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6 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de diciembre de 2025 El Peruano / PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPÚBLICA LEY Nº 32528 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL LA CREACIÓN DEL HOSPITAL JOSÉ CARLOS MARIÁTEGUI EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO, PROVINCIA DE LIMA, DEPARTAMENTO DE LIMA Artículo único. Declaración de interés nacional Se declara de interés nacional la creación del Hospital José Carlos Mariátegui del distrito de Villa María del Triunfo, provincia de Lima, departamento de Lima, a través del Ministerio de Salud. Para tal fi n, dicho ministerio realiza las coordinaciones con el Programa Nacional de Inversiones en Salud (PRONIS), la Municipalidad Distrital de Villa María del Triunfo, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas y la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN) para la afectación, cesión en uso o administración directa del terreno ubicado en el sector José Carlos Mariátegui del distrito de Villa María del Triunfo de la provincia de Lima del departamento de Lima, inscrito en la partida registral P03128279 de la Zona Registral Nº IX – Sede Lima con un área total de 9,393.75 m 2 para fortalecer el segundo nivel de atención y convertir al Hospital José Carlos Mariátegui en el tercer hospital de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Sur, con cartera de servicios, autonomía económica y administrativa y con capacidad de resolver los problemas de salud pública en la zona sur de Lima Metropolitana. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los veinticuatro días del mes de noviembre de dos mil veinticinco. FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO Primer Vicepresidente encargado de laPresidencia del Congreso de la República WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA Presidente del Consejo de Ministros 2469115-1LEY Nº 32529 EL PRIMER VICEPRESIDENTE ENCARGADO DE LA PRESIDENCIA DEL CONGRESODE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: LEY QUE DECLARA DE INTERÉS NACIONAL EL RECONOCIMIENTO COMO PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL DE LA NACIÓN A LA FESTIVIDAD COSTUMBRISTA RAYMI LLAQTA DE LOS CHACHAPOYA, DE LA PROVINCIA DE CHACHAPOYAS, DEPARTAMENTO DE AMAZONAS Artículo único. Declaración de interés nacional Se declara de interés nacional el reconocimiento como patrimonio cultural inmaterial de la nación a la festividad costumbrista del Raymi Llaqta de los Chachapoya, de la provincia de Chachapoyas del departamento de Amazonas. Para este fi n, el Ministerio de Cultura coordina con el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, el Gobierno Regional de Amazonas y con la Municipalidad Provincial de Amazonas, las acciones correspondientes en el marco de sus respectivas competencias y funciones. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los diecisiete días del mes de noviembre de dos mil veinticinco. FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO Primer Vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso de la República WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR TANTO: No habiendo sido promulgada dentro del plazo constitucional por la Presidencia de la República, en cumplimiento de los artículos 108 de la Constitución Política del Perú y 80 del Reglamento del Congreso de la República, ordeno que se publique y cumpla. En Lima, a los dieciséis días del mes de diciembre de dos mil veinticinco. FERNANDO MIGUEL ROSPIGLIOSI CAPURRO Primer Vicepresidente encargado de la Presidencia del Congreso de la República WALDEMAR JOSÉ CERRÓN ROJAS Segundo Vicepresidente del Congreso de la República 2469115-2 LEY Nº 32530 EL PRIMER VICEPRESIDENTE ENCARGADO DE LA PRESIDENCIA DEL CONGRESODE LA REPÚBLICA POR CUANTO: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: