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12 NORMAS LEGALES Miércoles 22 de enero de 2025 El Peruano / ECONOMÍA Y FINANZAS Establecen disposiciones para la aplicación de la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 0001-2025-EF/63.01 Lima, 20 de enero del 2025 CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se aprueba el Presupuesto Anual de Gastos para el Año Fiscal 2025; Que, la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la referida Ley dispone la asignación de recursos por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de diversos gobiernos locales, para el fi nanciamiento de proyectos de inversión, las Inversiones de Optimización, de Ampliación Marginal, de Reposición y de Rehabilitación (IOARR) y los programas de inversión bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones (SNPMGI) y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, así como para estudios de pre inversión; vinculados al cierre de brechas en infraestructura vial, de salud, de educación, de agua y saneamiento, de gestión de residuos sólidos, y agraria y de riego, y comercio; Que, asimismo, dicha Disposición Complementaria Final establece en su numeral 4 que en un plazo de hasta veinte (20) días calendario, posteriores a la entrada en vigencia de la Ley, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas, mediante Resolución Directoral y con opinión previa de la Dirección General de Presupuesto Público, en el ámbito de sus competencias, establece disposiciones, para la aplicación del referido artículo, lo que incluye criterios de priorización de los proyectos de inversión, las IOARR y los programas de inversión bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional comprendidas en el mencionado artículo, quedando dicha Dirección General facultada para establecer las referidas disposiciones para dichos últimos proyectos; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y modi fi catorias, se creó el SNPMGI como sistema administrativo del Estado con la fi nalidad de orientar el uso de los recursos públicos destinados a la inversión para la efectiva prestación de servicios y la provisión de la infraestructura necesaria para el desarrollo del país; Que, en el marco del referido Sistema Nacional, se encuentra la fase de Programación Multianual de Inversiones del Ciclo de Inversión, donde las entidades de los tres niveles de gobierno priorizan las inversiones para el cierre de brechas de infraestructura o de acceso a servicios, cuyos indicadores de brechas forman parte del Anexo Nº 02: Clasi fi cador de Responsabilidad Funcional del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones de la Directiva N° 001-2019- EF/63.01, Directiva General del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, aprobada por Resolución Directoral N° 001-2019- EF/63.01; Que, en dicho contexto, la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones, con opinión previa de la Dirección General de Presupuesto Público, ha establecido los criterios de priorización para los proyectos de inversión, las IOARR y los programas de inversión bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional, los cuales contienen las consideraciones que deben aplicar los gobiernos locales para la asignación de recursos en el marco de la Quincuagésima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; el Decreto Legislativo Nº 1252, Decreto Legislativo que crea el Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones, y modi fi catorias; y, el literal c) del artículo 208 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 331-2023-EF/41; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de los “Criterios de priorización de los proyectos de inversión, las IOARR y los programas de inversión bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional” Aprobar los “Criterios de priorización de los proyectos de inversión, las IOARR y los programas de inversión bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional” que, como Anexo, forma parte integrante de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”, así como de los “Criterios de priorización de los proyectos de inversión, las IOARR y los programas de inversión bajo el ámbito del Sistema Nacional de Programación Multianual y Gestión de Inversiones y de proyectos que no se encuentren bajo el ámbito de dicho Sistema Nacional”, en la sede institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www. gob.pe/mef), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución Directoral en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELOY DURÁN CERVANTES Director GeneralDirección General de ProgramaciónMultianual de Inversiones 2364099-1 EDUCACIÓN Formalizan la conclusión de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional de Moquegua RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 003-2025- MINEDU Lima, 20 de enero de 2025 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente MPD2024-EXT-1008278; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 3 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como derecho fundamental y servicio público esencial, y