TEXTO PAGINA: 67
67 NORMAS LEGALES Miércoles 31 de diciembre de 2025 El Peruano / competitivos, así como aprobar su remoción, renuncia y designar nuevos integrantes. g) Suspender el plazo de ejecución contractual.h) Aprobar las modi fi caciones al Cuadro Multianual de Necesidades. i) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi catorias (inclusiones y/o exclusiones). Artículo 5.- Establece que las delegaciones a que se re fi ere la presente Resolución son indelegables y comprenden las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso en concreto. Artículo 6.- Disponer que los funcionarios(as) delegados/as de la Sede Central deberán informar trimestralmente, respecto a los actos que emitan como producto de la presente Resolución, a la Gerencia General del Instituto Nacional de Innovación Agraria. Artículo 7.- Disponer que las delegaciones autorizadas mediante la presente Resolución tendrán vigencia durante el Ejercicio Fiscal 2026. Artículo 8.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, el mismo día de su publicación en el portal Institucional de la entidad (www.gob.pe/inia). Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ANGELITA POZO LÓPEZ Gerenta General 2473075-1 DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Decreto Supremo que aprueba el Instrumento que establece indicadores y metas así como las condiciones para la asignación de recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED) correspondiente al periodo 2025 - 2026 DECRETO SUPREMO N° 012-2025- MIDIS El PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 6 de la Ley N° 29792, Ley de creación, organización y funciones Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, dispone que dicho Ministerio es el organismo rector de las políticas nacionales de su responsabilidad, ejerciendo competencia exclusiva y excluyente para dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales; para ello, conforme a lo señalado en el artículo 18 de la citada Ley, coordina con las entidades del Poder Ejecutivo y con los gobiernos regionales y locales en la implementación de las políticas nacionales y sectoriales objeto de su rectoría, así como la aplicación de mecanismos de articulación y coordinación que considere pertinentes; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 008-2022-MIDIS, se aprueba la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social al 2030, la cual de fi ne como problema público la exclusión social que genera pobreza a lo largo del ciclo de vida de las personas, estableciendo para su abordaje objetivos prioritarios, lineamientos, servicios y actividades operativas, cuya implementación y ejecución están a cargo de las entidades de la Administración Pública en coordinación con el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la Octogésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014, crea el Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con la fi nalidad de impulsar el logro de los resultados establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social en materia de Desarrollo Infantil Temprano, así como para los cinco ejes establecidos en la Estrategia Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (ENDIS), y para fi nanciar las metas asociadas a la reducción de la violencia contra la mujer defi nidas por el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, conforme a lo señalado en la Sexagésima Novena Disposición Complementaria Final de la Ley N 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, y en el artículo 18 de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; Que, el artículo 2 del Reglamento del FED, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2024-MIDIS, señala que la fi nalidad del FED, como mecanismo de incentivo, es impulsar la mejora del desempeño de la gestión de los gobiernos regionales y entidades nacionales, en la provisión de servicios priorizados vinculados a la Política Nacional de Desarrollo e Inclusión Social y metas asociadas a la reducción de la violencia contra la mujer; Que, asimismo, el artículo 16 del citado Reglamento dispone que, una vez de fi nidos los ámbitos de intervención, los montos máximos para cada entidad del gobierno nacional y/o gobierno regional; los compromisos de gestión, indicadores de cobertura y/o calidad, valores basales y metas; así como los procedimientos, condiciones y mecanismos para la asignación de recursos del FED, son aprobados por decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Desarrollo e Inclusión Social. El equipo técnico del FED elabora el informe que sustenta la propuesta de decreto supremo y el Coordinador General del FED eleva la propuesta al Comité Directivo para su aprobación; Que, mediante el Informe N° D000189-2025-MIDIS- FED, la Coordinación General del FED señala que se han defi nido los indicadores y metas, las condiciones para la asignación de recursos del FED, los mecanismos para la verifi cación del cumplimiento de metas de los indicadores, así como la asignación y transferencia de los recursos FED para el Periodo 2025-2026; Que, el literal e) del numeral 41.1 del artículo 41 del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2025-PCM, dispone que se encuentra fuera del alcance de la obligación de presentar expediente de Análisis del Impacto Regulatorio (AIR) Ex Ante, las disposiciones normativas de organización, reorganización, fusión de entidades o mecanismos de reforma del Estado (como proyectos de normas con rango de ley o reglamentos de organización y funciones, fusiones de entidades públicas, creación de programas o proyectos, entre otros), manuales de operaciones de programas y proyectos, y demás normas de organización, las cuales se regulan por las normas de la materia; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar el Instrumento que establece indicadores y metas, así como las condiciones para la asignación de recursos del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED) correspondiente al periodo 2025 -2026; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, el Reglamento del Fondo de Estímulo al Desempeño y Logro de Resultados Sociales (FED), aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2024-MIDIS; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Aprobar el Instrumento que establece indicadores y metas así como las condiciones para la asignación de recursos del fondo de estímulo al desempeño y logro de resultados sociales (FED) correspondiente al periodo 2025 – 2026, el cual consta de once (11) artículos, así como el Anexo I: “De fi niciones Operacionales de los