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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 31 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (31/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 288

TEXTO PAGINA: 82

82 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / N° 330-2025-GORE.ICA-GRPPAT de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del citado Gobierno Regional, con el sustento correspondiente; y, el O fi cio N° 0949-2025-EF/63.04, que adjunta el Informe N° 0890-2025-EF/63.04 de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, con la opinión técnica favorable sobre el citado proyecto de inversión; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 14 827 987,00 (CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional de Ica, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; De conformidad con lo establecido en el literal a) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; y, en los artículos 53 y 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 14 827 987,00 (CATORCE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Gobierno Regional de Ica, para fi nanciar los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución del proyecto de inversión “Control de Desbordes e Inundaciones en el Río Ica y Quebrada Cansas/Chanchajalla” con Código Único de Inversiones (CUI) N° 2228738, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de lo establecido en el literal a) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA 9002 : Asignaciones presupuestarias PRESUPUESTARIA que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE 1 : Recursos Ordinarios FINANCIAMIENTO GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 14 827 987,00 =========== TOTAL EGRESOS 14 827 987,00 =========== A LA: En SolesSECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 449 : Gobierno Regional del Departamento de Ica UNIDAD EJECUTORA 002 : Proyecto Especial Tambo Ccaracocha CATEGORÍA 0068 : Reducción de Vulnerabilidad y PRESUPUESTARIA Atención de Emergencias por Desastres PROYECTO 2228738 : Control de Desbordes e Inundaciones en el Río Ica y Quebrada Cansas/ Chanchajalla FUENTE DE 1 : Recursos Ordinarios FINANCIAMIENTOGASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no fi nancieros 14 827 987,00 =========== TOTAL EGRESOS 14 827 987,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional 2.1 El Titular del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en el pliego involucrado instruye a la Unidad Ejecutora para que elabore las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República ERNESTO JULIO ÁLVAREZ MIRANDA Presidente del Consejo de Ministros DENISSE AZUCENA MIRALLES MIRALLES Ministra de Economía y Finanzas 2473125-6 Decreto Supremo que aprueba la actualización de Tablas Aduaneras aplicables a la importación de productos incluidos en el Sistema de Franja de Precios a que se refieren el Decreto Supremo N° 115-2001-EF y otras disposiciones DECRETO SUPREMO N° 338-2025-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 0016-91-AG y Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios aplicable a las importaciones de diversos productos agropecuarios; Que, con Decreto Supremo N° 286-2024-EF, se actualizan las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos cuya vigencia se estableció desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2025; y, a su vez, se dispuso que la Tabla Aduanera