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23 NORMAS LEGALES Viernes 3 de enero de 2025 El Peruano / c) Emitir resoluciones correspondientes a encargo de funciones y puestos, designaciones temporales, licencias, vacaciones; así como, otras acciones de personal, según corresponda. d) Autorizar y resolver peticiones de los pensionistas respecto al reconocimiento de bene fi cios pensionarios, y de los ex trabajadores de la Entidad. e) Suscribir los convenios de prácticas pre profesionales y profesionales derivados del Decreto Legislativo N° 1401, Decreto Legislativo que aprueba el régimen especial que regula las Modalidades Formativas de Servicios en el Sector Público, así como los actos que los modi fi quen, renueven, culminen y resuelvan. f) Autorizar los viajes al interior del país en comisión de servicios, que excedan los quince (15) días calendario. g) Suscribir los convenios de colaboración interinstitucional con entidades públicas y/o privadas que involucren las funciones de la O fi cina de Recursos Humanos. Artículo 6.- Delegar en los Jefes Zonales durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones: a) Elaborar y suscribir Convenios Marco y Especí fi cos de Cooperación Interinstitucional, con entidades de la administración pública y personas jurídicas nacionales de derecho público y privado, previa opinión favorable de la Dirección de Política Migratoria, siempre que estos mecanismos de cooperación tengan como fi nalidad o estén directamente vinculados con las actividades propias de las Jefaturas Zonales; asimismo, deberán informar mensualmente al Gerente General respecto de los actos que emitan en el marco de la facultad delegada a través de la presente resolución. b) Ejercer la representación legal de MIGRACIONES, para la suscripción del acta, minuta, escritura pública y cualquier otro documento necesario para la inscripción registral ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, del derecho de posesión o derecho de propiedad de MIGRACIONES, respecto de determinado bien mueble o inmueble, sustentado en un acto administrativo o acto jurídico emitido conforme a Ley. c) Ejercer la representación legal de MIGRACIONES, para la suscripción de todo tipo de formulario, solicitud o documento, en los actos y trámites a realizarse ante la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos - SUNARP, con el fi n de realizar la respectiva inscripción registral, levantar observaciones, presentar apelaciones ante el Tribunal Registral, desistirse u oponerse a la inscripción, desistirse del recurso administrativo interpuesto o, en general, cualquier otro tipo de actuaciones destinadas a la inscripción registral del derecho de posesión o derecho de propiedad de MIGRACIONES, respecto de determinado bien mueble o inmueble. Dicha facultad delegada incluye la suscripción de solicitudes o documentos que tengan por objeto alguna precisión, aclaración, modi fi cación o recti fi cación, en la respectiva partida registral. Artículo 7.- La delegación de facultades a que se refi ere la presente resolución comprende las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, sin eximir de la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso. Artículo 8.- Los órganos a los que se les delega facultades, deberán informar trimestralmente al titular de la entidad los actos que emitan como producto de la presente resolución, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento de cada periodo. Artículo 9.- La presente resolución entra en vigencia el primer día útil del año 2025. Artículo 10.- Notifíquese la presente resolución a todos los órganos y unidades orgánicas de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES para conocimiento, cumplimiento y difusión. Artículo 11.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano, así como encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación que efectúe la publicación de la presente resolución en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar. Regístrese, comuníquese y publíquese.ARMANDO BENJAMIN GARCIA CHUNGA Superintendente 2358639-1 PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA Disponen conformación de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República Presidencia del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000001-2025 -P-PJ Lima, 2 de enero del 2025CONSIDERANDO: Primero. Conforme con lo establecido en el inciso 5) del artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, es atribución del presidente del Poder Judicial designar a los magistrados que integrarán las salas especializadas de la Corte Suprema de Justicia de la República. Segundo. Mediante la Resolución Administrativa N° 000363-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogó el funcionamiento de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de 3 meses, a partir del 12 de noviembre de 2024. Tercero. Mediante la Resolución Administrativa N° 000364-2024-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial prorrogó el funcionamiento de la Quinta Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, por el término de 3 meses, a partir del 01 de noviembre de 2024. Asimismo, prorrogó por dicho periodo y a partir de la mencionada fecha el funcionamiento de la Sala Penal Especial de la Corte Suprema de Justicia de la República y del Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria. Cuarto. El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa N° 000446-2024-CE-PJ, prorrogó el funcionamiento de la Primera, Tercera y Cuarta Salas de Derecho Constitucional y Social Transitoria; y la Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir del 01 de enero de 2025. En consecuencia, estando a lo expuesto precedentemente, y en uso de las funciones y atribuciones conferidas por el artículo 76 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer que la conformación de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, a partir de la fecha y para el presente año judicial, será de la siguiente manera: SALA CIVIL PERMANENTE1. Sra. Ana María Aranda Rodríguez (Presidenta) 2. Sr. César Augusto Proaño Cueva