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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2025 (04/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 4 de enero de 2025 El Peruano / Recursos Humanos, se entiende que el Titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el artículo 49 y el literal c) del artículo 50 del mencionado Decreto Legislativo N° 1033 establecen que la Gerencia General es el máximo órgano ejecutivo y administrativo de la institución, y tiene la función de ejercer la representación legal del INDECOPI. Asimismo, el artículo 12 y el literal b) del artículo 13 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado mediante Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI, dispone que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa y ejecutiva de la entidad, responsable de la adecuada gestión de los diversos sistemas administrativos en la institución, quien ejerce la representación legal de la entidad, siendo posible que la delegue a otros funcionarios de la institución; Que, atendiendo a ello y con el fi n de optimizar y agilizar la gestión administrativa de la Entidad, se estima por conveniente delegar determinadas funciones asignadas al Gerente General en diversos funcionarios del INDECOPI, para el año fi scal 2025; Que, mediante el Informe N° 000776-2024-OAJ/ INDECOPI, la O fi cina de Asesoría Jurídica mani fi esta que resulta legalmente viable que la Gerenta General delegue, en varios funcionarios de la entidad, durante el año fi scal 2025, diversas facultades y atribuciones para el mejor desenvolvimiento de las funciones asignadas a la entidad; Con el visado de la O fi cina de Administración y Finanzas; de la O fi cina de Promoción y Difusión; de la Ofi cina de Recursos Humanos; de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019- JUS; el Decreto Legislativo N° 1033, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI; y el Texto Integrado de su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución N° 000063-2021-PRE/INDECOPI; SE RESUELVE: Artículo 1.- Delegar en el Jefe de la O fi cina de Recursos Humanos, durante el Año Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones: a) Representar al INDECOPI ante la autoridad administrativa de trabajo y demás autoridades administrativas, en lo referente a las comunicaciones que sean necesarias en el marco de los procesos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. b) Suscribir los contratos de trabajo de servidores civiles sujetos a los regímenes laborales regulados por los Decretos Legislativo N° 728 y N° 1057, así como a la Ley N° 30057. c) Suscribir los Convenios de Practicas Preprofesionales y Profesionales. d) Representar al INDECOPI ante las distintas dependencias del Seguro Social de Salud (ESSALUD) y la O fi cina de Normalización Previsional (ONP), exclusivamente en asuntos que guarden relación con los trámites regulares que debe realizarse por prestaciones de salud y previsionales. e) Representar al INDECOPI ante las empresas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y ante la Asociación de Administración de Fondos de Pensiones (AAFP) en lo referente a comunicaciones diversas, envío de planillas de aportes y trámites sobre aportaciones y/o deducciones en caso sea necesario. f) Realizar los trámites ante las Entidades Prestadoras de Salud (EPS) que se deriven de las a fi liaciones o exclusiones de los trabajadores. g) Suscribir convenios vinculados a descansos vacacionales, Liquidaciones de Bene fi cios Sociales y, en general, en el marco de las normas relacionadas con la administración de personal. h) Representar al INDECOPI ante entidades del Sistema Financiero Nacional, con el objeto de gestionar la apertura de cuentas para los servidores civiles, gestionar programas de crédito para los servidores civiles y otros bene fi cios y/o servicios que se les puedan ofrecer. i) Representar a INDECOPI ante Entidades Educativas para suscribir convenios y demás documentos que tengan por objeto el otorgamiento de bene fi cios (como descuentos) al personal de la institución para acciones de formación (laboral o profesional) fuera del marco del Plan de Desarrollo de Personas (PDP). j) Representar al INDECOPI ante los distintos organismos del Estado y/o Poder Judicial, para absolver requerimientos de información relativa al personal de la institución. k) Autorizar los encargos de puesto y/o de funciones de competencia del/de la Gerente/a General. Esta facultad no incluye la de designar y remover al personal de la institución. l) Aprobar las licencias con goce y sin goce de remuneraciones de competencia de la Gerencia General, de conformidad con lo establecido en la Directiva N° 001-2022/ORH-INDECOPI, “Directiva de Licencias y Permisos del Indecopi” aprobada por la Resolución N° 000003-2022-ORH/INDECOPI y sus modi fi catorias; así como, autorizar ampliaciones de licencia hasta por dos (2) años. m) Autorizar y suscribir los formatos correspondientes a la aprobación de la solicitud de uso del periodo vacacional presentado por el personal del Despacho de la Gerencia General, por los Jefes de los Órganos de Apoyo y de Asesoramiento, así como, por los Directores de los Órganos de Línea de la entidad; cuya aprobación corresponda a la Gerencia General. n) Suscribir certi fi cados y constancias de trabajo, así como de prácticas profesionales y preprofesionales, y demás documentación similar que sea competencia de la Gerencia General en su condición de máxima autoridad administrativa de la entidad, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos. o) Autorizar y suscribir convenios y demás documentos con empresas privadas y entidades públicas para el otorgamiento de descuentos corporativos a los servidores civiles del INDECOPI para el fortalecimiento del Clima Laboral. Artículo 2.- Delegar en el Jefe de la O fi cina de Promoción y Difusión, durante el Año Fiscal 2025, la siguiente facultad y atribución: a) Suscribir contratos de cesión de derechos patrimoniales de autor, de naturaleza civil, a cargo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Artículo 3.- Delegar en el Jefe de la O fi cina de Administración y Finanzas, durante el Año Fiscal 2025, la siguiente facultad y atribución: a) Suscribir contratos de cesión de derecho de uso de espacios a cargo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual – INDECOPI. Artículo 4.- La delegación de las facultades, así como la asignación de responsabilidades a que se re fi ere la presente resolución, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligación de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Artículo 5.- Dejar sin efecto la Resolución N° 000004- 2024-GEG/INDECOPI. Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente resolución en el portal institucional del INDECOPI (www. gob.pe/indecopi), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. TERESA LILIANA TRASMONTE ABANTO Gerenta General 2358772-1