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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Domingo 21 de diciembre de 2025 El Peruano / la SBS, que cuente con la aprobación del BM, para la administración de recursos para cada subproyecto; el contrato de Fideicomiso será suscrito entre la DGER-DFC (Fideicomitente), la EDE receptora de los recursos (Fideicomisario) y el Fiduciario (Institución Financiera), en el cual se establecerán los plazos de ejecución de las operaciones de pago, el Fiduciario transferirá a las empresas Contratistas y Supervisores, los recursos del fi nanciamiento que la DGER-DFC le otorgue, previa autorización. La fi nalidad del fi deicomiso es que los fl ujos entregados al Fiduciario sean administrados única y exclusivamente para el desarrollo y ejecución de las obras…”; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 008-2025, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera que coadyuven a la austeridad y a la e fi ciencia del gasto público (en adelante, Decreto Urgencia Nº 008-2025), precisa que las transferencias fi nancieras que deben realizar los pliegos del Poder Ejecutivo, autorizadas por la Ley Nº 32185 debían de ser aprobadas hasta siete (7) días calendarios posteriores a la publicación de la citada norma; Que, de manera excepcional, los numerales 1 y 3 de la Centésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 (en adelante, Ley Nº 32513), autorizan durante el Año Fiscal 2025, al MINEM para aprobar las transferencias fi nancieras a favor de las empresas de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), para fi nanciar el Programa “Plan de Inversiones en Transmisión (PIT) Recuperación Económica Post COVID -19 en Perú”; asimismo, precisa, que la citada Entidad queda exceptuada de lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 008-2025; Que, mediante el Memorando N° 00257-2025/ MINEM-DGER-PIT, de fecha 17 de diciembre de 2025, la Dirección Ejecutiva del Programa PIT solicitó a la DGER la emisión de la Resolución Ministerial que autorice la segunda transferencia fi nanciera, como consecuencia de la Adenda N° 01 a los Convenios Especí fi cos de Financiamiento entre SEAL S.A. y la DGER, para lo cual acompaña el Informe N° 034-2025-MINEM-DGER-PIT-JP de la Jefatura de Proyectos, el Informe N° 226-2025-MINEM/DGER/PIT-CAF de la Coordinación de Administración y Finanzas y el Informe N° 42-2025-MINEM/DGER/DFC-PIT-AL de la Asesoría Legal, todos del Proyecto PIT, en los cuales se sustenta la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Empresa SEAL S.A., para fi nanciar los proyectos: a) “Mejoramiento del sistema de protección y maniobras 33 kv de la subestación convertidor distrito de Arequipa - provincia de Arequipa - departamento de Arequipa”, a la cuenta del fi deicomiso, por la suma de US$ 870 820,78 (Ochocientos setenta mil ochocientos veinte dólares y 78/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 3 256 869,72 (Tres millones doscientos cincuenta y seis mil ochocientos sesenta y nueve y 72/100 soles); b) “Creación de la línea en 33 kv Cono Norte - Ciudad de Dios y SET asociadas, en los distritos de Cerro Colorado y Yura de la provincia de Arequipa - departamento de Arequipa, a la cuenta del fi deicomiso, por la suma de US$ 1 349 980,64 (Un millón trescientos cuarenta y nueve mil novecientos ochenta y 64/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 5 048 927,59 (Cinco millones cuarenta y ocho mil novecientos veintisiete y 59/100 Soles); c) “Creación de la línea en 33 kv Challapampa - El Cural y SET asociadas en los distritos de Cerro Colorado y Uchumayo de la provincia de Arequipa - departamento de Arequipa” a la cuenta del fi deicomiso, por la suma de US$ 1 238 190,17 (Un millón doscientos treinta y ocho mil ciento noventa dólares con 17/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 4 630 831,24 (Cuatro millones seiscientos treinta mil ochocientos treinta y uno y 24 /100 soles); y, d) “Creación Línea en 138 kV Base Islay – Matarani y SET Matarani en los distritos de Mollendo e Islay de la provincia de Islay – departamento de Arequipa”, a la cuenta del fi deicomiso, por la suma de US$ 945 897,33 (Novecientos cuarenta y cinco mil ochocientos noventa y siete dólares con 33/100 dólares americanos) o su equivalente en soles, el cual representa hasta la suma de S/ 3 537 656,01 (Tres millones quinientos treinta y siete mil seiscientos cincuenta y seis con 01/100 soles); Que, a través del Informe N° 586-2025-MINEM/ DGER-JAL remitido con Memorando N° 00537-2025/MINEM-DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER señala que habiéndose suscrito los Convenios Especí fi cos de Financiamiento y sus respectivas Adendas N° 01, corresponde que se emita el acto resolutivo respecto a la segunda transferencia fi nanciera a favor de la empresa SEAL S.A.; Que, a través del Informe N° 414-2025/MINEM- OGPP-OPRE remitido con Memorando N° 02693-2025/MINEM-OGPP, la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto emite opinión favorable en materia presupuestal para que se realice la segunda transferencia fi nanciera a favor de la empresa SEAL S.A., conforme a lo establecido en la Centésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513; Que, mediante Informe N° 1284-2025-MINEM/OGAJ, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para emitir la Resolución Ministerial que autoriza la transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas a favor de la empresa SEAL S.A., en el marco del Decreto de Urgencia N° 048-2021, Decreto de Urgencia que autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión -Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; Con los vistos de la Dirección General de Electri fi cación Rural; de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto de Urgencia N° 048-2021, Decreto de Urgencia que autoriza excepcionalmente al Ministerio de Energía y Minas el desarrollo del programa “Plan de Inversiones de Transmisión -Programa PIT” de las Empresas de Distribución Eléctrica bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE; el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado con Decreto Supremo N° 031-2007-EM; y, el Decreto Supremo N° 018-2020-EM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar la segunda transferencia fi nanciera de recursos provenientes de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego N° 016: Ministerio de Energía y Minas, hasta por la suma total de US$ 4 404 888,92 (Cuatro millones cuatrocientos cuatro mil ochocientos ochenta y ocho y 92/100 dólares americanos), cuyo equivalente en soles representa hasta la suma de S/ 16 474 284,56 (Dieciséis millones cuatrocientos setenta y cuatro mil doscientos ochenta y cuatro y 56/100 soles), a favor de la Empresa Sociedad Eléctrica del Sur Oeste Sociedad Anónima - SEAL S.A., para fi nanciar los proyectos, que se detallan a continuación: