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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2025 (25/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Sábado 25 de enero de 2025 El Peruano / a. La repercusión en el tránsito vehicular y peatonal generada por la interferencia solicitada, en virtud de su volumen e importancia. b. La repercusión sobre establecimientos comerciales, centros escolares y negocios que existan dentro del área que se genera por la instalación de los elementos de seguridad. c. No se autorizará la instalación de rejas frente a entidades públicas, centros educativos, centros médicos, instituciones religiosas, compañía de bomberos. o frente a hidrantes, grifos o tomas de agua para bomberos. d. No se autorizará el uso de elementos de seguridad en vías nacionales, expresas, arteriales o colectoras. e. Los elementos de seguridad que se encuentren instalados en vías locales próximas a intersecciones que sufren congestión vehicular en horas punta y que sirven de comunicación con otras vías de mayor jerarquía, deberán permanecer abiertas durante todo el día. f. No se permitirá la instalación de un elemento de seguridad dentro de un perímetro y/o cuadrante que ya cuente con dicho elemento. Los elementos de seguridad que no cumplan con este requisito deberán ser retirados en el plazo establecido en la presente Ordenanza. g. No se permitirá bajo ninguna modalidad la incorporación de áreas públicas a uso privado; si se detecta tal situación, la Subgerencia de Fiscalización y Sanciones Administrativas, dispondrá inmediatamente el retiro de los elementos instalados. h. No se autorizará instalación elementos de seguridad no estipulados en la presente Ordenanza. i. De manera excepcional, para la solicitud de elemento de seguridad de manera independiente por complejidad de la zona geográ fi ca que impide la formación de cuadrante seguro y saludable se optara de manera obligatoria un informe técnico por parte de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Vial en. De igual importancia mencionar que se deberá cumplir con los requisitos del Art 4. Artículo 9°.- Las especi fi caciones técnicas que deberán presentar los elementos de seguridad tendrán necesariamente que considerar los criterios técnicos establecidos en el Decreto de Alcaldía N° 066 señalado en la Ordenanza 690 MML, publicada en el diario o fi cial “El Peruano” con fecha 18 de octubre de 2004. 1. De las rejas batientes: 2. Las Rejas batientes pueden ser diseñadas de dos formas: a) Rejas batientes vehiculares . Se instalarán este tipo de elemento de seguridad en aquellas vías que presenten las siguientes características: i. Tipo 1: En vías locales con una sección vial compuesta por vereda - calzada - vereda. Este tipo de elemento de seguridad contará con los siguientes materiales: - Marco de las puertas vehiculares: Tubo cuadrado de 2” a 3”x 1/8”x 2.50 (mínimo) - Cuerpo de la reja batiente: Tubo cuadrado de I” x 1/8” x 2.50 (mínimo) - Parte central del cuerpo de la reja: Plancha lisa de 0.60 m. a lo largo de toda la reja - Pintado del elemento: Marco y cuerpo de color negro mate. Parte central de color amarillo re fl ectivo (pintura de tráfi co). (Ver Anexo grá fi co N° 01) ii. Tipo 2: En las vías locales con una sección vial compuesta por: vereda - berma lateral - calzada - berma lateral - vereda. Este tipo de elemento de seguridad contará con los siguientes materiales: - Marco de las puertas vehiculares: Tubo cuadrado de 2” a 3” x 1/8” x 2.50 (mínimo)- Cuerpo de la reja batiente: Tubo cuadrado de 1” x 1/8” x 2.50(mínimo) - Parte central del cuerpo de la reja: Plancha lisa de 0.60 m. a lo largo de toda la reja - Pintado del elemento: Marco y cuerpo de color negro mate. Parte central de color amarillo re fl ectivo (pintura de tráfi co). (Ver Anexo grá fi co N° 02) iii. Tipo 3: En vías locales con una sección vial compuesta por: vereda - calzada - separador central - calzada - vereda. Este tipo de elemento de seguridad contará con los siguientes materiales: - Marco de las puertas vehiculares: Tubo cuadrado de 2” a 3” x 1/8” ×2.50 (mínimo) - Cuerpo de la reja batiente: Tubo cuadrado de 1” x 1/8* x 2.50 (mínimo) - Parte central del cuerpo de la reja: Plancha lisa de 0.60 m. a lo largo de toda la reja - Pintado del elemento: Marco y cuerpo de color negro mate. - Parte central de color amarillo re fl ectivo (pintura de tráfi co) (Ver Anexo grá fi co N° 03) iv. Tipo 4: En vías locales con una sección vial compuesta por: vereda - berma lateral - calzada- separador central - calzada - berma lateral - vereda. Este tipo de elemento de seguridad contará con los siguientes materiales: - Marco de las puertas vehiculares: Tubo cuadrado de 2” a 3”x 1/8” x 2.50 (mínimo) - Cuerpo de la reja batiente: Tubo cuadrado de I” x 1/8”x 2.50 (mínimo) - Parte central del cuerpo de la reja: Plancha lisa de 0.60 m. a lo largo de toda la reja - Pintado del elemento: Marco y cuerpo de color negro mate. - Parte central de color amarillo re fl ectivo (pintura de tráfi co) (Ver Anexo grá fi co N° 04) b) Rejas batientes peatonales. Se instalarán este tipo de elemento de seguridad sólo en aquellas vías locales de uso peatonal. Deberá presentar las siguientes características y contará con los siguientes materiales: - Marco de las puertas vehiculares: Tubo cuadrado de 2” a 3” x 1/8” x 2.50 (mínimo) - Cuerpo de la reja batiente: Tubo cuadrado de 1” x 1/8” x 2.50 (mínimo) - Parte central del cuerpo de la reja: Plancha lisa de 0.60 m. a lo largo de toda la reja - Pintado del elemento: Marco y cuerpo de color negro mate. - Parte central de color amarillo re fl ectivo (pintura de tráfi co) (Ver Anexo grá fi co N° 05 y 06) 3. De las Casetas de Vigilancia. Se instalarán este tipo de elemento de seguridad en aquellas vías que presenten las siguientes características: i. En vías locales con una sección vial compuesta por vereda - berma lateral - calzada - berma- lateral - vereda. Este tipo de elemento de seguridad contará con los siguientes materiales: - Cuerpo: De 1.00 m (mínimo)-1.50 m (máximo) x 1.00 m (mínimo) 1.50 m (máximo) x 2.50 (altura), de madera triplay con bastidores o machimbrada. - Ventanas: Vidrio transparente por el frente y la parte posterior, de 1.20 de altura, Parapeto cerrado de madera, triplay con bastidores o machimbrado.