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57 NORMAS LEGALES Sábado 4 de enero de 2025 El Peruano / se ejercerán con sujeción al ordenamiento jurídico establecido por la Constitución Política del Perú, la Ley de Bases de Descentralización y demás Leyes de la República y el Literal a) del Artículo acotado, señala que es función normativa y reguladora del Gobierno Regional, la elaboración y aprobación de normas de alcance regional, regulando los servicios de su competencia en concordancia con el Artículo 4º Literales a) y b) de la Ley Nº 27902, Ley que modi fi ca la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales. Que, a través de la ORDENANZA REGIONAL Nº 005-2018-GR.LAMB/CR, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Gobierno Regional Lambayeque donde se establecen las funciones de cada unidad de organización que contemplan procedimientos y actividades sobre el proceso de actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos. Que, a través de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP se aprobaron los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) y mediante el Decreto Legislativo Nº 1203, la Secretaria de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó la creación de la herramienta de Sistema Único de Trámites (SUT), con la fi nalidad de sistematizar el registro, revisión, visado, aprobación y publicación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que permite el análisis y simpli fi cación del procedimiento (Tablas ASME), la sustentación técnica del costo, elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) en menor tiempo. Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2020-PCM/SGP, que aprueba la actualización del Manual de Usuario del Sistema Único de Trámites (SUT), prescribe: “...se eliminan los expedientes y documentos físicos. Se presume que la información registrada en los expedientes electrónicos y su correspondiente envío para revisión, se realizan con carácter o fi cial, pues son acciones coordinadas y ejecutadas por los administradores SUT, designados con resolución de la máxima autoridad administrativa de la entidad. Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM/SGP, se aprueba los lineamientos y formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA). Que, con Decreto Supremo Nº 031-2018-PCM, se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1203, Decreto Legislativo que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad” por el Estado Peruano. Que, con Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 001-2020-PCM/SGP, aprueba la actualización del Manual del Sistema Único de Trámites, el cual; a su vez, incorpora lineamientos y se detalla los pasos a seguir en las fases de implementación y uso del SUT. Que, con Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Que, con Decreto Supremo Nº 018-2021-PCM, se aprueba procedimientos administrativos estandarizados del sector Producción cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales. Que, con Decreto Supremo Nº 019-2021-PCM, se que aprueba procedimientos administrativos estandarizados del sector Educación cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales. Que, con Decreto Supremo Nº 021-2021-PCM, se aprueba Procedimientos Administrativos Estandarizados del Sector Trabajo y Promoción del Empleo cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales. Que, con Decreto Supremo Nº 044-2021-PCM, se aprueba procedimientos administrativos estandarizados en materia forestal y de fauna silvestre cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales. Que, con Decreto Supremo Nº 047-2021-PCM, se aprueba procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad estandarizados del Sector Transportes y Comunicaciones cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales. Que, con Decreto Supremo Nº 112-2021-PCM, se aprueba procedimientos administrativos estandarizados del sector Energía y Minas cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales. Que, con Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM, se aprueba procedimientos administrativos estandarizados del sector Turismo cuya tramitación es de competencia de los Gobiernos Regionales. Que, con Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM, se aprueba el Procedimiento Administrativo Estandarizado de Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control. Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 008- 2013-GR.LAMB/CR, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional Lambayeque, el mismo que ha sido actualizado con Decreto Regional Nº 039-2018-GR.LAMB/PR, y consta de doscientos cuarenta y nueve (249) Procedimientos. Que, mediante DECRETO REGIONAL Nº 000054- 2018-GR.LAMB/GR [2984328 - 1], de fecha 31 de octubre 2018, se aprueba la actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), del Gobierno Regional Lambayeque, el mismo que fue aprobado con Ordenanza Regional Nº 008-2013-GR.LAMB/CR, y modi fi catorias. Que, mediante OFICIO Nº D000152-2024-PCM-SGP, de 5 de marzo de 2024, se informa que a la fecha no se han incorporado al TUPA los procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad estandarizados que son de su competencia. Que, mediante RESOLUCION GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 000154-2023-GR.LAMB/ GGR [4745547-1], de fecha 28 de septiembre de 2023, se resuelve conformar el Equipo de Trabajo – Equipo de Mejora Continua (EMC), encargado de la implementación del Sistema Único de Trámites – SUT, del Gobierno Regional Lambayeque, constituido por: O fi cina Regional de Asesoría Jurídica (Registrador Legal), O fi cina Regional de Administración (Registrador de Costos) y Ofi cina de Organización y Tecnologías de la Información - Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial (Registrador de Procesos). Que, mediante OFICIO Nº 001566-2024-GR.LAMB/ ORAD [515340082 - 2], de fecha 2 de mayo de 2024, se designa el representante de REGISTRO DE COSTOS de la Ofi cina Regional de Administración. Que, mediante INFORME TÉCNICO Nº 002-2024-GR. LAMB/ORAD-LPJCG [515340082-5] de 21 de agosto, se da fe de los procesos realizados y los costos obtenidos de fuentes fi dedignas, de los diferentes Aplicativos Informáticos que dan soporte a nuestro trabajo en el Sector Público. Que, con O fi cio Nº 001140-2024-GR.LAMB/ GERGETUR [515345434-21] de 21 de mayo de 2024, se remite el INFORME Nº 000003-2024-GR.LAMB/GERGETUR/APPAJ [515345434-20], informando que de los dieciséis (16) procedimientos administrativos estandarizados aprobado por Decreto Supremo 184-2021-PCM, solo se aplicarán nueve (9) para la región Lambayeque. Que, con O fi cio Nº 000731-2024-GR.LAMB/GRTC [515345434-48] de 31 de mayo de 2024, se remite el INFORME Nº 000011-2024-GR.LAMB/GRTC-DIPP [515345434-46], informando que de los cuarenta y tres (43) procedimientos administrativos y un (1) servicio prestado en exclusividad estandarizado aprobado por Decreto Supremo 047-2021-PCM, solo se aplicarán treinta y uno (31) para la región Lambayeque. Que, con OFICIO Nº 003402-2024-GR.LAMB/ ORPP [515340082 - 18] de 22 de noviembre de 2024, se remite propuesta de actualización del Texto Único de Procedimientos Administrativos 2024 del Gobierno Regional de Lambayeque a la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica para opinión legal. Que, en ese sentido, el inc. a), del artículo 15º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece como