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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (27/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

20 NORMAS LEGALES Sábado 27 de diciembre de 2025 El Peruano / Que, el artículo 34 de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales señala que, los gobiernos regionales crearán mecanismos para promover la inversión privada nacional y extranjera dirigidos a lograr el crecimiento económico regional conforme a ley. En el marco de sus competencias, otorgan concesiones y celebran cualquier otra modalidad contractual, siempre que se contribuya al desarrollo sostenible local y regional, se asegure una mayor e fi ciencia social y se garantice el cumplimiento de las normas legales establecidas; Para cumplir con las funciones establecidas en los párrafos precedentes los Gobiernos Regionales están facultados para solicitar asesoría técnica y fi nanciera especializada. La regulación de los mercados de servicios públicos corresponde al Gobierno Nacional a través de los organismos reguladores, en concordancia con la Constitución, en cuanto a la capacidad de los gobiernos regionales para regular los servicios de su responsabilidad. Que, el artículo 46 de la misma ley establece que las funciones especí fi cas de los Gobiernos Regionales se desarrollan en base a políticas regionales formuladas en concordancia con las políticas nacionales; Que, la Ley N° 27658 - Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, tiene por objeto establecer los principios y la base legal para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado, en todas sus instituciones e instancias; siendo de aplicación en todas las dependencias de la Administración Pública a nivel nacional; asimismo, tiene como fi nalidad fundamental la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; Que, en la actualidad el Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad carece de una Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada, pese a la necesidad urgente de contar con un espacio técnico y normativo que permita dinamizar las políticas regionales orientadas al desarrollo económico y social de la región mediante la articulación de mecanismos de cooperación internacional y la captación y permanencia de inversiones del ámbito nacional e internacional, cuya materialización permitirá detectar defi ciencias, corregir desviaciones y asegurar que los recursos se utilicen de manera e fi ciente y transparente, pudiendo implementar políticas efectivas, evitando la improvisación o el estancamiento de proyectos clave para el bienestar de la población. Que la Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica e Inversión Privada será la encargada del estudio y dictamen de los asuntos ordinarios de la agenda del Consejo Regional, con prioridad en la función legislativa y de fi scalización en materia de cooperación técnica y promoción de la inversión privada, garantizando el uso adecuado del presupuesto público. Promoverá el análisis y la discusión de propuestas legislativas orientadas a fortalecer el marco normativo del sector, articulando las políticas nacionales y sectoriales con las funciones de los gobiernos regionales y locales. Asimismo, impulsará espacios de participación ciudadana, integrando también al sector privado y a especialistas en la materia, con el propósito de fortalecer la fi scalización del manejo presupuestal y supervisar la correcta ejecución de las obras, promoviendo así una gestión efi ciente, transparente y alineada a las necesidades de la población. Que, la misión de la Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica e Inversión Privada será contribuir al desarrollo sostenible y competitivo de la región La Libertad, mediante la fi scalización y evaluación de las políticas, programas y acciones ejecutadas por la Gerencia Regional de Cooperación Técnica e Inversión Privada, en el marco de una gestión pública e fi ciente, transparente y orientada al bienestar de la población. Asimismo, con el objetivo de contribuir al fortalecimiento de la gestión regional en materia presupuestal, la Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica e Inversión Privada ejercerá labor de fi scalización sobre el manejo de los recursos por parte de las unidades orgánicas vinculadas a la cooperación técnica y la inversión privada, así como también evaluar el avance de los proyectos de inversión pública bajo el mecanismo de obras por impuestos, con el propósito de garantizar la transparencia en la administración pública y fortalecer la con fi anza de la ciudadanía; Que, mediante Informe Técnico N° 000016-2025-GRLL- GGR-GRCTPIP-SGPIP-VER, de fecha 04 de septiembre de 2025, Sub Gerencia de Promoción de la Inversión Privada emite opinión indicando que no existe impedimento para la creación de una Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad. Que, mediante Informe Técnico N° 000047-2025/GGR- GRCTPIP-AIA, de fecha 04 de septiembre de 2025, la Gerencia Regional de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada emite opinión indicando que es jurídicamente viable y legalmente procedente la creación de una Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad. Asimismo, conforme a lo señalado en el artículo 26° del Reglamento Interno del Consejo Regional, el Consejero Delegado, en coordinación con los Consejeros Regionales, tiene la facultad de proponer el número de Comisiones Ordinarias, teniendo en cuenta la estructura orgánica del Gobierno Regional. Que, mediante O fi cio N° 000230-2025-GRLL- GGR-GRPAT-SGDMI, de fecha 23 de septiembre de 2025, la Subgerencia de Desarrollo y Modernización Institucional de la Gerencia Regional de Planeamiento y Acondicionamiento Territorial se pronuncia como viable la “Creación de la Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad”, en cumplimiento de los principios de pluralidad, proporcionalidad y especialidad en la materia. Que, de acuerdo con el Informe Legal N° 000159-2025-GRLL-GGR-GRAJ-MSJB, de fecha 24 de septiembre de 2025, la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto al proyecto de Ordenanza Regional relativo a la “Creación de la Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad”, de conformidad con los argumentos expuestos. El Consejo Regional del Gobierno Regional La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales Ley N° 27867 y sus modi fi catorias; y los Artículos 23° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GR-LL/CR; demás normas complementarias, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD: LA SIGUIENTE ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- Modi fi cación del artículo 26 del Reglamento Interno del Consejo Regional Modifícase el artículo 26 del Reglamento Interno del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, el cual quedará redactado en los siguientes términos: “Artículo 26º.- Clases de Comisiones (...) Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada. Comisión encargada de promover iniciativas normativas para dinamizar y fortalecer el marco legal y la e fi ciencia de la gestión del Estado y fi scalizar la correcta canalización de recursos en materia de cooperación técnica nacional e internacional y la promoción de inversiones en la región La Libertad.” Artículo Segundo.- Creación de la Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada Apruébese la creación de la Comisión Ordinaria de Cooperación Técnica y Promoción de la Inversión Privada del Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, como órgano especializado de estudio,