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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (21/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Domingo 21 de diciembre de 2025 El Peruano / Americanos), los mismos que serán transferidos al MINEM a través de la DGER, definida como la Unidad Ejecutora del Proyecto; Que, con fecha 24 de mayo de 2022, se suscribieron los Convenios Especí fi cos de Financiamiento entre la empresa ELECTRONOROESTE S.A. y la DGER, para el desarrollo de los proyectos “Creación de la Línea de 60 kv Zorritos – Tumbes y SET Asociadas distrito de Zorritos – provincia de Contralmirante Villar – departamento de Tumbes”, y “Creación de la Línea de Transmisión de 60 kv Piura Oeste – Grau y nueva SET Grau 60/22.9/10 kv - distrito de Veintiséis de Octubre – provincia de Piura – departamento de Piura”, conforme a lo establecido en la Ley N° 28749, Ley General de Electri fi cación Rural y sus modi fi catorias, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM y el acápite v) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 (en adelante, Ley N° 32185); Que, el acápite v) del literal k) del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, autoriza de manera excepcional, la transferencia fi nanciera que realice el MINEM a favor de las empresas de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), hasta por la suma de S/ 142 998 019.00 (Ciento Cuarenta y Dos Millones Novecientos Noventa y Ocho Mil Diecinueve y 00/100 Soles), para fi nanciar el Programa “Plan de Inversiones en Transmisión (PIT) Recuperación Económica Post COVID-19 en Perú”; Que, la precitada norma señala que los recursos a transferir se fi nancian con cargo al presupuesto institucional del MINEM, de la fuente de fi nanciamiento Recursos por Operaciones O fi ciales de Crédito, correspondiente a la Unidad Ejecutora 005: Dirección General de Electri fi cación Rural (DGER); en el caso del acápite v) se dispone que las transferencias fi nancieras autorizadas se aprueban previa suscripción de convenio entre el MINEM y las entidades o empresas involucradas; Que, el numeral 13.2 del artículo 13 de la Ley N° 32185, señala que las transferencias fi nancieras autorizadas en el numeral 13.1 de la referida norma se realizan, en el caso de las entidades del Gobierno Nacional, mediante resolución del titular del pliego, requiriéndose el informe previo favorable de la O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad, para su posterior publicación en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, con fecha 21 de noviembre de 2024, se suscribieron las Adendas N° 01 a los Convenios Especí fi cos de Financiamiento entre la empresa ELECTRONOROESTE S.A. y la DGER, para el desarrollo de los proyectos “Creación de la Línea de 60 KV Zorritos – Tumbes y SET Asociadas, distrito de Tumbes – provincia de Tumbes – departamento de Tumbes” con CUI N° 2494743 y “Creación de la línea de transmisión de 60 KV Piura Oeste – Grau y nueva SET Grau 60/22.9/10 KV - distrito de Veintiséis de Octubre - provincia de Piura – departamento de Piura” con CUI N° 2542286; con el objeto de modi fi car la cláusula tercera (objeto del Convenio, costo total de la inversión y aportes) y la cláusula Quinta (devolución de fi nanciamiento), y establecer el importe a ser depositado al fi deicomiso de inversión con cargo a los recursos del convenio de préstamo; Que, conforme al Manual de Operaciones del Proyecto PIT, aprobado por Resolución Viceministerial N° 026-2022-MINEM-VME; con fecha 24 de junio de 2024, la DGER y la empresa ELECTRONOROESTE S.A., en calidad de Fideicomitentes suscribieron el Contrato de Fideicomiso de inversión con el Banco Scotiabank para la administración de fl ujos dinerarios en el marco de la gestión del Programa PIT; cabe precisar, que a través del O fi cio N° 0574-2025-MINEM/DGER de fecha 02 de octubre de 2025, se solicitó la apertura de cuentas “Recolectoras” del contrato de fi deicomiso; Que, la Jefatura de Administración y Finanzas de la DGER emitió la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00747-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 16 de diciembre de 2025, que acredita la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 2 690 035,99 (Dos millones seiscientos noventa mil treinta y cinco y 99/100 soles), destinados al proyecto con CUI N° 2494743, y la Certi fi cación de Crédito Presupuestario para Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones N° 00748-2025-MINEM/DGER-JAF de fecha 16 de diciembre de 2025, que acredita la disponibilidad presupuestal por el monto de S/ 4 655 087,60 (Cuatro millones seiscientos cincuenta y cinco mil ochenta y siete y 60/100 soles), destinados al proyecto con CUI N° 2542286, a efectos que se realice la trasferencia fi nanciera a favor de la empresa ELECTRONOROESTE S.A., con cargo al Presupuesto de la Unidad Ejecutora N° 005: Dirección General de Electri fi cación Rural del Pliego 016: Ministerio de Energía y Minas; Que, por su parte, el numeral 4.6.2.1 “Gestión del Fideicomiso” del Manual de Operaciones del Proyecto PIT, señala sobre la apertura de cuentas de fi deicomiso, lo siguiente: “La DGER-DFC, para la operatividad del Componente 1, estructurará y contratará un Fideicomiso en dólares con una sociedad fi duciaria supervisada por la SBS, que cuente con la aprobación del BM, para la administración de recursos para cada subproyecto; el contrato de Fideicomiso será suscrito entre la DGER y la Dirección de Fondos Concursables (Fideicomitente), la EDE receptora de los recursos (Fideicomisario) y el Fiduciario (Institución Financiera), en el cual se establecerán los plazos de ejecución de las operaciones de pago, el Fiduciario transferirá a las empresas Contratistas y Supervisores, los recursos del fi nanciamiento que la DGER-DFC le otorgue, previa autorización. La fi nalidad del fi deicomiso es que los fl ujos entregados al Fiduciario sean administrados única y exclusivamente para el desarrollo y ejecución de las obras…”; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 008-2025, Decreto de Urgencia que establece medidas extraordinarias en materia económica y fi nanciera que coadyuven (en adelante, Decreto Urgencia Nº 008-2025), precisa que las transferencias fi nancieras que deben realizar los pliegos del Poder Ejecutivo, autorizadas por la Ley Nº 32185 debían ser aprobadas hasta siete (7) días calendarios posteriores a la publicación de la citada norma; Que, de manera excepcional, los numerales 1 y 3 de la Centésima Sexta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 (en adelante, Ley Nº 32513), autorizan durante el Año Fiscal 2025, al MINEM para aprobar las transferencias fi nancieras a favor de las empresas de distribución eléctrica vinculadas al ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE), para fi nanciar el Programa “Plan de Inversiones en Transmisión (PIT) Recuperación Económica Post COVID -19 en Perú”; asimismo, precisa que la citada Entidad queda exceptuada de lo establecido en el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto de Urgencia Nº 008-2025; Que, mediante el Memorando N° 00262-2025/ MINEM-DGER-PIT del 17 diciembre de 2025, la Dirección Ejecutiva del Programa PIT solicitó a la DGER la emisión de la Resolución Ministerial que autorice la segunda transferencia fi nanciera, como consecuencia de las Adendas N° 01 a los Convenios Especí fi cos de Financiamiento entre la empresa ELECTRONOROESTE S.A. y la DGER, para lo cual acompaña el Informe N° 034-2025-MINEM-DGER-PIT-JP de la Jefatura de Proyectos, el Informe N° 047-2025-MINEM/DGER- DFC-PIT-AL de la Asesoría Legal y el Informe N° 231-2025-MINEM/DGER/PIT-CAF de la Coordinación de Administración y Finanzas, todos del Proyecto PIT, en los cuales se sustenta la segunda transferencia fi nanciera a favor de la Empresa ELECTRONOROESTE S.A., para fi nanciar los proyectos con CUI N° 2494743, “Creación de la Línea de 60 kV Zorritos – Tumbes y SET Asociadas, distrito de Tumbes – provincia de Tumbes – departamento de Tumbes”, a la cuenta del fi deicomiso hasta por la suma de US$ 192,910.55 (Ciento noventa y dos mil novecientos diez con 55/100 dólares americanos) o su equivalente hasta el monto de S/ 721 485,46 (Setecientos veintiún mil cuatrocientos ochenta y cinco con 46/100 soles) y con CUI N° 2542286 “Creación de la línea de transmisión de 60 kV Piura Oeste – Grau y nueva SET Grau 60/22.9/10 kV - distrito de Veintiséis de