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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (27/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Sábado 27 de diciembre de 2025 El Peruano / el numeral 10.5 del artículo 10 de la Ley 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026. Artículo Cuarto.- Delegar en la jefa de la O fi cina de Recursos Humanos, las siguientes facultades: 1. En materia administrativa y de gestión1.1. Aceptar las renuncias del personal comprendido en el régimen laboral privado regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo 003-97-TR, así como las del personal contratado bajo el régimen de Contratos Administrativos de Servicios - CAS, a excepción de los cargos de confi anza y de libre designación o remoción. 1.2. Ejercer representación ante el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Labora.- Suna fi l y/o Seguro Social de Salud - EsSalud para intervenir en cualquier tipo de diligencia relacionada con las inspecciones de trabajo que versen sobre temas laborales. 1.3. Tramitar, autorizar y resolver acciones de personal respecto a las asignaciones, ceses, rotaciones, encargo de. funciones y puestos, reasignaciones, permuta, comisión de servicios y transferencia, reconocimiento de remuneraciones, destaques, renovaciones y prórrogas de contratos, y todas aquellas que sean necesarias para una adecuada conducción y dirección del personal perteneciente tanto al Régimen Laboral Privado regulado por el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por el Decreto Supremo 003-97- TR, como al régimen especial de contratación administrativa de servicios - CAS, regulado por el Decreto Legislativo 1057. 1.4. Exonerar del plazo de preaviso para la resolución de contratos laborales por decisión unilateral del contratado. Artículo Quinto.- De la delegación de facultades y atribuciones La delegación de facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente resolución, comprenden las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso, a fi n de garantizar la correcta conducción de la gestión de los sistemas administrativos que les correspondan. Artículo Sexto.- Del plazo de las delegaciones Las delegaciones y atribuciones autorizadas mediante la presente Resolución Administrativa tienen vigencia durante el Año Fiscal 2026. Artículo Séptimo.- De la obligación de dar cuenta Los funcionarios y servidores públicos en los cuales se ha delegado las facultades y atribuciones indicadas en la presente Resolución reportan, de manera semestral, al Titular de la Entidad las actuaciones realizadas en virtud de la delegación conferida, así como los resultados de la gestión. Artículo Octavo.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución a todas las unidades orgánicas del Tribunal Constitucional para conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo Noveno.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Tribunal Constitucional y en el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUZ I. PACHECO ZERGA PresidentaTribunal Constitucional 2471966-1GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD Aprueban la creación de la Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad ORDENANZA REGIONAL N° 000023-2025- GRLL-CR Trujillo, 5 de noviembre del 2025 “ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN DE LA COMISIÓN ORDINARIA DE COOPERACIÓN TÉCNICA Y PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA DEL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD” EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD POR CUANTO:El Consejo Regional del Gobierno La Libertad, de conformidad con lo previsto en los Artículos 191º y 192° de la Constitución Política del Perú, Ley N° 27680, Ley de Bases de Descentralización Ley N° 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867 y sus modi fi catorias, y demás normas complementarias; EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL LA LIBERTAD, ha aprobado la siguiente Ordenanza Regional: VISTO:En Sesión Ordinaria del Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad de fecha 04 de noviembre del 2025, se sometió a debate el OFICIO N° 141-2025-GRLL-CR/ COMPLAN de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Consejo Regional de La Libertad, que contiene el DICTAMEN N° 107-2025-GRLL-CR/COMPLAN recaído en el Proyecto de Ordenanza Regional relativo a “La creación de la Comisión Ordinaria Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad”, suscrito por la consejera Regional por la Provincia de Trujillo, CPC. Verónica Rebeca Escobal Ordoñez; y, CONSIDERANDO:Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modi fi catorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, el artículo 4 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales establece que los gobiernos regionales tienen como fi nalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral y sostenible, promoviendo la inversión pública y privada, el empleo, y garantizando el ejercicio pleno de los derechos y la igualdad de oportunidades de sus habitantes, en concordancia con los planes y programas nacionales, regionales y locales de desarrollo; Que, el artículo 13° de la referida Ley señala que el Consejo Regional es el órgano normativo y fi scalizador del Gobierno Regional;