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36 NORMAS LEGALES Sábado 25 de enero de 2025 El Peruano / Con las visaciones de la Dirección de Desarrollo Estratégico, de la Dirección de Gestión de las Áreas Naturales Protegidas, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y de la Gerencia General, y; De conformidad con las atribuciones conferidas en el literal m) del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del SERNANP, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2008-MINAM y en los numerales 31.8 y 31.9 del artículo 31 de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de Planes Maestros, aprobadas a través de la Resolución Presidencial N° 202-2021-SERNANP; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el Plan Maestro de la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca, periodo 2025-2030, como documento de plani fi cación de más alto nivel de la referida Área Natural Protegida, cuyo texto se encuentra contenido en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Aprobar la modi fi cación de la zoni fi cación de la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca, así como rati fi car la Zona de Amortiguamiento aprobada mediante Resolución Jefatural Nº 087-2007-INRENA, publicada en el Diario O fi cial El Peruano, el 26 de abril del 2007. Artículo 3.- Encargar a la Jefatura de la Reserva Nacional de Salinas y Aguada Blanca, velar por la implementación del referido Plan Maestro. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el diario o fi cial El Peruano y en la sede digital del SERNANP: https://www.gob.pe/sernanp, en el cual, además deberá publicarse el texto del Plan Maestro. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ CARLOS NIETO NAVARRETE Jefe del SERNANP 2365023-1 SERVICIO NACIONAL DE CERTIFICACIÓN AMBIENTAL PARA LAS INVERSIONES SOSTENIBLES Aprueban “Lineamientos para la realización de reuniones de comunicación del avance de la evaluación ambiental, orientación técnica y traslado de copia de observaciones durante la evaluación ambiental” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 00007-2025- SENACE/PE Lima, 21 de enero de 2025VISTOS: El Memorando Nº 01144-2024-SENACE-PE/ DGE de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental, el Informe Sustentatorio Consolidado Nº 00001-2024-SENACE-PE/DGE-NOR de la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad, el Informe Nº 00016-2025-SENACE-GG/OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles, establece que el Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles (en adelante, Senace), es un organismo público técnico especializado, con autonomía técnica y personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal adscrito al Ministerio del Ambiente;Que, el artículo 3 de la Ley Nº 29968 señala que el Senace tiene entre otras funciones, evaluar y aprobar los Estudios de Impacto Ambiental detallados, los Estudios de Impacto Ambiental semidetallados cuando corresponda, sus modi fi caciones bajo cualquier modalidad y actualizaciones, los planes de participación ciudadana y los demás actos vinculados a dichos estudios ambientales; Que, el literal d) del artículo 7 de la citada Ley establece que es función de la Presidencia Ejecutiva del Senace aprobar guías, manuales y directivas referidas a asuntos de competencia del Senace, así como emitir resoluciones en los asuntos concernientes a las actividades de la entidad; Que, el literal e) del artículo 47 del Reglamento de Organización y Funciones del Senace, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-2017-MINAM, señala que la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental (en adelante, DGE) es el órgano de línea encargado de proponer guías, metodologías e instructivos para regular y orientar los procesos de evaluación del impacto ambiental. Asimismo, el literal h) del artículo 50 del citado dispositivo, refi ere que la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad de la DGE, tiene la función de elaborar las propuestas de guías, metodologías y demás instrumentos técnicos vinculados a los procesos de evaluación del impacto ambiental a cargo del Senace; Que, la Directiva Nº 001-2016-SENACE/J, “Directiva para la Elaboración de Proyectos Técnicos Normativos del Senace”, aprobada con la Resolución Jefatural Nº 065-2016-SENACE/J, establece que los proyectos técnicos normativos vienen a ser los proyectos de guías, protocolos, manuales, normas y demás disposiciones especí fi cas que emita el Senace relacionados a las funciones de sus órganos de línea, de acuerdo con lo establecido en el marco legal vigente; Que, a través del Informe Sustentatorio Consolidado Nº 00001-2024-SENACE-PE/DGE-NOR, la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad, propone la aprobación del proyecto técnico normativo denominado “Lineamientos para la realización de reuniones de comunicación del avance de la evaluación ambiental, orientación técnica y traslado de copia de observaciones durante la evaluación ambiental”, el cual tiene por objeto establecer criterios sobre las reuniones de comunicación de avance de la evaluación y de fi ciencias técnicas advertidas, las reuniones para orientación técnica sobre el alcance de las observaciones formuladas en el informe de observaciones, y, el traslado de la copia de observaciones a solicitud que brindan la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos y la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura a los Titulares de proyectos de inversión, las consultoras ambientales y las entidades públicas vinculadas con los proyectos de inversión cuyos instrumentos de gestión ambiental sean de competencia del Senace, durante la evaluación ambiental; Que, el citado Informe Sustentatorio Consolidado, señala que los Lineamientos bajo mención involucraron la participación de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos, y la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura del Senace; Que, mediante Informe Nº 00016-2024-SENACE- GG/OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que es viable materializar el acto administrativo que apruebe los “Lineamientos para la realización de reuniones de comunicación del avance de la evaluación ambiental, orientación técnica y traslado de copia de observaciones durante la evaluación ambiental”, la cual ha sido elaborada conforme a lo establecido en la Directiva Nº 001-2016-SENACE/J; Con el visado de la Subdirección de Proyección Estratégica y Normatividad, de la Dirección de Gestión Estratégica en Evaluación Ambiental, de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Recursos Naturales y Productivos, de la Dirección de Evaluación Ambiental para Proyectos de Infraestructura, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29968, Ley de creación del Servicio Nacional de Certi fi cación Ambiental para las Inversiones Sostenibles - Senace; el