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47 NORMAS LEGALES Sábado 25 de enero de 2025 El Peruano / Ley Orgánica de Municipalidades. Lo preside el Alcalde y lo conforman los regidores y, los representantes de la sociedad civil. b) Organizaciones de la Sociedad Civil.- Son organizaciones sociales de base, asociaciones, organizaciones de productores, gremios empresariales, juntas vecinales, espacios de coordinación de la sociedad civil y cualquier otra forma de organización del Distrito, excepto las que pertenecen al sector público. c) Representante de la Sociedad Civil ante el CCLD.- Es aquella persona natural elegida como miembro del CCLD por los delegados de las organizaciones de la sociedad civil y proclamados por el comité Electoral. d) Delegado - Elector.- Es aquel ciudadano expresamente autorizado por el máximo órgano de cada organización de la sociedad civil inscrita para participar en el proceso electoral en su representación y ejercer el derecho a voto, pudiendo también ser candidato. Una misma persona no puede tener la representación de dos o más organizaciones. e) Candidato.- Es aquel delegado que aspira a obtener un cargo de representación en el CCLD mediante una elección democrática. f) Padrón Electoral.- Es la lista que contiene la relación de delegados electorales que representan a las organizaciones sociales del Distrito, en el que consta la denominación social, el nombre de quien ejerce la representación, el DNI, y el espacio para fi rmar y huella digital. g) Acto Electoral.- Conjunto de actividades que, ejecutadas de manera continua, bajo la secuencia de instalación, sufragio y escrutinio, posibilitan el derecho al voto. h) Igualdad de Oportunidades.- El Gobierno Local fomenta especialmente la participación de mujeres y jóvenes en los procesos de participación ciudadana. Se establece de acuerdo a normas que promueven la igualdad de oportunidades que no menos 30% de la lista de candidatos sean mujeres o varones. i) Lista de Candidatos.- Es la modalidad de presentación en las elecciones de un grupo de delegados electorales que se presentan en conjunto para ser elegidos. j) Segmento Social.- Es el grupo de pobladores unidos por un vínculo territorial o funcional que le sirve de espacio común y voluntario para tratar especí fi camente su problemática. TÍTULO II DEL REGISTRO DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Artículo 3.- La Municipalidad dispondrá del RUOS, que se encontrará abierto permanentemente, en el que las organizaciones que lo deseen podrán inscribirse. Pueden inscribirse en el RUOS todas aquellas organizaciones que cumplan los requisitos para su reconocimiento ante la sede municipal. TÍTULO III DE REGISTRO DE LOS DELEGADOS ELECTORALES Artículo 4.- Las organizaciones sociales deberán acreditar al Delegado-Elector en el padrón electoral que se abrirá para efectos del proceso electoral. Pueden inscribirse las personas jurídicas regulares o irregulares que se encuentran en el RUOS de la Municipalidad o que tengan inscripción registral.Para inscribirse en el registro se requiere cumplir los siguientes requisitos: a) Ficha de solicitud de inscripción b) Adjunta los siguientes documentos: • Resolución que apruébe la inscripción en el RUOS de la Municipalidad de El Agustino, ambos con mandato vigente. • Copia de acta de constitución que acredite no menos de tres (3) años de vida institucional en el distrito. • Acta fedateada que acredite la elección del Delegado para la elección del representante de la organización social. • La fi cha de solicitud de inscripción tendrá valor de declaración jurada, la que estará debidamente fi rmada por el representante de la organización, la cual sostendrá datos básicos de la organización y personales del delegado elector. TÍTULO IV DE LA COMPOSICIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL AL CCLD Artículo 5.- El CCLD del distrito de El Agustino, tendrá cinco (5) representantes de la Sociedad Civil. Para la elección de los representantes de la sociedad civil al CCLD, se considerará un representante de los siguientes segmentos sociales, de la siguiente manera: a) El segmento Territorial, tendrá un representante por todas las ocho (8) zonas Territoriales en que se ha dividido el Distrito de El Agustino para sus diferentes procesos de participación, diálogo y coordinación, las cuales son: Zona Plana, Zona Cerros Unidos, Zona José Carlos Mariátegui, zona Tupac Amaru, Zona Ribera del Río, Zona Praderas y Aledaños, Zona Condominios, Zona Primero de Mayo y Zona Carretera Central. b) El segmento de Organizaciones sociales, tendrá un representante por todas las organizaciones funcionales de acción transversal en todo el distrito las cuales serán: Comedores Autogestionarios, Comités del Vaso de Leche, Club de Madres y Ollas Comunes. c) El segmento de Niños, Adolescentes, Jóvenes, Adultos Mayores y personas con discapacidad, tendrá un representante entre todas las organizaciones existentes. d) El segmento de Organizaciones de Desarrollo Económico, tendrá un representante entre las organizaciones Pymes y Mypes existentes; y e) El segmento de Desarrollo Social tendrá un representante entre las organizaciones existentes sean de: Salud, Ecología y Medio Ambiente, Seguridad Ciudadana y Redes de lucha contra la violencia familiar y educación, cultura y deporte. TÍTULO V DEL PROCESO ELECTORAL Artículo 6.- La convocatoria para la elección de representante de la sociedad civil ante el CCLD, establece el lugar, fecha y hora en que se desarrollara el acto electoral. Artículo 7.- El Comité Electoral que conducirá el Proceso de Elecciones de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local del Distrito de El Agustino, estará integrado por el Gerente de Desarrollo Humano y Social, el Jefe de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, el Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y Estado Civil y Subgerente de Participación Ciudadana y, como veedor a cargo del Jefe del Órgano de Control Institucional - OCI. Artículo 8.- Son funciones y atribuciones del comité electoral las siguientes: a) Controlar y supervisar el desarrollo del proceso electoral y designar a los miembros de mesa b) Inscribir en orden de presentación las propuestas de las candidaturas al CCLD