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109 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de diciembre de 2025 El Peruano / 2025, la Presidencia de la República convocó a Elecciones Generales (EG) 2026 el día domingo 12 de abril de 2026, para la elección del Presidente de la República, Vicepresidentes, así como de los senadores y diputados del Congreso de la República y de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino. Asimismo, se precisó que, en caso que ninguno de los candidatos a la Presidencia y Vicepresidencias de la República obtuviese más de la mitad de los votos válidos, la segunda vuelta se realizaría el 7 de junio de 2026; El artículo 37 de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones (LOE), establece que la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), tiene a su cargo la organización y ejecución de los procesos electorales y consultas populares, ejerciendo sus atribuciones y funciones con sujeción a lo dispuesto en el artículo 182 de la Constitución Política del Perú y el literal c) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; En virtud con lo dispuesto en el artículo 165 de la LOE: “[…] El diseño y el procedimiento para la ubicación de las candidaturas o símbolos deben publicarse y presentarse ante los personeros de las organizaciones políticas y candidatos, de ser el caso, dentro de los dos (2) días calendario después del vencimiento del plazo para la presentación de solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos ”; Por su parte, el segundo párrafo del numeral 5.14 del artículo 5 del Reglamento de Inscripción de Formulas y Listas de Candidatos para la Elecciones Generales 2026, aprobado por Resolución N° 0164-2025-JNE, dispone que la denominación de organización política comprende a los partidos políticos que son de alcance nacional y a las alianzas electorales que estos constituyan; Con Resolución N° 0126-2025-JNE, el Jurado Nacional de Elecciones aprobó el cronograma electoral para el proceso de Elecciones Generales 2026, en el que precisó que el día 23 de diciembre de 2025 es la fecha límite para que las organizaciones políticas presenten sus solicitudes de inscripción de fórmulas y listas de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales. En ese contexto, dentro de los dos (2) días calendario después de la fecha límite corresponde a la ONPE proceder con la publicación de las Instrucciones para el Sorteo de Ubicación de las organizaciones políticas en la Cédula de Sufragio correspondientes a las Elecciones Generales 2026; De acuerdo a lo señalado y teniendo en cuenta lo establecido en los literales b) y c) del artículo 70 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE y su modi fi catoria, la Gerencia de Gestión Electoral, a través del informe de Vistos, ha propuesto a la Gerencia General la aprobación de las “Instrucciones de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2026 y en la cédula de sufragio para la segunda elección presidencial 2026” ; Evaluada la propuesta, a través de la Hoja de Elevación N° 000031-2025-GG/ONPE, la Gerencia General presenta a la Jefatura Nacional las referidas instrucciones, recomendando su aprobación y publicación; en tal sentido, resulta necesario emitir la Resolución Jefatural que corresponde; De conformidad con lo dispuesto en los literales b), g) y h) del artículo 5 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; así como en los literales m) y n) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado por Resolución Jefatural N° 000125-2024-JN/ONPE y sus modi fi catoria; Con los visados de la Gerencia General y de la Secretaría General, así como de las Gerencias de Gestión Electoral, y de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar las “Instrucciones de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2026 y en la cédula de sufragio para la segunda elección presidencial 2026” , que consta de ocho (8) artículos que, como Anexo N° 1, forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Poner en conocimiento del Jurado Nacional de Elecciones, del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, y de los personeros de las organizaciones políticas participantes, el contenido de la presente Resolución. Artículo Tercero.- Publicar el contenido de la presente Resolución Jefatural y su anexo en el diario o fi cial El Peruano, en la web o fi cial de la ONPE ubicada en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob. pe/onpe) y en el portal de Transparencia de la Entidad. Regístrese, comuníquese y publíquese.PIERO ALESSANDRO CORVETTO SALINAS JefeOfi cina Nacional de Procesos Electorales ANEXO Nº 1 INSTRUCCIONES DE LOS SORTEOS DE UBICACIÓN DE LAS ORGANIZACIONES POLÍTICAS EN LA CÉDULA DE SUFRAGIO PARA LA ELECCIÓN DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y VICEPRESIDENTES, SENADORES Y DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA Y REPRESENTANTES PERUANOS ANTE EL PARLAMENTO ANDINO 2026 Y EN LA CÉDULA DE SUFRAGIO PARA LA SEGUNDA ELECCIÓN PRESIDENCIAL 2026 Artículo 1º.- Etapas del sorteo Se realizarán dos sorteos en un solo acto público: a) Sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y representantes peruanos ante el Parlamento Andino 2026, cuyo resultado aplicará a las cinco elecciones. b) Sorteo de ubicación de las organizaciones políticas en la cédula de sufragio para la Segunda Elección Presidencial 2026, cuyo resultado aplicará a la segunda elección. Artículo 2º.- Sede y responsable del sorteo Los dos sorteos mencionados en el artículo anterior se realizarán en la sede central de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales – ONPE. Este evento será organizado por la Gerencia de Gestión Electoral, en coordinación con la Gerencia de Información y Educación Electoral. Artículo 3º.- Actividades preparatorias Previo al sorteo, la Gerencia de Gestión Electoral confi rmará la presencia de un Notario Público. La Gerencia de Información y Educación Electoral de la ONPE con fi rmará la presencia del representante del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC) e invitarán a los representantes de la Defensoría del Pueblo, Observadores, Instituciones de Veeduría y Personeros de las organizaciones políticas participantes, de acuerdo a la información remitida por la Gerencia de Gestión Electoral. Artículo 4°.- Organizaciones Políticas consideradas en el sorteo Serán considerados en el sorteo de ubicación las organizaciones políticas con inscripción vigente y que han presentado fórmulas y listas de candidatos ante el Jurado Electoral Especial conformado para la elección del Presidente de la República y Vicepresidentes, Senadores y Diputados del Congreso de la República y Representantes Peruanos ante el Parlamento Andino 2026. Las organizaciones políticas que han sido incluidos