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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2025 (25/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Sábado 25 de enero de 2025 El Peruano / c) Preparar los diseños y formatos de cedulas y demás documentos que se requieran para el proceso electoral d) Resolver las impugnaciones, observaciones y otras incidencias que se produzcan antes, durante y después del acto electoral, dentro del periodo de su mandato. e) Proclamar, otorgar credenciales y juramentar a los candidatos elegidos. f) Comunicar por escrito al señor Alcalde los resultados del proceso electoral. g) Impartir justicia electoral en última instancia.h) Resolver la tacha e impugnaciones de las listas de candidatos i) Solicitar asistencia técnica de la O fi cina Nacional de Procesos Electorales - ONPE para la organización del proceso electoral. j) El comité electoral es autónomo y sus decisiones no se pueden impugnar. Toma decisiones por mayoría. Artículo 9.- El padrón electoral esta conformado por el conjunto de Delegados Electores de las organizaciones inscritas en el RUOS y/o que cuenten con inscripción en SUNARP. Artículo 10.- Una vez publicado el padrón electoral, en la página web institucional y en el local municipal, se procederá con la inscripción de las listas que postulan a ser representantes de la sociedad civil. Contra las listas se podrán presentar tachas o impugnaciones en el plazo de dos días hábiles. Ocurrido esto, el Comité Electoral noti fi cará al personero de la Lista, vía correo electrónico para que dentro del plazo de un (1) día exprese aquello que considere pertinente a su derecho. Con o sin su absolución, el comité electoral emitirá pronunciamiento que es inimpugnable en sede administrativa. Artículo 11.- El mecanismo de elección que se utilizará será mediante la lista de candidatos, la cual esta conformada por representantes de los segmentos territoriales y sociales de fi nidas en el Artículo 5° del presente Reglamento. Absuelto el periodo de tachas, el comité electoral elaborará las cedulas con los números de las listas y nombres de los candidatos; los cuales serán publicados en el portal institucional. Artículo 12.- Los miembros de mesa se instalarán en el lugar, hora y fecha señalada para la elección. Luego de veri fi car la conformidad del material electoral y acondicionar el local de elección, se dará inicio a la votación de los delegados-electores. Artículo 13.- Los representantes de la sociedad civil ante el CCLD son elegidos por sufragio directo y secreto. La modalidad de los candidatos es por lista, donde cada delegado elector vota por la lista de su preferencia. Serán electos como representantes ante el CCLD la lista que obtenga la más alta votación. Artículo 14.- La cédula de votación incluirá los nombres y números asignados a cada lista. Los Delegados-Electores marcarán con aspa o cruz el número del candidato de su preferencia. El voto será valido siempre que el cruce de ambas líneas se encuentre dentro del recuadro del número del candidato. Artículo 15.- En caso de empate, se procederá con la realización de una segunda vuelta. Artículo 16.- Toda impugnación presentada por los personeros contra el resultado de la elección o cualquier situación que se produzco es resuelta por el Comité Electoral. Artículo 17.- El Comité Electoral proclamará la composición del CCLD, emitiéndose la respectiva acta de resultados. Un ejemplar de dicha acta será remitido al Despacho de Alcaldía para la emisión de la Resolución de Alcaldía respectiva y entrega de las credenciales a los representantes del CCLD, al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) y a la O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE). La Municipalidad emitirá la referida Resolución de Alcaldía, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas de recibida el acta. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y TRANSITORIAS Primera.- El Comité Electoral, para el proceso de elección de representantes de la sociedad civil ante el CCLD, tendrá como sede las instalaciones del auditorio de la Municipalidad ubicada en la Avenida José de la Riva Agüero N° 1358 del Distrito de El Agustino, donde se habilitará un ambiente y facilidades para el cabal cumplimiento de su misión hasta haberlo concluido. Segundo.- la O fi cina de Participación Ciudadana publicará y difundirá la relación de todas las organizaciones sociales que se encuentran inscritas y hábiles para participar en el proceso. Tercero .- Todo aquello que no este contemplado en el presente reglamento, podrá ser resuelto por el Comité Electoral ANEXO Cronograma del Proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de El Agustino N° ACTIVIDADES FECHA LUGAR Y HORA 1Disponibilidad del RUOS para atender inscripciones o emisión de constancias de registro13 y 14 de enero de 2025Municipalidad: Oficina de Participación Ciudadana - Horario de Oficina 2Padrón Electoral inscripción y publicación15 al 17 de enero de 2025 3Taller distrital de Lanzamiento del proceso18 de enero de 2025Auditorio Municipal de El Agustino - 17:00 - 19:00 4 Formulación de tachas contra listas20 al 21 de enero de 2025Municipalidad: Oficina de Participación Ciudadana 5 Absolución de tachas22 de enero de 2025Municipalidad: Oficina de Participación Ciudadana 6 Publicación definitiva de listas23 de enero de 2025Municipalidad: Oficina de Participación Ciudadana - Horario de Oficina 7 Elecciones del CCLD24 de enero de 2025 Auditorio Municipal de El Agustino - desde las 9:00 - 13:008 Publicación de Resultados24 al 27 de enero de 2025 9 Segunda vuelta29 de enero de 2025 10 Proclamación y Juramentación30 de enero de 2025 11Remisión de Resolución de Alcaldía validando el Acta de Resultados de la Elección: ONPE31 de enero de 2025Despacho de alcaldía 2362224-1 MUNICIPALIDAD DE SAN JUAN DE MIRAFLORES Modifican la Ordenanza Nº 516/MDSJM del cuadrante seguro y saludable, que regula el uso de elementos de seguridad resguardando el derecho a la vida, integridad física, libre tránsito y propiedad privada en el distrito de San Juan de Miraflores ORDENANZA N° 537/MDSJM San Juan de Mira fl ores, 27 de diciembre de 2024 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, se trató sobre el proyecto de ordenanza que modi fi ca parcialmente la Ordenanza N° 516/MDSJM, sobre cuadrante seguro y saludable, que regula el uso de elementos de seguridad resguardando el derecho a la vida, integridad física, libre tránsito y propiedad privada en el distrito de San Juan de Mira fl ores; y