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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (06/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 121

121 NORMAS LEGALES Sábado 6 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 248-2024-CR/GRC en su artículo 32º, respecto de los derechos funcionales de los consejeros regionales señala, entre otros, lo siguiente: “a) Proponer, en forma individual o conjunta, normas y acuerdos regionales en materia y asuntos de su competencia (...)”, asimismo en su artículo 93º sobre los tipos de procedimientos, establece que estas son: “a) Procedimiento normativo o legislativo; que comprende el debate y aprobación de instrumentos legales de alcance regional, como Acuerdos de Consejo Regional y Ordenanzas Regionales, éstas últimas de obligatorio cumplimiento en el ámbito del Gobierno Regional de Cusco (…)”, del mismo modo en su artículo 96º precisa que: “Las ordenanzas regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia (...)”; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 248-2024-CR/GRC, en su artículo 102º establece que: “Tienen derecho a plantear proposiciones normativas (…) 1. Los consejeros(as) Regionales (…)”; del mismo modo, en su artículo 103º sobre las etapas del procedimiento normativo de la Ordenanza Regional, establece que estas son: “a) Proyecto de proposición. b) Estudio y Dictamen en comisiones. c) Debate en el Pleno del Consejo Regional. d) Aprobación en el Pleno del Consejo Regional. e) Autógrafa por el Presidente del Consejo Regional. f) Promulgación por el Gobernador Regional. g) Publicación por el gobernador regional o consejo regional en caso de insistencia de la norma. (…)”; Que, el Reglamento Interno del Consejo Regional de Cusco, aprobado mediante la Ordenanza Regional Nº 248-2024-CR/GRC, en su artículo 149º precisa, sobre las funciones generales de la comisión ordinaria, que: “(...) 2). Proponer la aprobación, modi fi cación o derogación de las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencias y funciones del Gobierno Regional. Presentar iniciativas legislativas al Consejo Regional, éste a su vez ante el Congreso de la República (…) 5) Dictaminar sobre los proyectos de Ordenanzas y Acuerdos que hubieran sido sometidos a la comisión y que pasarán al pleno del consejo regional (…)”; Que, la Política y Estrategia Nacional de los Recursos Hídricos (PENRH); es el conjunto de principios, lineamientos, estrategias e instrumentos de carácter público, que de fi nen y orientan el accionar de las entidades del sector público y privado, para garantizar la atención de la demanda del agua del país en el corto, mediano y largo plazo, garantizando el uso sostenible de los recursos hídricos. Se trata de un instrumento sectorial, de alcance nacional, que establece como objetivo general lograr la gestión integrada de los recursos hídricos para satisfacer las demandas presentes y futuras, y garantizar la conservación, la calidad y la disponibilidad del recurso hídrico, contribuyendo al aprovechamiento sostenible y efi ciente del agua. El documento cuenta con cinco Ejes de Política, para cada uno de los cuales se indican las estrategias de intervención y sus correspondientes líneas de acción. Los cinco Ejes de Política se re fi eren a: 1) Gestión de la cantidad; 2) Gestión de la calidad; 3) Gestión de la oportunidad; 4) Gestión de la cultura del agua; 5) Adaptación al cambio climático y eventos extremos; Que, mediante el O fi cio Nº 0001-2025-ANA-AAA- UV-ST.CRHCI.VU, de fecha 13 de enero de 2025, la Secretaría Técnica de Consejo de Recursos Hidricos de Cuenca Interregional Vilcanota Urubamba, remite el informe sustentatorio en el que se concluye que: “(…) se tiene la necesidad de solicitar declarar de interés regional la implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Interregional Vilcanota Urubamba (PGRHCI VU), mediante una Ordenanza Regional (…)”; Que, mediante el Informe Nº 012-2025-GR CUSCO/ IMA-DPAGC, de la Dirección de Proyectos Ambientes y Gestión del Conocimiento en el que concluye que: “Por las consideraciones antes mencionadas, es necesario declarar de interés regional la implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Interregional Vilcanota Urubamba (PGRHCI VU), mediante una Ordenanza Regional del Gobierno Regional de Cusco, donde se declare de interés regional su reconocimiento y ser incorporado como instrumento de gestión para la Plani fi cación en todas las instancias del Gobierno Regional del Cusco y Gobiernos Locales, así como, de ser necesario, la incorporación dentro del Plan Operativo institucional del Gobierno Regional del Cusco para su cumplimiento”; Que, mediante el Informe Técnico Nº 08-2025-GR CUSCO/GERAGRI/SGPARN, de fecha 21 de febrero de 2025, presentado por la Sub Gerencia de Prestaciones Agropecuarias y Recursos Naturales, concluyen que: “El Plan de Gestión de Recursos en la Cuenca Inter Regional Vilcanota - Urubamba, constituye un instrumento público vinculante para la gestión de los recursos hídricos de la cuenca del Vilcanota Urubamba, cuyos objetivos se integran al Plan de Desarrollo Regional Concertado de la Región Cusco, como un componente especi fi co que aborda la gestión del agua en la región, asegurando su alineación con los objetivos y prioridades generales de desarrollo regional, es por ello, que se considera OPORTUNO Y FAVORABLE declarar de interés regional el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca Interregional Vilcanota – Urubamba (PGRH VU) y su implementación, mediante una Ordenanza Regional”; Que, mediante el Informe Nº 025-2025-GR CUSCO- ORGRS/AC, de fecha 28 de marzo de 2025, la O fi cina Regional de Gestión del Riesgo de Desastres y Seguridad, concluye que: “Por el análisis realizado, opina que el Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Vilcanota Urubamba, es un instrumento de gestión, o fi cial, reconocido y que debe ser implementado en el ámbito De la Cuenca Hidrográ fi ca Vilcanota-Urubamba. El Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Vilcanota Urubamba, aporta al desarrollo regional al estar alineado con los objetivos estratégicos del Plan Regional de Desarrollo Concertado. Desde la visión de la gestión del Riesgo de Desastres, aporta a la reducción del riesgo por dé fi cit o exceso de agua en nuestra región. Por lo tanto, opinamos que se debe Declarar de Interés Regional la Implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Vilcanota Urubamba”; Que, mediante el Informe Nº 37-2025-GR CUSCO/ Plan MERISS/DIREST/FCH, de fecha 16 de mayo de 2025, la Unidad Formuladora del Plan de Mejoramiento de Riego en Sierra y Selva, recomienda que: “(…) el Consejo Regional del Gobierno Regional Cusco declare de prioridad publica e interés regional la implementación del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Interregional Vilcanota Urubamba (…)”; Que, mediante Informe Técnico Nº 308-2025-GR CUSCO/GRPPM-SGPL, de fecha 11 de julio de 2025, la Subgerencia de Planeamiento, concluye que: “3.1) En virtud de las consideraciones expuestas, esta Subgerencia concluye que la propuesta de ordenanza Regional propone declarar de interés regional y necesidad publica el Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la cuenca Vilcanota Urubamba, como instrumento de plani fi cación integrada y de priorización de políticas publicas vinculadas a alcanzar su uso sostenible del agua, se articula a los documentos de gestión que son el PDRC al 2023 y PEI 2024-2028 ampliado (…)”; Que, mediante el O fi cio Nº 10-2025-GR CUSCO/ ORAJ, la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, remite opinión legal en el que concluye que: “(…) El Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Vilcanota Urubamba se encuentra aprobado por la Autoridad Nacional de Agua, mediante Resolución Jefatural Nº 0409-2022-ANA de fecha 21 de septiembre del 2022, el mismo que, para su implementación y cumplimiento debe ser reconocido mediante Ordenanza Regional e Incorporado como instrumento de Gestión del Gobierno Regional de Cusco. La Propuesta de Ordenanza Regional que Propone “Declarar de Interés Regional y Necesidad Publica el Plan De Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Vilcanota Urubamba, como instrumento de Plani fi cación Integrada y de Priorización de Políticas Públicas Vinculadas a alcanzar su uso sostenible del recurso hídrico”; ES VIABLE conforme al marco normativo expuesto en el análisis del presente informe”; Que, mediante el Informe Nº 178-2025-GR CUSCO- CRC/SCR/MMPC/LQA, de fecha 11 de setiembre de 2025, los asesores de la Comisión Ordinaria de Recursos Naturales, Medio Ambiente, Seguridad, Ciudadana y Gestión de Riesgos y Desastres, concluyen que: “Por los fundamentos expuestos, los documentos que forman