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28 NORMAS LEGALES Lunes 22 de diciembre de 2025 El Peruano / la Ley N° 27902, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales; Que, el Reglamento de Organización y Funciones - ROF, es un documento técnico normativo de gestión organizacional, que formaliza la estructura orgánica de la entidad; contiene las competencias y funciones generales de la entidad; las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; en el contexto de su realidad institucional, en nuestro caso, en el marco de lo establecido en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias. Que, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 131-2018- PCM, establece en su artículo 46° las causales para la modi fi cación del ROF, entre ellas, la modi fi cación de la estructura orgánica por incremento de unidades de organización o niveles organizacionales; Que, el Plan Estratégico Institucional (PEI) del Gobierno Regional Cajamarca 2023-2028 Ampliado, en su Dimensión Institucional, contempla como Objetivo de Política 15: “Fortalecer la modernización de la gestión pública en el Gobierno Regional de Cajamarca y su articulación con sus aliados estratégicos”; y como lineamiento 15.4: “Fortalecer la organización institucional y la gestión por procesos en el Gobierno Regional”; Que, mediante Ley N° 31913, publicada el 28 de octubre de 2023 en el diario o fi cial El Peruano, se modi fi có el artículo 29° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, incorporando la Gerencia Regional de Gestión del Riesgo de Desastres, a la cual corresponde ejercer las funciones regionales en materia de defensa civil y gestión del riesgo de desastres, en coordinación con el ente rector del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres - SINAGERD; Que, la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, dispone el desarrollo de políticas públicas orientadas a la inclusión, protección y promoción de las personas con discapacidad. En ese sentido, resulta pertinente la creación de la Subgerencia de Atención a las Personas con Discapacidad, dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, a fi n de fortalecer la atención y protección de este grupo poblacional en situación de vulnerabilidad; Que, el Decreto Legislativo N° 1439, que regula el Sistema Nacional de Abastecimiento, tiene por fi nalidad asegurar una gestión e fi ciente, interoperable y articulada de la cadena de abastecimiento público, bajo el enfoque de gestión por resultados; Que, la Ley N° 28926, Ley que regula el Régimen Transitorio de las Direcciones Regionales Sectoriales de los Gobiernos Regionales, establece que dichas direcciones dependen de las Gerencias Regionales y cumplen funciones especí fi cas sectoriales dentro del ámbito regional, en el marco de la autonomía administrativa de los Gobiernos Regionales; Que, mediante Ordenanza Regional N° D000012- 2024-GRC-CR, de fecha 24 de noviembre de 2021, que APRUEBA la modi fi cación del texto del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional Cajamarca, en lo que corresponde a Dirección Regional de Control Institucional al de Órgano de Control Institucional, artículo 88: literales u) y v) y artículo 88: literales r) y s); Que, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, a través de la Subgerencia de Desarrollo Institucional, ha elaborado el correspondiente Informe Técnico Sustentatorio N° D11-2025-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI, que sustenta la modi fi cación del ROF, contando con opinión favorable de la Dirección Regional de Asesoría Jurídica mediante el Informe Legal N° D63-2025-GR.CAJ/DRAJ, y el O fi cio N° D128-2025-GR.CAJ-GRPPAT/SGDI; Que, mediante Dictamen N° D22-2025-GR.CAJ-CR/ COAJ, la Comisión Ordinaria de Asuntos Jurídicos emitió opinión favorable para la aprobación de la modi fi cación del ROF del Gobierno Regional Cajamarca, conforme a los fundamentos expuestos; Estando a lo acordado por el Pleno del Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en Sesión Ordinaria de fecha 27 de octubre de 2025, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley de Bases de la Descentralización N° 27783, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modi fi catorias, así como el Reglamento Interno del Consejo Regional aprobado mediante Ordenanza Regional N° 07-2016-GR.CAJ-CR, con el voto mayoritario (o unánime) de sus miembros, se aprueba la siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE ACTUALIZA Y MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) Y ESTRUCTURA ORGÁNICA, DOCUMENTOS TÉCNICO - NORMATIVOS DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL CAJAMARCA Primero.- APROBAR la modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional Cajamarca, que incorpora la Gerencia Regional de Gestión del Riesgo de Desastres, dependiente de la Gerencia General Regional, y la Subgerencia de Atención a las Personas con Discapacidad, dependiente de la Gerencia Regional de Desarrollo Social. El texto modi fi cado consta de tres (3) Títulos, diecinueve (19) Capítulos, ciento setenta y dos (172) Artículos, cuatro (4) Disposiciones Complementarias y Finales y un (1) Anexo con el organigrama institucional, en ochenta y nueve (89) folios, los cuales forman parte integrante de la presente Ordenanza y que no se anexan a la misma por razones de extensión. Segundo.- DISPONER que la Secretaria General efectúe la distribución del texto modi fi cado del Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional Cajamarca, aprobado mediante la presente Ordenanza, entre todas las unidades orgánicas correspondientes. Tercero.- DEJAR SIN EFECTO toda disposición normativa que se oponga o contradiga lo establecido en la presente Ordenanza Regional. Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, brindar las orientaciones y asistencia técnica necesarias para la implementación de las acciones que deriven de la presente Ordenanza. Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional Cajamarca la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario O fi cial “El Peruano” y en el portal institucional www.regioncajamarca.gob.pe, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 29091 y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS. Sexto.- La presente Ordenanza Regional entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Comuníquese al señor Gobernador del Gobierno Regional de Cajamarca para su promulgación. Dado en Cajamarca, a los 27 días del mes de octubre del Año Dos Mil Veinticinco. ZONIA MARIBEL LEÓN MUGUERZA Consejera DelegadaConsejo Regional POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Cajamarca, en la sede central del Gobierno Regional. ROGER GUEVARA RODRIGUEZ Gobernador Regional NOTA: El Gobierno Regional de Cajamarca, precisa que el Reglamento de Organización y Funciones, que aprueba la Ordenanza Regional N° D13-2025-Gr.CAJ/CR, se podrá visualizar en el Portal Institucional WWW.regioncajamarca.gob.pe del gobierno regional de Cajamarca, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. 2470145-1