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126 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de diciembre de 2025 El Peruano / SECTORESESTANDARIZADOS NO ESTANDARIZADOS Procedimientos AdministrativosServicios Prestados en ExclusividadProcedimientos AdministrativosServicios Prestados en Exclusividad Gobierno Regional e Ayacucho – SEDE 3 - 26 -Dirección Regional de Educación 5 - 84 30Dirección Regional de Salud - - 57 9Dirección Regional de Agricultura 15 4 96 -Dirección Regional de Transportes y Telecomunicación28 1 18 10 Dirección Regional de Energía y Minas 75 - 6 1 Dirección Regional de Comercio Exterior y Turismo.16 - 12 1 Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento-- 7 - Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo.9 - 39 15 Dirección Regional de la Producción 28 - 2 2 Dirección de Archivo regional - - 11 -Total 179 5 353 68 184 426 Artículo Quinto.- DEROGAR, las Ordenanzas Regionales Nº 004-2021-GRA/CR de fecha 31 de marzo del 2021, Ordenanza Regional Nº 011-2021-GRA/CR, de fecha 22 de octubre del 2021, Ordenanza Regional Nº 027-2022-GRA/CR, de fecha 22 de noviembre del 2022, Ordenanza Regional Nº 012-2024-GRA/CR del 09 de julio del 2024 y Ordenanza Regional Nº 025-2024-GRA/CR, de fecha 30 de diciembre del 2024. Artículo Sexto.- ENCARGAR, a la O fi cina de Control Institucional - OCI del Gobierno Regional de Ayacucho, de acuerdo a sus competencias que le faculta el artículo 7º de la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y por lo dispuesto en el numeral 44.9 del artículo 44º del Texto Único Ordenado - TUO de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por el D.S. Nº 004-2019-JUS, veri fi que de o fi cio que los funcionarios y servidores implementen lo dispuesto en la presente Ordenanza Regional. Artículo Séptimo.- ENCOMENDAR, a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, la publicación del texto de la presente Ordenanza Regional en el diario o fi cial “El Peruano”, y el anexo a que hace referencia el artículo primero de la presente norma regional, en el portal del diario o fi cial “El Peruano”, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en el respectivo portal institucional del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al Señor Gobernador Regional del Gobierno Regional de Ayacucho, para su promulgación. En la sede del Consejo Regional de Ayacucho, a los 25 días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco. CRISTIAN JESÚS NAVARRETE LIZARBE PresidenteConsejo Regional POR TANTO: Regístrese, publíquese y cúmplase.Dado en Ayacucho, en la Sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 28 días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco. WILFREDO OSCORIMA NÚÑEZ Gobernador * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2470273-1 GOBIERNO REGIONAL DE JUNÍN Aprueban Manual de Operaciones y nueva estructura Orgánica de la Gerencia Sub Regional Chanchamayo DECRETO REGIONAL Nº 0007-2025-GRJ/GR Huancayo, 18 de setiembre de 2025 EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL JUNÍN VISTO:El Reporte Nº 562-2025-GRJ/ORAJ, emitido el 03 de setiembre de 2025, por la directora de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica y recepcionado el 04 de setiembre de 2025 haciendo propio el Informe Legal Nº 691-2025-GRJ/ORAJ, Reporte Nº 259-2025-GRJ/GSRCH de fecha 01 de setiembre de 2025, Informe Técnico Nº 20-2025-GRJ/GGR/ORDITI de fecha 20 de agosto de 2025, Reporte Nº 238-2025-GRJ/SGDCH, emitido el fecha 15 de agosto de 2025 y recepcionado el 18 de agosto de 2025 Carta Nº 05-2025-NMVP de fecha 13 de agosto de 2025, Informe Legal Nº 04-2025-NMVP de fecha 13 de agosto de 2025, Carta Nº 028-2025-GRJ/SGDCH de fecha 13 de agosto de 2025, Carta Nº 029-2025/ARU/CONSULT de fecha 25 de julio de 2025; y, CONSIDERANDO:Que el artículo 191 de la Constitución Política del Estado, modi fi cado por la Ley Nº 27680 Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV, del Título IV, respecto a la Descentralización, concordante con el artículo 31 de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de la Descentralización, el artículo 2 de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, y el Articulo Único de la Ley Nº 30305, Los Gobiernos Regionales son personas jurídicas que gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;