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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE ENERO DEL AÑO 2025 (30/01/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 18

18 NORMAS LEGALES Jueves 30 de enero de 2025 El Peruano / gobiernos regionales y locales en el diseño e implementación de programas de fortalecimiento de capacidades en materia de desarrollo e inclusión social; Que, en cumplimiento del marco normativo antes señalado, mediante Informe N° D000222-2024-MIDIS-DGIPAT, sobre la base de lo expuesto en el Informe N° D000029-2024-MIDIS-DAT, complementado con Informe N° D000063-2024-MIDIS-DAT de la Dirección de Articulación Territorial y Fortalecimiento de Capacidades, la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial sustenta ante el Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social la aprobación de la propuesta de “Directiva para las Acciones de Fortalecimiento de Capacidades” – Versión N° 01 (en adelante, la propuesta de Directiva); siendo que tal propuesta cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social otorgada mediante Memorando N° D000636-2024-MIDIS-VMPES; Que, adicionalmente, en el Informe N° D000063- 2024-MIDIS-DAT, la Dirección de Articulación Territorial y Fortalecimiento de Capacidades precisa que la propuesta de Directiva ha sido validada por la Dirección de Mecanismos de Incentivos, la Dirección General de Políticas y Estrategias, la Dirección General de Seguimiento, Evaluación e Innovación Social, la Dirección General de Articulación de las Prestaciones Sociales y la Ofi cina General de Recursos Humanos; Que, la propuesta de Directiva tiene como objetivo establecer disposiciones para orientar el proceso de fortalecimiento de capacidades de actores estratégicos, tales como funcionarios y servidores civiles de los tres niveles de gobierno, servidores del MIDIS y sus programas nacionales, miembros de la sociedad civil y de la academia encargados de implementar políticas y estrategias en materia de desarrollo e inclusión social, a través de herramientas para el aprendizaje; Que, mediante Resolución Ministerial N° 159-2022-MIDIS, se aprueba la Directiva N° 003-2022-MIDIS denominada “Catálogo de Documentos Ofi ciales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social”, en cuyo sub numeral 4.2.2. del numeral 4.2. de la sección 4 establece que la Directiva es el documento normativo utilizado cuando se requiera regular aspectos vinculados al funcionamiento del MIDIS en el marco de sus funciones como rector del Sistema Nacional de Desarrollo e Inclusión Social (SINADIS), pudiendo tener como ámbito de aplicación otros sectores y niveles de gobierno vinculados a la temática de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en tal virtud, mediante Informe N° D000001-2025- MIDIS-OGPPM, la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización hace suyo el Informe N° D000001-2025-MIDIS-OM de la O fi cina de Modernización, a través del cual se emite opinión favorable sobre la propuesta de Directiva; Que, a través del Informe N° D000040-2025-MIDIS- OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal considerando viable emitir el acto resolutivo que apruebe la propuesta de Directiva; Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, de la Dirección General de Implementación de Políticas y Articulación Territorial, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Resolución Ministerial N° 159-2022-MIDIS, que aprueba la Directiva N° 003-2022-MIDIS, denominada “Catálogo de Documentos Ofi ciales del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social” y, la Resolución Ministerial N° D000143-2024-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de Directiva Aprobar la Directiva N° 001-2025-MIDIS, “Directiva para las Acciones de Fortalecimiento de Capacidades” – Versión N° 01, documento que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.Artículo 2.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (www.gob.pe/midis), en la misma fecha de la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JULIO JAVIER DEMARTINI MONTES Ministro de Desarrollo e Inclusión Social 2366530-1 Aprueban el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000026-2025- MIDIS San Isidro, 29 de enero del 2025 VISTOS: El Informe N° D000017-2025-MIDIS-OM, emitido por la O fi cina de Modernización; el Informe N° D000031- 2025-MIDIS-OGPPM, emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000062-2025-MIDIS-OGAJ, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, se crea el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, determinándose su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, mediante Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, y sus modi fi catorias, se aprobaron los Lineamientos de Organización del Estado (en adelante, los Lineamientos), cuyo objeto es regular los principios, criterios y reglas que de fi nen el diseño, estructura, organización y funcionamiento de las entidades del Estado; Que, conforme al artículo 43 de los Lineamientos, el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura orgánica de la entidad; y contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones especí fi cas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia; Que, de acuerdo a los artículos 44 y 45 de los Lineamientos, el ROF se divide en la Sección Primera, que desarrolla el primer y segundo nivel organizacional de la entidad, y la Sección Segunda, que contiene desde el tercer nivel organizacional en adelante; Que, conforme al Anexo 1 - Glosario de Términos de los Lineamientos, se de fi ne al Texto Integrado del ROF como el documento que: “Consolida las secciones primera y segunda del ROF de un Ministerio u organismo público del Poder Ejecutivo, a fi n de integrar el articulado de los órganos con el de sus respectivas unidades de organización. Para tal efecto, se sigue una nueva secuencia de articulado debiendo cada artículo del Texto integrado del ROF hacer referencia al artículo correspondiente de la sección primera o segunda del ROF, aprobadas por decreto supremo y resolución del titular, respectivamente.”; Que, en este sentido, el articulo 44-A de los Lineamientos establece que el Texto Integrado del ROF es elaborado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga sus veces y debe contar su visto y el de la O fi cina de Asesoría Jurídica para su publicación en el portal de transparencia de la entidad; el cual debe ser actualizado en un plazo de cinco (5) días hábiles, contados a partir de la publicación del Decreto Supremo o resolución del titular que modi fi que el ROF; Que, mediante Decreto Supremo N° 005-2024-MIDIS y Resolución Ministerial N° D000141-2024-MIDIS, se aprueban las Secciones Primera y Segunda del