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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 106

106 NORMAS LEGALES Sábado 6 de diciembre de 2025 El Peruano / MINISTERIO PÚBLICO Dan por concluido nombramiento de fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 3679-2025-MP-FN Lima, 5 de diciembre de 2025VISTOS:Los o fi cios N°s 003150 y 003155-2025-MP-FN- PJFSCUSCO y el informe N° 0108-2025-MP-FN-JJCP, y; CONSIDERANDO:Mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2732-2023-MP-FN, de fecha 18 de octubre de 2023, se resolvió nombrar al abogado Jherson Jhordy Zegarra Vargas, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designándolo en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024. Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052, modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como designar a los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Al respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia del 24 de noviembre de 2020, en el caso Casa Nina vs. Perú, ha señalado que la provisionalidad “no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria”. Dicha temporalidad es consustancial al nombramiento provisional y habilita al titular del Ministerio Público para gestionar la asignación y permanencia del personal fi scal, en aras de la correcta marcha de la institución. El artículo 2 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, de fi ne el per fi l requerido para el cargo al indicar que “está constituido por el conjunto de capacidades y cualidades personales y profesionales que aseguran que, en el ejercicio de sus funciones, los fi scales respondan idóneamente a los roles constitucionales de defensa de la legalidad, de los intereses públicos tutelados por el derecho, de representación de la sociedad en juicio y de investigación del delito”. La materialización de este perfi l depende de una conducta ceñida a los principios de objetividad y probidad, que son esenciales para la confi anza pública en la institución. En esa línea, la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, fi jó las condiciones resolutorias para la vigencia de los nombramientos de fi scales provisionales. Dicha norma establece que podrá concluirse el nombramiento y designación, entre otros supuestos, cuando se presente: “(v) La afectación al principio de probidad que se erige como componente esencial del fi scal desde su nombramiento y designación; u otro motivo que termine dañando la imagen institucional” y “(vi) El incumplimiento o afectación a las condiciones que se requieren para su nombramiento como fi scal, o se transgreda el orden normativo aplicable a los fi scales”. Mediante los o fi cios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, pone de conocimiento que el abogado Jherson Jhordy Zegarra Vargas, viene siendo cuestionado por la presunta comisión de un delito grave, conforme a lo indicado en el o fi cio N° 1050-2025-MP-FN-3FPCC-4D, de fecha 1 de diciembre de 2025, suscrito por el abogado Dante Cayo Mancilla, fi scal provincial titular penal de Cusco, Distrito Fiscal del Cusco, designado en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco; además la abogada Yanet Lisbet Quispe Ata, fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco, designada en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar del Cusco emite el informe N° 01-2025-MP-FN-3D-FPCEDLYACMEIGFC-CUSCO. Asimismo, se adjuntan las Disposiciones Fiscales n.os 01-2025-MP-FN-3DI-FPCEDLYACMEIGF-C y 02-2025-MP-FN-3DI-FPC EDLYAC MEIGF-C/DE; Resolución N° 01, emitida por el 2° Juzgado de Investigación Preparatoria Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar - Sede Meson; Resolución N° 01, expedida por el 11° Juzgado de Familia - Módulo de Violencia contra la Mujer e Integrantes del Grupo Familiar - Corte Superior de Justicia de Cusco, y del reporte de quejas y denuncias emitido por la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, de fecha 4 de diciembre de 2025, se advierte que el mencionado abogado cuenta con quejas en trámite como personal fi scal. Por lo tanto, la conducta del referido magistrado no es compatible con la política institucional, afectando la imagen del Ministerio Público y desmerece la función fi scal ante la sociedad. En consecuencia, al haberse con fi gurado las condiciones resolutorias prevista en los literales (v) y (vi) de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 2956-2024-MP-FN, y en ejercicio de las prerrogativas de este Despacho para salvaguardar la integridad de la función fi scal, la con fi anza ciudadana y la imagen institucional del Ministerio Público, corresponde dar por concluido el nombramiento del abogado Jherson Jhordy Zegarra Vargas, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco y su designación en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a la evaluación de los actuados contenidos en el informe N° 0108-2025-MP-FN-JJCP, de fecha 04 de diciembre de 2025. Estando a lo expuesto y en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 158 y 159 de la Constitución Política del Perú, y a lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Jherson Jhordy Zegarra Vargas, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal del Cusco y su designación en la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corporativa del Cusco, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N°s 2732-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 18 de octubre de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen encontrarse en trámite. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento al abogado Jherson Jhordy Zegarra Vargas que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General N° 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Cusco, Coordinación Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS Fiscal de la Nación (i) 2466303-1