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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2025 (04/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 59

59 NORMAS LEGALES Sábado 4 de enero de 2025 El Peruano / Que, la Resolución Ministerial N° 1003-2020/MINSA, se aprueba el Documento Técnico: Plan Nacional de Cuidados Integrales del Cáncer (2020 - 2024); con fecha 10 de agosto de 2021, se publicó en el diario o fi cial “El Peruano”, la Ley Nº 31336, Ley Nacional del Cáncer, y sus normas modi fi catorias; y, con fecha 30 de marzo de 2022, se publicó en El Diario O fi cial “El Peruano”, el Decreto Supremo N° 004-2022-SA, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 31336, Ley Nacional del Cáncer; Que, con O fi cio N° 5426-2024/GRP-DRSP-4300207-3, de fecha 09 de octubre de 2024, el Director Regional de Salud Piura remitió al Gobernador Regional con atención al Gerente Regional de Desarrollo Social, el Informe Técnico N° 001-2024-GRP-DRSP-4300207-3, emitido por la estrategia de cancer - DEISI de la DIRESA, mediante el cual se solicita a su Despacho la aprobación del Registro de Cancer de base Poblacional de Piura y Sullana y su posterior publicacion en el Diario el Peruano; Que, con Informe N° 046-2024/GRP-430300, de fecha 08 de noviembre de 2024, mediante el cual la Sub Gerencia Regional de Normas y Supervisión de la Gerencia Regional de Desarrollo Social, emitió el Informe Tecnico favorable a la propuesta de Ordenanza Regional que declare de interes regional la “Creación e Implementación del Registro de Cancer de Base Poblacional de Piura y Sullna”; Que, a través del Memorandum N° 1761-2024/GRP- 430000, de fecha 11 de noviembre de 2024, la Gerencia Regional de Desarrollo Social remitió a la Gerencia General Regional el Informe Técnico a la propuesta de ordenanza regional que declare de inetres regional la “Creación e Implementación del Registro de Cancer de Base Poblacional de Piura y Sullana”, a fi n de que disponga a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, la emision de la pertienente Opinion Legal; Que, mediante Memorando Nº 467-2024/GRP- 460000, de fecha 13 de noviembre de 2024, el Jefe de la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica indicó a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, su opinión favorable para la emisión de la Ordenanza Regional presentada por la Dirección Regional de Salud de Piura, es aprobar la Creación e implementación del Registro de Cáncer; Que, a través del Memorándum N° 1823-2024/GRP- 430000, de fecha 21 de noviembre de 2024, el Gerente Regional de Desarrollo Social devolvió el expediente administrativo a la Dirección Regional de Salud para subsanar omisión sobre propuesta de Ordenanza Regional sobre Creación Regional sobre Creación e Implementación del Registro de Cáncer de Base Poblacional de Piura y Sullana; Que, mediante O fi cio N° 6549-2024/GRP- DRSP-4300207-3, de fecha 28 de noviembre de 2024, la Dirección Regional de Salud Piura remitió a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, el levantamiento de observaciones y la propuesta de Ordenanza Regional, para conocimiento y acciones correspondientes; en ese sentido, con proveído de fecha 29 de noviembre de 2024, inserto en el O fi cio antes mencionado, la Gerencia Regional de Desarrollo Social derivó el expediente a la Sub Gerencia Regional de Normas y Supervisión - GRDS, para conocimiento y acciones correspondientes; Que, con Informe Técnico N° 53-2024/GRP-430300, de fecha 11 de diciembre de 2024, la Sub Gerencia de Normas y Supervisión de la GRDS remitió a la Gerencia Regional de Desarrollo Social el Informe aclaratorio al Informe Técnico N° 46-2024/GRP-430300, de fecha 08 de noviembre de 2024; y, a través del Memorando Nº 1948-2024/GRP-430000, de fecha 11 de diciembre de 2024, el Gerente Regional de Desarrollo Social remitió a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica el informe aclaratorio al Informe Técnico N° 046-2024/GRP-430300, sobre propuesta de Ordenanza regional para la Creación e Implementación del Registro de Cáncer de Base Poblacional de Piura y Sullana, a fi n de que emita su opinión legal y se continúe con el trámite correspondiente; Que, con Informe N° 2388-2024/GRP-460000, de fecha 11 de diciembre de 2024, el Jefe de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica, emitió opinión legal favorable respecto a la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba la Creación e Implementación del Registro de Cáncer de Base Poblacional de Piura y Sullana; y, mediante Memorándum 3356-2024/GRP-400000, de fecha 11 de diciembre de 2024, la Gerencia General Regional remitió a la Secretaría del Consejo Regional el expediente administrativo relacionado a la propuesta de Ordenanza Regional que aprueba la Creación e Implementación del Registro de Cáncer de Base Poblacional de Piura y Sullana; Que, mediante Informe N° 090-2024/GRP-CRP- EACCR, de fecha 16 de diciembre el Equipo de Apoyo a Comisiones del Consejo Regional emite opinión favorable para continuar con la presente propuesta en la Comisión de Desarrollo Social, a fi n de que emita el Dictamen correspondiente; y, con Dictamen N° 04-2024/GRP-CR-CDS, de fecha 18 de diciembre de 2024, la Comisión de Desarrollo Social recomendó al pleno del Consejo Regional la presente propuesta de Ordenanza Regional; Que, estando a lo acordado y aprobado por unanimidad, en Sesión Extraordinaria N° 034-2024, de fecha 18 de diciembre de 2024, en la ciudad de San Miguel de Piura, el Consejo Regional del Gobierno Regional de Piura, en uso de sus facultades y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales N° 27867, y sus modi fi catorias Ley N° 27902, Ley N° 28961, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO DE CÁNCER DE BASE POBLACIONAL DE LA REGIÓN PIURA. Artículo Primero.- APROBAR LA CREACIÓN E IMPLEMENTACIÓN DEL REGISTRO DE CÁNCER DE BASE POBLACIONAL DE LA REGIÓN PIURA, con sede en la Dirección Regional de Salud (DIRESA), en el cual deben consignarse todos los casos de cáncer diagnosticados de la IPRESS Públicas, Privadas y Mixtas de las provincias de Piura y Sullana. Artículo Segundo.- El Registro de Cáncer de Base Poblacional de la Registro Piura, se implementará con el asesoramiento Técnico del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas, a fi n de fortalecer el Registro Nacional de Cáncer. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional, disponga a la Dirección Regional de Salud Piura implemente el Registro de Cáncer de Base Poblacional de las provincias de Piura y Sullana, que se realizará a través de la Dirección Integral de Intervenciones Sanitarias de Salud, en coordinación con el Área de Epidemiología; asimismo, disponga se realicen las acciones necesarias para implementación de la unidad funcional del Registro de Cáncer de Base Poblacional. Artículo Cuarto.- DISPONER que la presente Ordenanza Regional entre en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Comuníquese al Señor Gobernador del Gobierno Regional Piura para su promulgación. En Piura, a los 20 días del mes de diciembre del año 2024. ANGLER PAZO JACINTO Consejero Delegado POR TANTOMando se publique y cumpla. Dado en Piura, en la Sede del Gobierno Regional Piura, a los 27 días del mes de diciembre del año 2024. LUIS ERNESTO NEYRA LEÓN Gobernador Regional de Piura 2358225-1