política del Estado establece que el Ministerio Público es un organismo constitucional autónomo presidido por el Fiscal de la Nación; asimismo, conforme se desprende del artículo 5 de su Ley Orgánica, aprobada por Decreto Legislativo N° 052, se estructura como un cuerpo jerárquicamente organizado en virtud del cual los fi scales deben sujetarse a las instrucciones que pudieren impartirles sus superiores. Por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1381-2025-MP-FN de fecha 9 de mayo de 2025, se resolvió designar al abogado Fidel Aliaga Vera, fi scal adjunto provincial titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 1° Despacho Provincial Penal de la Tercera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María. De la información que obra en el Sistema Integrado de Gestión, Registro y Evaluación de Fiscales (SIGREF), se advierte la existencia de una (1) plaza de fi scal provincial -pendiente de ocupar- en el Área Especializada de la Fiscalía de la Nación en Denuncias contra Magistrados. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley N° 31718, señala que los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC N° 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, conforme a las prerrogativas y a la facultad concedida al Fiscal de la Nación (i) para dirigir, orientar y reformular la política del Ministerio Público, con la fi nalidad de coadyuvar a la labor fi scal y alcanzar el Objetivo Estratégico Institucional (OEI.01): “Incrementar la persecución penal, la prevención del delito y la defensa de los derechos ciudadanos”, se ha considerado oportuno emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar al abogado Fidel Aliaga Vera, fi scal adjunto provincial titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal provincial, designándolo como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, con retención de su cargo de carrera, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Fidel Aliaga Vera, fi scal adjunto provincial titular del Pool de Fiscales de Lima, Distrito Fiscal de Lima, actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el 1° Despacho Provincial Penal de la Tercera Fiscalía Corporativa Penal de Cercado de Lima-Breña-Rímac-Jesús María; materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1381-2025-MP-FN de fecha 9 de mayo de 2025. Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Fidel Aliaga Vera, como fi scal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo como Adscrito al Despacho de la Fiscalía de la Nación, en el Área Especializada de la Fiscalía de la Nación en Denuncias contra Magistrados, con retención de su cargo de carrera. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Fidel Aliaga Vera que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Cuarto.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia,