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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2025 (25/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 44

44 NORMAS LEGALES Sábado 25 de enero de 2025 El Peruano / técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fi chas técnicas; dichas funciones pueden ser objeto de delegación; Que, conforme a lo dispuesto en los literales f) y g) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo, el Titular de la Entidad tiene entre sus atribuciones, la facultad de delegar las facultades y funciones que no sean privativas de su cargo y en materia presupuestaria; Que, según el documento de visto, el jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Defensoría del Pueblo solicita y sustenta la emisión de la resolución que delegue en el Secretario General determinadas facultades en materia presupuestaria y de inversiones durante el ejercicio del Año Fiscal 2025; Que, con el fi n de facilitar la ejecución del proceso presupuestario en el Pliego 020: Defensoría del Pueblo para el Año Fiscal 2025, garantizar el cumplimiento de las normas de carácter presupuestario, asegurar la adecuada gestión institucional y establecer los niveles de decisión y autoridad en la Entidad, es conveniente delegar las facultades solicitadas por la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto de la Defensoría del Pueblo; Con los visados de la Defensoría Adjunta, de la Secretaría General y de las O fi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto y de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º de la Ley Nº 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo, en concordancia con los literales d), f) y g) del artículo 8º del Reglamento de Organización y Funciones de la Defensoría del Pueblo; SE RESUELVE:Artículo Primero.- DELEGAR en el/la Secretario/a General las siguientes facultades en materia presupuestaria: a. Aprobar las modi fi caciones presupuestarias en el nivel Funcional y Programático durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2025, de acuerdo a lo establecido en el numeral 47.2) del artículo 47º del Decreto Legislativo Nº 1440. b. Aprobar los procedimientos y lineamientos que considere necesarios referidos a la información, documentos, plazos, responsabilidades y procedimientos en general, para la aplicación de lo establecido por el artículo 41° del Decreto Legislativo N° 1440. c. Ejercer durante el ejercicio presupuestario del Año Fiscal 2025, las facultades y atribuciones en materia presupuestaria, así como las acciones administrativas de gestión y resolución que corresponden al Titular del Pliego y que no sean privativas a su función, de acuerdo a lo establecido en el artículo 7º del Decreto Legislativo N° 1440. Artículo Segundo.- DELEGAR en el Secretario General o el que haga sus veces, las siguientes facultades en materia de Inversiones: a. Aprobar los Indicadores de Brechas. b. Aprobar los Criterios de Priorización de las Inversiones. c. Aprobar el Programa Multianual de Inversiones (PMI); así como las modi fi caciones de los objetivos priorizados, metas e indicadores establecidos en el PMI. d. Designar al responsable de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones (OPMI). e. Autorizar la elaboración de expedientes técnicos o documentos equivalentes de proyectos de inversión, así como su ejecución cuando estos hayan sido declarados viables mediante fi chas técnicas. Artículo Tercero.- La delegación de facultades a que se re fi ere la presente Resolución no exime la obligación de cumplir con los requisitos y procedimientos legales establecidos para cada caso concreto. Artículo Cuarto.- REMITIR copia fedateada de la presente Resolución a la Dirección General del Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo a lo señalado en el numeral 81.2) del artículo 81° del Decreto Legislativo Nº 1440. Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano, de acuerdo con lo dispuesto por el señalado en el numeral 47.2) del artículo 47° del Decreto Legislativo Nº 1440; asimismo, su publicación en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR Defensor del Pueblo 2365080-1 OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES Autorizan viaje de jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales a Ecuador, en comisión de servicios RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000004-2025-JN/ ONPE Lima, 22 de enero de 2025 VISTOS: La Carta S/N, de fecha 14 de noviembre de 2024, suscrita por la presidenta del Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador; la Carta N° CA-036-25, de fecha 14 de enero de 2025, suscrita por el director Ejecutivo del Instituto Interamericano de Derechos Humanos; los O fi cios N° 000462-2024-JN/ ONPE y N° 000005-2025-JN/ONPE y el Memorando N° 000023-2025-JN/ONPE, de la Jefatura Nacional de la Ofi cina Nacional de Procesos Electorales; así, como el Informe N° 000028-2025-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: La O fi cina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), es un organismo constitucionalmente autónomo y es la máxima autoridad en la organización y ejecución de los procesos electorales, de referéndum y otros tipos de consulta popular a su cargo, de acuerdo con el artículo 1 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; Con la Carta de vistos, suscrita por la presidenta del Consejo Nacional Electoral de la República del Ecuador, se invitó al jefe de la ONPE, para que participe en la Misión de Observación Electoral de la Unión Interamericana de Organismos Electorales UNIORE, a realizarse el 9 de febrero de 2025. Asimismo, se precisa que el citado Consejo fi nanciará los gastos de pasajes aéreos (en clase económica), hospedaje, alimentación y traslados internos, considerando su llegada a la ciudad de Quito el miércoles 5 y retorno el lunes 10 de febrero de 2025; El Consejo Nacional Electoral (anterior Tribunal Supremo Electoral) tiene, entre sus funciones, la organización, dirección, vigilancia y garantiza, de manera transparente y e fi caz los procesos electorales, convoca a elecciones, realiza los cómputos electorales, proclama los resultados y posesiona a quienes resulten electas o electos; Organiza los procesos de referéndum, consulta popular o revocatoria del mandato y el Tribunal Contencioso Electoral, es el órgano de la Función Electoral encargado de administrar justicia en materia electoral, conocer y absolver consultas sobre el procedimiento de los procesos de remoción de las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados, dirimir con fl ictos internos de las organizaciones políticas y resolver las denuncias sobre afectaciones a la inclusión de jóvenes, paridad y violencia política de género ; Por su parte, el Instituto Interamericano de Derechos Humanos, mediante Carta de vistos, comunicó que el Consejo Nacional Electoral invito a la Unión