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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2025 (04/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 46

46 NORMAS LEGALES Sábado 4 de enero de 2025 El Peruano / ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL Designan temporalmente Ejecutor Coactivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 00001-2025-OEFA/GEG Lima, 3 de enero de 2025 VISTOS: El Memorando Nº 00740-2024-OEFA/OAD, emitido por la O fi cina de Administración; el Informe Nº 00269-2024-OEFA/OAD-URH, emitido por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración; y, el Informe Nº 00001-2025-OEFA/OAJ, emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental; Que, el artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-2008-JUS, establece que la designación del Ejecutor Coactivo se efectúa mediante concurso público de méritos e ingresa como funcionario de la entidad a la cual representa, ejerciendo su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva; asimismo, debe cumplir con los requisitos señalados en el artículo 4º del citado cuerpo normativo; Que, el artículo 1º de la Ley Nº 27204, Ley que precisa que el cargo de ejecutor y auxiliar coactivo no es cargo de con fi anza, establece que el/la Ejecutor/a Coactivo/a es un/a funcionario/a nombrado/a o contratado/a, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representa, y su designación, en los términos señalados en el artículo 7º de la Ley Nº 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dicho cargo sea de con fi anza; Que, el artículo 11º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 1057, que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 075-2008-PCM, dispone que los/as trabajadores/as bajo contrato administrativo de servicios pueden, sin que implique la variación de la retribución o del plazo establecido en el contrato, ejercer la suplencia al interior de la entidad contratante o quedar sujetos, únicamente, a las siguientes acciones administrativas de desplazamiento de personal: (i) designación temporal; (ii) rotación temporal; y, (iii) comisión de servicios; Que, el literal i) del artículo IV del Título Preliminar del Reglamento General de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por el Decreto Supremo Nº 040-2014- PCM, señala que, para efectos del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el titular de la entidad es la máxima autoridad administrativa de una entidad pública; Que, el artículo 17º del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM, señala que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA;Que, mediante la Resolución de Gerencia General Nº 00026-2024-OEFA/GEG se formaliza la designación de la señora Ana María Rivasplata Santolalla (en adelante, la señora Rivasplata ) como Ejecutora Coactiva del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA; Que, mediante Memorando Nº 00740-2024-OEFA/ OAD, la O fi cina de Administración comunica a la Gerencia General la decisión de la señora Rivasplata de no prorrogar el Contrato Administrativo de Servicios Nº 030-2024, por lo que, en tanto se concluye el proceso de selección del Ejecutor/a Coactivo, estima necesaria la designación temporal de un/a Ejecutor/a Coactivo hasta que se cubra dicho cargo; Que, a través del Informe Nº 00269-2024-OEFA/OAD- URH, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la Ofi cina de Administración ha señalado que: (i) la señora Rivasplata, ha manifestado su voluntad de no prorrogar su vínculo laboral con el OEFA, el cual es efectivo al término del 31 de diciembre de 2024, por lo que corresponde dar por concluida su designación formalizada a través de la Resolución de Gerencia General Nº 00026-2024-OEFA/GEG; (ii) resulta viable la designación temporal del cargo de Ejecutor/a Coactivo/a, el cual no es un cargo directivo ni de con fi anza, siendo que el/la servidor/a que ocupe temporalmente dicho puesto debe cumplir con el per fi l y dedicarse de forma exclusiva a dicha labor; y, (iii) ha veri fi cado el señor David Jhonatan Silva Huaman (en adelante, el señor Silva ) cumple con los requisitos necesarios para acceder al cargo de Ejecutor Coactivo del OEFA, no encontrándose impedido o inhabilitado para el ejercicio de la función pública, pudiendo ser designado temporalmente en el precitado cargo mediante Resolución de Gerencia General; Que, mediante el Informe Nº 00001-2025-OEFA/ OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la emisión del acto resolutivo a cargo de la Gerencia General que disponga: (i) la conclusión, con e fi cacia anticipada al 31 de diciembre de 2024, de la designación formalizada a través de la Resolución de Gerencia General Nº 00026-2024-OEFA/GEG de la señora Rivasplata como Ejecutora Coactiva del OEFA, a través de la Resolución de Gerencia General Nº 00026-2024-OEFA/GEG; y, (ii) la designación temporal, con e fi cacia anticipada al 01 de enero de 2025, del señor Silva, Coordinador/a de Recaudación y Control del Aporte por Regulación - Ejecutivo II, como Ejecutor Coactivo de la Entidad; Que, el numeral 17.1 del artículo 17º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante, el TUO de la LPAG ), regula la potestad de la autoridad de disponer en el mismo acto administrativo que éste tenga e fi cacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la efi cacia del acto el supuesto de hecho justi fi cativo para su adopción; Que, el segundo párrafo del numeral 7.1 del artículo 7º del TUO de la LPAG, señala que el régimen de e fi cacia anticipada de los actos de administración previstos en el artículo 17º del TUO de la LPAG es susceptible de ser aplicado a los actos de administración interna, siempre que no se violen normas de orden público, ni afecte a terceros; Que, por necesidad institucional resulta pertinente emitir el acto resolutivo que disponga: (i) dar por concluida, con e fi cacia anticipada al 31 de diciembre de 2024, la designación formalizada de la señora Rivasplata como Ejecutora Coactiva del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, efectuada mediante Resolución de Gerencia General Nº 00026-2024-OEFA/GEG; y, (ii) designar temporalmente, con efi cacia anticipada al 01 de enero de 2025, al señor Silva, Coordinador/a de Recaudación y Control del Aporte por Regulación - Ejecutivo II, como Ejecutor Coactivo del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA;