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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, con Memorando N° 02135-2025-MINAM/ VMGA, el Viceministerio de Gestión Ambiental remite los Memorandos N° 00819-2025-MINAM/VMGA/DGECIA y N° 00887-2025-MINAM/VMGA/DGECIA de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, así como el Informe N° 00346-2025-MINAM/VMGA/DGECIA/DIIIA, complementado con el Informe N° 358-2025-MINAM/VMGA/DGECIA/DIIIA, integrados en el Informe N° 00400-2025-MINAM/VMGA/DGECIA/DIIIA de la Dirección de Información, Investigación e Innovación Ambiental, mediante los cuales se propone y se sustenta técnicamente la creación del “Grupo de Trabajo Sectorial para la gestión articulada de la investigación, desarrollo e innovación ambiental”, con el objeto de movilizar recursos técnicos, cientí fi cos, fi nancieros y económicos que impulsen el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación ambiental (I+D+i), priorizados en la Agenda de Investigación Ambiental al 2030, con el fi n de favorecer la generación de conocimientos y evidencias para la implementación de la Política Nacional del Ambiente, la toma de decisiones y mejorar el nivel de correspondencia entre la ciencia y la política; Que, a través del Memorando N° 01513-2025-MINAM/ SG/OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP) remite el Informe N° 00563-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual emite opinión favorable para la creación del “Grupo de Trabajo Sectorial para la gestión articulada de la investigación, desarrollo e innovación ambiental”, toda vez que, la propuesta se encuentra acorde a las funciones establecidas para la DGECIA en el ROF del MINAM, además, de contar el expediente que sustenta la creación del mencionado grupo de trabajo con la documentación establecida en la Directiva N° 002-2021-SGP; Que, con el Informe N° 01046-2025-MINAM/SG/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para la creación del “Grupo de Trabajo Sectorial para la gestión articulada de la investigación, desarrollo e innovación ambiental”, al ajustarse al marco legal vigente; Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley 28611, Ley General del Ambiente; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado y sus modi fi catorias; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación y objeto 1.1 Crear el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio del Ambiente, denominado “Grupo de Trabajo Sectorial para la gestión articulada de la investigación, desarrollo e innovación ambiental”, en adelante, Grupo de Trabajo Sectorial. 1.2 El Grupo de Trabajo Sectorial tiene por objeto promover la movilización de recursos técnicos, cientí fi cos, fi nancieros y económicos para el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación ambiental (I+D+i), priorizados en la Agenda de Investigación Ambiental (AIA) al 2030, con el fi n de favorecer la generación de conocimientos y evidencias para la implementación de la Política Nacional del Ambiente, la toma de decisiones y mejorar el nivel de correspondencia entre la ciencia y la política. Artículo 2.- Conformación2.1 El Grupo de Trabajo Sectorial está conformado por los siguientes integrantes:a) El/la Viceministro/a de Gestión Ambiental, quien lo preside. b) El/la Viceministro/a de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales. c) El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Instituto de Investigaciones de la Amazonía Peruana (IIAP). d) El/la Jefe institucional del Instituto Geofísico del Perú (IGP). e) El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (SENAMHI). f) El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Instituto Nacional de Investigación en Glaciares y Ecosistemas de Montaña (INAIGEM). g) El/la Presidente/a del Consejo Directivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA). h) El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (SENACE). i) El/la Presidente/a Ejecutivo/a del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP). j) El/la Director/a de la Dirección General de Educación, Ciudadanía e Información Ambiental. k) El/la Director/a de la Dirección General de Diversidad Biológica. l) El/la Director/a de la Dirección General de Cambio Climático y Deserti fi cación. m) El/la Director/a de la Dirección General de Ordenamiento Territorial y de la Gestión Integrada de los Recursos Naturales. n) El/la Director/a de la Dirección General de Economía y Financiamiento Ambiental. o) El/la Director/a de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental. p) El/la Director/a de la Dirección General de Calidad Ambiental. 2.2 Los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial cuentan con un representante alterno, quien asiste a las reuniones en caso de ausencia del titular. 2.3 Los integrantes del Grupo de Trabajo Sectorial y sus representantes alternos ejercen su función ad honorem. Artículo 3.- Funciones del Grupo de Trabajo Sectorial El Grupo de Trabajo Sectorial tiene las siguientes funciones: a) Impulsar la implementación del Sistema de seguimiento y evaluación de los resultados e impactos de la Agenda de Investigación Ambiental (AIA) al 2030. b) Proponer estrategias y alianzas interinstitucionales, nacionales e internacionales, públicas y privadas, que favorezcan la implementación de la Agenda de Investigación Ambiental (AIA) al 2030 en los ejes temáticos priorizados. c) Proponer mecanismos para la gestión y captación de recursos fi nancieros y técnicos para el desarrollo de proyectos de investigación, en coordinación con entidades competentes del sector público y privado, promoviendo su alineamiento con el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación Tecnológica (SINACTI). d) Proponer mecanismos de articulación con universidades, centros de investigación y redes académicas, para incentivar el desarrollo de proyectos de investigación, desarrollo e innovación ambiental (I+D+i), alineados con las prioridades de la Agenda de Investigación Ambiental (AIA) al 2030. e) Proponer e impulsar la creación y fortalecimiento de espacios de articulación y transferencia de conocimiento ambiental en los territorios, fomentando la participación de actores públicos, privados y de la sociedad civil. f) Promover la articulación del Grupo de Trabajo Sectorial con el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, a fi n de asegurar coherencia con las políticas nacionales de CTI.