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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (30/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 148

TEXTO PAGINA: 12

12 NORMAS LEGALES Martes 30 de diciembre de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Consignación del valor de la Tasación Disponer que, a través de la Unidad de Tesorería de la O fi cina de Administración, se consigne en el Banco de la Nación, el monto del valor de la Tasación a favor de los Sujetos Pasivos de la expropiación, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural, bajo responsabilidad del funcionario encargado de efectuarla. Artículo 3.- Información necesaria para inscribir el área afectada del bien inmueble a favor del Bene fi ciario Disponer que la Dirección de Gestión Predial, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de emitida la presente Resolución Jefatural y efectuada la consignación, remita al Registro de Predios de la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, la información señalada en el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias, a efectos de inscribir el área expropiada del bien inmueble a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura. Artículo 4.- Orden de Inscripción Disponer que la O fi cina Registral correspondiente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, inscriba a favor de la Autoridad Nacional de Infraestructura el área expropiada del bien inmueble, bajo responsabilidad y sanción de destitución, de conformidad con el artículo 30 del Decreto Legislativo N° 1192 y sus modi fi catorias.Artículo 5.- Orden de levantar toda carga o gravamen que contenga la Partida Registral Disponer que el Registrador de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, bajo responsabilidad, proceda al levantamiento de toda carga o gravamen que contenga la partida registral respecto del área afectada del inmueble. Los acreedores pueden cobrar sus acreencias con el valor de la Tasación pagado directamente o vía consignación al Sujeto Pasivo. Artículo 6.- Noti fi cación a los Sujetos Pasivos Disponer que la Dirección de Gestión Predial, gestione y noti fi que a los Sujetos Pasivos, la presente Resolución Jefatural, conforme a lo dispuesto en la Ley N° 30556 y sus modi fi catorias, requiriendo la desocupación y entrega del área expropiada del bien inmueble dentro de un plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes de noti fi cada la presente Resolución Jefatural, improrrogables, bajo apercibimiento de iniciar el procedimiento de ejecución coactiva para el lanzamiento o toma de posesión del área expropiada del bien inmueble. Artículo 7.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en la sede digital de la Autoridad Nacional de Infraestructura (www.gob.pe/anin), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNAN YAIPEN ARESTEGUI Jefe de la Autoridad Nacional de Infraestructura Autoridad Nacional de Infraestructura ANEXOS LINDERO, MEDIDAS PERIMÉTRICAS Y COORDENADAS UTM CODIGO: 2501225-MOT-A1R-111-AREA 1 LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS DEL AREA AFECTADAÁREA AFECTADA: 8,666.85 m2AFECTACIÓN: PARCIAL DEL INMUEBLE COORDENADAS UTM DE VALIDEZ UNIVERSAL DEL ÁREA AFECTADA VERTICE LADODISTANCIA (m)WGS 84- ZONA 17 SUR ESTE (X) NORTE (Y) Por el Norte: Colinda mediante una línea quebrada de 15 tramos comprendidos entre el vértice "P1" al vértice "P16", con el área remanente del predio matriz inscrito en la Partida Electrónica N° 02296662. Longitud: 19.08 m., 5.04 m., 15.04 m., 24.25 m., 20.76 m., 10.04 m., 3.57 m., 6.46 m., 10.03 m., 5.02 m., 42.27 m., 45.59 m., 13.66 m., 4.70 m., y 7.90 m., Por el Sur: Colinda mediante una línea quebrada de 6 tramos comprendidos entre el vértice "P21" al vértice "P27", con el área remanente del predio matriz inscrito en la Partida Electrónica N° 02296662. Longitud: 5.44 m., 15.94 m., 16.00 m., 83.02 m., 5.07 m., y 14.03 m. Por el Este: Colinda mediante una línea quebrada de 5 tramos comprendidos entre el vértice "P16" al vértice "P21", con el área remanente del predio matriz inscrito en la Partida Electrónica N° 02296662. Longitud: 3.64 m., 24.23 m., 36.40 m., 11.38 m., 9.80 m. Por el Oeste: Colinda mediante una línea quebrada de 1 tramo comprendidos entre el vértice "P27" al vértice "P1", con Comunidad Campesina San Pedro de Morrope inscrito en la Partida Electrónica N° 11019944. Longitud: 55.61 m.P1 P1 - P2 19.08 616898.8129 9287351.8686 P2 P2 - P3 5.04 616912.2722 9287365.3939P3 P3 - P4 15.04 616915.4322 9287369.3211P4 P4 - P5 24.25 616926.0302 9287379.9967 P5 P5 - P6 20.76 616943.9533 9287396.3242 P6 P6 - P7 10.04 616959.2983 9287410.3029P7 P7 - P8 3.57 616965.9797 9287417.7979P8 P8 - P9 6.46 616968.7188 9287420.0848 P9 P9 - P10 10.03 616973.6741 9287424.2220 P10 P10 - P11 5.02 616980.3256 9287431.7310 P11 P11 - P12 42.27 616984.1670 9287434.9660 P12 P12 - P13 45.59 617013.5929 9287465.3112 P13 P13 - P14 13.66 617041.3809 9287501.4506P14 P14 - P15 4.70 617049.4462 9287512.4814P15 P15 - P16 7.90 617051.6205 9287516.6517 P16 P16 - P17 3.64 617055.8143 9287523.3507 P17 P17 - P18 24.23 617055.4166 9287519.7299P18 P18 - P19 36.40 617054.2100 9287495.5323P19 P19 - P20 11.38 617052.2368 9287459.1896 P20 P20 - P21 9.80 617051.4484 9287447.8396 P21 P21 - P22 5.44 617050.9978 9287438.0536P22 P22 - P23 15.94 617047.4097 9287433.9608 P23 P23 - P24 16.00 617036.5180 9287422.3157 P24 P24 - P25 83.02 617025.2185 9287410.9886P25 P25 - P26 5.07 616966.8427 9287351.9600P26 P26 - P27 14.03 616963.1437 9287348.5000 P27 P27 - P1 55.61 616952.8973 9287338.9156 Partida Electrónica N° 02296662 del Registro de Predios de la Oficina Registral de Chiclayo, Zona Registral N° II - Sede Chicla yo. Certificado de Búsqueda Catastral con Publicidad N° 3364108, emitido con fecha 18 de julio del 2024 e Informe Técnico N° 014450 -2024-Z.R. N° II-SEDE CHICLAYO/ UREG/CAT por la Oficina Registral de Chiclayo, de la Zona Registral N° II, Sede Chiclayo. Informe Técnico N° 080-2024-CRN/ILA-VACS de fecha 12 de noviembre de 2025, suscrito por Verificador Catastral Ingeniero Valenti n Armando Camayo Sedano con código N° 008604VCPZRVIII.