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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE ENERO DEL AÑO 2025 (03/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 36

TEXTO PAGINA: 8

8 NORMAS LEGALES Viernes 3 de enero de 2025 El Peruano / Que, con Memorando N° 003166-2024-OGA/INEN, la Ofi cina General de Administración, traslada la solicitud de la Gerencia General del Poder Judicial a la O fi cina de Contabilidad y Finanzas; por consiguiente, emite el Informe N° 000339-2024-OCF-OGA/INEN; en el cual, adjunta el Informe N° 000258-2024-UF-TES/INEN de la Unidad Funcional de Tesorería, que: Solicita la Modi fi cación Presupuestal hasta por el monto de S/ 36,470.00 soles (TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES) en la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a fi n de efectuar la transferencia fi nanciera a favor del Pliego 004: Poder Judicial (Unidad Ejecutora 001 Gerencia General); Que, a través del Memorando Circular N° 000043- 2024-OGPP/INEN, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, brinda conformidad y eleva el Informe N° 001336-2024-OPE-OGPP/INEN de la O fi cina de Planeamiento Estratégico, mediante el cual emite opinión favorable en materia presupuestal e indica que se ha realizado la nota de modi fi cación presupuestaria y emite la certifi cación de crédito presupuestario para dar cumplimiento a lo requerido por el Pliego N° 004 Poder Judicial (Unidad Ejecutora 001 Gerencia General); además, informa que, se cuenta con recursos disponibles en el Presupuesto Institucional de la Unidad Ejecutora 001: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, por la fuente de fi nanciamiento recursos ordinarios, en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias” y especí fi ca de gasto 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional; Que, por las consideraciones expuestas, resulta necesario autorizar una transferencia fi nanciera hasta por la suma S/ 36, 470.00 soles (TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), a favor del Pliego 004: Poder Judicial (Unidad Ejecutora 001 Gerencia General), para fi nanciar las acciones de control concurrente de una (01 inversión) a cargo del Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas; Contando con el visto bueno de la Sub Jefatura Institucional; Gerencia General; O fi cina General de Administración; O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; O fi cina de Planeamiento Estratégico; y, Ofi cina de Asesoría Jurídica; de acuerdo, con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público; y, en uso de las facultades conferidas en el ROF - INEN, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2007-SA; y, de conformidad con la Resolución Suprema N° 016-2022-SA; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar la transferencia fi nanciera del Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN, a favor de la Unidad Ejecutora 001: Gerencia General del Pliego 004: Poder Judicial hasta por la suma de S/ 36,470.00 soles (TREINTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y 00/100 SOLES), con cargo a la fuente de fi nanciamiento 1. Recursos Ordinarios, para fi nanciar las acciones de control concurrente de una (01) inversión a cargo del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, en el marco de lo dispuesto en la Centésima Décima Quinta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del sector Público para el año fi scal 2024, Ley que establece medidas para la expansión del control concurrente, de acuerdo al siguiente detalle: Nro. CUI Nombre de la Inversión Monto S/ 1 2627914ADQUISICIÓN DE ELECTROBISTURÍ, TOMÓGRAFO COMPUTARIZADO MULTICORTE, EQUIPO DE CIRUGÍA LAPAROSCÓPICA Y EQUIPO DE CIRUGÍA LAPAROSCÓPICA; ADEMÁS, DE OTROS ACTIVOS EN EL INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES NEOPLÁSICAS EN EL CENTRO POBLADO SURQUILLO, DISTRITO DE SURQUILLO, PROVINCIA LIMA, DEPARTAMENTO LIMA36,470.00 TOTAL 36,470.00 Artículo Segundo.- La transferencia fi nanciera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Jefatural, se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 136: Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, en la Genérica de Gasto 2.4 “Donaciones y Transferencias”, Acción de Inversión 6000053 “Control Concurrente”, Finalidad 0348747 “Control Concurrente” y la Especí fi ca de Gasto 2.4.2.3.1.1 “A otras unidades del Gobierno Nacional”. Artículo Tercero.- Los recursos de la transferencia fi nanciera a que hace referencia el artículo precedente no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo Cuarto.- Copia de la presente Resolución se remite a la O fi cina General de Administración para que realice las acciones necesarias para el cumplimiento de la transferencia fi nanciera, publicación en el Diario O fi cial el Peruano. Artículo Quinto.- Encargar a la O fi cina de Comunicaciones la publicación de la presente Resolución en la Plataforma Única del Estado Peruano (www.gob.pe), y en el Portal Institucional del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas - INEN (www.inen.sld.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO E.M. BERROSPI ESPINOZA Jefe Institucional 2358694-1 ORGANISMOS REGULADORES ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA Aprueban Lineamientos Resolutivos del Tribunal de Solución de Controversias RESOLUCIÓN DE SALA PLENA DEL TRIBUNAL DE SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DE OSINERGMIN N° 01-2024-OS/TSC Lima, 18 de diciembre de 2024 CONSIDERANDO: Que, el artículo 11 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin, aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 044-2018-OS/CD, modi fi cado por Resolución N° 147-2023-OS/CD, establece que, para la aprobación de lineamientos resolutivos y precedentes de observancia obligatoria, se requiere el voto aprobatorio de por lo menos cuatro (4) de sus vocales, incluido su presidente. Que, en la sesión del Tribunal de Solución de Controversias realizada en la fecha se ha acordado aprobar los primeros Lineamientos Resolutivos de dicho tribunal, para la aplicación de las normas relativas a los supuestos de competencia de los órganos de solución de controversias de Osinergmin. Que, asimismo, tiene por fi nalidad brindar a los interesados un instrumento que, sin ser vinculante, sirva de guía orientativa a los agentes sobre las controversias de competencia de los Cuerpos Colegiados y el Tribunal de Solución de Controversias. Por lo expuesto, de conformidad con el artículo 11 del Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar los Lineamientos Resolutivos del Tribunal de Solución de Controversias, cuyo texto forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal institucional de Osinergmin.