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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE ENERO DEL AÑO 2025 (25/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 39

39 NORMAS LEGALES Sábado 25 de enero de 2025 El Peruano / III. REUNIONES PARA LA COMUNICACIÓN DEL AVANCE DE LA EVALUACIÓN AMBIENTAL Y DEFICIENCIAS TÉCNICAS ADVERTIDAS III.1. Criterios generalesa) El Coordinador o Líder del proyecto y el equipo evaluador del proyecto consultado deben evitar realizar afi rmaciones o juicios de valor que podrían implicar un adelanto de opinión, por ello se debe considerar lo siguiente: • Al inicio y durante el desarrollo de las reuniones de comunicación del avance de la evaluación y de fi ciencias técnicas advertidas se debe señalar que se busca dar a conocer las de fi ciencias técnicas del instrumento de gestión ambiental presentado; para lo cual, primero se debe comunicar al titular el estado de avance del procedimiento, las de fi ciencias técnicas por capítulos identi fi cados según el avance de la evaluación, absolviendo las consultas que pueda tener el titular al respecto. • En situaciones de consultas en las cuales el titular busque que la autoridad competente se pronuncie señalando si la de fi ciencia técnica constituye una observación que irá en el informe de observaciones sobre algún capítulo del instrumento de gestión ambiental, el Coordinador o Líder del proyecto o el evaluador debe enfocar sus respuestas indicando que se le informa dicha defi ciencia para que vaya recolectando información para poder superarla. • El Coordinador o Líder del proyecto y los evaluadores deben limitarse a las de fi ciencias técnicas veri fi cadas al momento de otorgar la reunión de comunicación del avance de la evaluación ambiental y de fi ciencias técnicas advertidas. • En el desarrollo de las reuniones de comunicación del avance de la evaluación ambiental y de fi ciencias técnicas advertidas, se emplearán verbos en sentido condicional, que no expresen una situación concluyente o categórica, sino hipotética; tales como: “permitiría”, “habría”, u otros. b) Las reuniones de comunicación del avance de la evaluación ambiental y de fi ciencias técnicas advertidas son solicitadas por el titular del proyecto de inversión y es convocada por el Senace; además, debe darse antes de la emisión del informe de observaciones. En tal sentido, el avance de la evaluación se da en los siguientes momentos: • En los procedimientos de Clasi fi cación, de aprobación de Términos de Referencia y Plan de Participación Ciudadana, se otorgará después de la etapa de admisibilidad. • En los procedimientos de evaluación del Estudio de Impacto Ambiental detallado (EIA-d) y modi fi cación de Estudio de Impacto Ambiental detallado (MEIA-d), luego de dar conformidad al Resumen Ejecutivo y, cuando la norma sectorial lo disponga, luego de dar conformidad al Plan de Participación Ciudadana. • En los procedimientos de evaluación del Informe Técnico Sustentatorio (ITS), luego de admitido para evaluación. c) En la reunión participa el titular y la consultora ambiental que elaboró el estudio ambiental, con sus especialistas, quienes participan según el capítulo del instrumento de gestión ambiental en el cual se detectaron las de fi ciencias técnicas. d) En caso de que el titular no se presente a la reunión, se reprograma por única vez una nueva reunión, y en el supuesto de que no se presente nuevamente, se levanta el acta correspondiente dejando constancia de la no asistencia del titular, continuándose con la evaluación del instrumento de gestión ambiental. e) En la reunión de comunicación de avance de evaluación, participa el titular y la consultora ambiental con los especialistas que elaboraron el instrumento de gestión ambiental, de acuerdo con los temas que se revisarán según la agenda.f) Para la reunión, solo corresponde al Senace convocar a las reuniones de comunicación de avance de evaluación y de fi ciencias técnicas advertidas. g) Se realiza la capacitación sobre el desarrollo de la reunión de comunicación a los profesionales de la Nómina de Especialistas del Senace que se incorporen a la DEAR o DEIN; así como, a los colaboradores que presten servicios a la DEAR o DEIN. h) Según lo disponga el Coordinador o Líder del proyecto, la participación de los servidores, profesionales y colaboradores del Senace, es obligatoria. III.2. Criterios especí fi cos i. Antes de la reunión de comunicación a) En el plazo de cinco (05) días hábiles de recibida la solicitud de comunicación, se remite al titular la agenda establecida en el Anexo I de los presentes Lineamientos, con el listado de las de fi ciencias técnicas veri fi cadas por capítulos del instrumento de gestión ambiental. La agenda contiene los temas especí fi cos a tratar y el horario de duración de la reunión. En ese sentido, no se abordan temas no agendados. b) La agenda se remite al titular por carta u o fi cio junto con la programación (fecha y hora) de la reunión de orientación técnica. c) El Coordinador o Líder del proyecto coordina previamente con el equipo evaluador sobre el alcance de las de fi ciencias técnicas advertidas. ii. Durante la reunión de comunicación a) El Coordinador o Líder del proyecto apertura la reunión en la cual se realiza la comunicación sobre el avance de la evaluación y de fi ciencias técnicas advertidas, y solicita la identi fi cación de los participantes en la reunión, utilizando el Anexo II de los presentes Lineamientos. En esta oportunidad se señala el objetivo y fi nalidad de la reunión. Asimismo, se debe señalar que la reunión será grabada, ante ello los participantes deben manifestar su conformidad. b) La reunión de comunicación permite informar solo el avance de la evaluación y las de fi ciencias detectadas en el instrumento de gestión ambiental, debiendo ser esto señalado por el Coordinador o Líder del proyecto al inicio de la reunión. Asimismo, se debe señalar que la reunión de comunicación solo implica la comunicación del avance de la evaluación realizada, así como aspectos de las de fi ciencias advertidas en el instrumento de gestión ambiental. c) El Coordinador o Líder del proyecto, o quien este designe, de ser el caso, debe velar porque la reunión se realice de acuerdo con lo programado, el llenado del acta y la lista de participantes. iii. Al fi nalizar la reunión de comunicación a) Al fi nalizar la reunión se suscribirá el acta establecida en el Anexo III de los presentes Lineamientos, para lo cual se deberá considerar lo siguiente: – Si la comunicación fue presencial, debe ser formulada, leída y fi rmada por el Coordinador o Líder del proyecto de Senace, el titular, así como por los participantes que quisieran dejar constancia de su participación. – Si la asistencia técnica fue mixta o virtual, se dará lectura del acta. Cabe indicar que, en este caso (reunión virtual o mixta), el acta puede ser concluida dentro del quinto día del acto, y debe ser suscrita por el Coordinador o Líder del proyecto. b) Posteriormente, el Coordinador o la persona que este disponga remitirá al titular del proyecto, copia del acta junto al resumen de las de fi ciencias técnicas advertidas (Anexo IV), y la grabación de la reunión. c) Una vez culminada la comunicación, el acta suscrita se anexa al expediente del instrumento de gestión ambiental.