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58 NORMAS LEGALES Miércoles 29 de enero de 2025 El Peruano / de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos”; establece que: Articulo 11: Autorización de viajes que no ocasionan gastos al Estado.- Los viajes al extranjero para concurrir a Asambleas, Conferencias, Seminarios, Cursos de Capacitación o que se realicen por cualquier otro motivo, siempre que no ocasionen ningún tipo de gastos al Estado serán autorizados mediante Resolución del Titular de la Entidad correspondiente. No son de obligatoria publicación las autorizaciones a que se re fi ere el presente artículo. No obstante, para el caso es aplicable el numeral 11 del Art. 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el cual señala que es atribución del Concejo Municipal, como máximo órgano edil, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el Alcalde, los Regidores, el Gerente Municipal y cualquier otro funcionario. Que, mediante O fi cio N° 0052/2025/PONGSCA de fecha 02 de enero de 2025, el Presidente de la Organización Sister Cities América, hace llegar la invitación para participar en el Curso Avanzado de Gestión y Comunicación Local 2025 a realizarse en Madrid - España del 16 al 20 de marzo del presente año, el curso que tiene como objetivo preparar a los participantes para enfrentar los desafíos políticos y sociales derivados de fenómenos disruptivos como la pandemia, el cambio climático y la inestabilidad internacional; a través de una formación teórica impartida por expertos y una metodología práctica basada en simulación. Este curso permitirá fortalecer la capacidad de gestión y comunicación en un entorno global en constante cambio; Que con Proveído S/N -2024-MDC-A; en atención a la invitación realizada por la Organización Sister Cities América, el Titular de la Entidad solicita se tramite la autorización de viaje ante el Pleno del Concejo Municipal, conforme a Ley para su participación; Que, con Informe N° 000001-2025-MDC/OGAJ de fecha 09 de enero de 2025, el jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, en atención a los antecedentes concluye en el sentido siguiente: «(…) III. CONCLUSIONES 3.1. Que, de conformidad con el numeral 11 del artículo 9° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, resulta procedente que el Pleno de Concejo Municipal, previo debate y deliberación, apruebe y autorice el viaje al exterior al Señor Alcalde Mgtr. Walther Guerrero Silva, con la fi nalidad que participe en el curso avanzado de GESTIÓN Y COMUNICACIÓN LOCAL, que se realizará en Madrid - España del 16 al 20 de Marzo del 2025, invitación que ha sido efectuada por el Presidente de la Organización Sister Cities América»; Que, en Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de fecha 20 de enero de 2025, en la Estación de Orden del día; fue sometida a votación del Pleno del Concejo la AUTORIZACION DE VIAJE AL EXTERIOR DEL ALCALDE MAG. WALTHER GUERRERO SILVA, para asistir al CURSO AVANZADO DE GESTIÓN Y COMUNICACIÓN LOCAL 2025 el cual se llevará a cabo en Madrid - España del 16 al 20 de marzo del 2025, realizado por la Organización Sister Cities América, y estando conforme a lo establecido en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, resultando aprobado por UNANIMIDAD de los miembros del Concejo Municipal, con Dispensa de Lectura y Aprobación del Acta, como consta en el Acta de Sesión Ordinaria de la fecha; ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior del país al MAG. WALTHER GUERRERO SILVA-Alcalde de la Municipalidad Distrital de Castilla; para asistir al CURSO AVANZADO DE GESTIÓN Y COMUNICACIÓN LOCAL 2025, realizado por la Organización Sister Cities América, que se llevará a cabo del 16 al 20 de marzo del 2025 en el país de España. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, O fi cina General de Administración y Finanzas, Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y demás unidades orgánicas pertinentes realicen las acciones necesarias para efectivizar el presente Acuerdo de Concejo. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la O fi cina de Secretaria General la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el Diario O fi cial El Peruano, conforme a Ley; así como la noti fi cación a los órganos administrativos de la Municipalidad Distrital de Castilla. Artículo Cuarto. - DISPONER a la O fi cina de Desarrollo tecnológico la publicación del presente Acuerdo de Concejo en el portal web y en el Portal de Transparencia Estándar de la Municipalidad Distrital de Castilla. Regístrese, comuníquese y cúmplase.WALTHER GUERRERO SILVA Alcalde 2365097-1 Autorizan viaje de regidor para asistir a evento que se realizará en España ACUERDO DE CONCEJO N° 04-2025-CDC Castilla, 20 de enero de 2025EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CASTILLA: VISTO: En sesión ordinaria de Concejo Municipal de la fecha; Carta N° 0080/2025/PONGSCA de fecha 02 de enero de 2025; Carta N° 0233/2025/PONGSCA de fecha 13 de enero de 2025; O fi cio N° 0002-2025/-CDC- REGIDORES signado con Exp. N° 01862 de fecha 20 de enero de 2025; y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, concordante con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía, política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, señala que la autonomía de las municipalidades, según lo establece la Constitución Política del Perú, reside en su capacidad para ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, siempre en conformidad con el ordenamiento jurídico; Que, la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, en su Artículo IV del Título Preliminar, establece que los gobiernos locales tienen la fi nalidad de representar al vecindario, promover la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral sostenible y armónico de su circunscripción; Que, el Artículo 39º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Concejos Municipales ejercer sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos; por lo que en concordancia con el Artículo 41° del acotado dispositivo legal, los Acuerdos son decisiones, que toma el Concejo, referidas a asuntos especí fi cos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad de órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, el Decreto Supremo Nº004-2019-JUS, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº27444, en el sub numeral 1.1 del numeral 1 del artículo IV de su Título Preliminar señala que las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley y al derecho, dentro de las facultades que les estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidas; Que, la Ley Nº27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Políticos, establece las siguientes disposiciones: