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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (12/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 15

15 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de febrero de 2025 El Peruano / Con el visado de la Secretaría General y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; la Resolución Ministerial N° D000026-2025-MIDIS, que aprueba el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; y, la Resolución de Secretaría General N° D000037-2024- MIDIS-SG, que aprueba el Manual de Per fi les de Puestos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y sus modi fi catorias; SE RESUELVE:Artículo 1.- Designación Designar al señor MARCOS MATIAS FAUST en el cargo de Jefe de la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 2.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial al señor MARCOS MATIAS FAUST y a la O fi cina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, para los fi nes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.LESLIE CAROL URTEAGA PEÑA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 2370753-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025 a favor de diversos Gobiernos Regionales y dicta otra disposición DECRETO SUPREMO N° 016-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO:Que, el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza al Ministerio de Salud para realizar modi fi caciones presupuestarias en el nivel institucional, hasta por la suma de S/ 88 300 000,00 (OCHENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS MIL Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos de su presupuesto institucional y sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, a favor de los gobiernos regionales, para fi nanciar la operación y el mantenimiento de nuevos establecimientos de salud que entraron en funcionamiento a partir del segundo trimestre del año 2024; Que, asimismo, el numeral 42.1 del referido artículo dispone que dichas modi fi caciones presupuestarias se aprueban mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Salud, a propuesta de este último. Para la aprobación de las referidas modi fi caciones presupuestarias, el Ministerio de Salud, mediante informe técnico del área correspondiente, debe validar previamente el Plan de Implementación Multianual del nuevo establecimiento de salud, aprobado por el gobierno regional, según corresponda, el cual debe encontrarse alineado a la gradualidad de la entrada en funcionamiento de los servicios. Dichos establecimientos de salud deben implementar la programación de turnos y citas en un aplicativo informático dispuesto para ello. Los gobiernos regionales a los que se les hayan transferido recursos en el marco del presente numeral deben garantizar el fi nanciamiento correspondiente en los años fi scales siguientes. Asimismo, emiten un informe técnico sobre el avance físico y fi nanciero en el marco de su Plan de Implementación Multianual, el cual se remite al Ministerio de Salud y se publica en las sedes digitales de dichas entidades hasta el 16 de febrero de 2026; Que, mediante el O fi cio N° D000271-2025-SG-MINSA, el Ministerio de Salud solicita Transferencias de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, de Huánuco y de Apurímac, para fi nanciar la operación y mantenimiento de los Centros de Salud Santo Tomás, Llata, y el Puesto de Salud Huayllati, respectivamente; adjuntando, para dicho efecto, el Informe N° D000039-2025-OGPPM-OP-MINSA, de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y el Memorando N° D000068-2025-DGOS-MINSA de la Dirección General de Operaciones en Salud del citado Ministerio. Asimismo, mediante O fi cio N° D000159-2025-OGPPM-MINSA se remite información complementaria adjuntando el Informe N° D000071-2025-OGPPM-OP-MINSA, así como el Memorando N° D000137-2025-DGOS-MINSA, con los respectivos sustentos; Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 12 811 546,00 (DOCE MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), con cargo a los recursos del presupuesto institucional del Ministerio de Salud, a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, de Huánuco y de Apurímac, para los fi nes señalados en los considerandos precedentes; Que, mediante Informe N° 005-2025-EF/60.03, la Dirección de Política Fiscal de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal, señala que mediante la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Supremo N° 292-2024-EF, Decreto Supremo que aprueba el reglamento del Decreto Legislativo N° 1693, Decreto Legislativo que ordena, sistematiza y optimiza la e fi ciencia de la actividad empresarial del Estado y fortalece la estructura y gestión del FONAFE, se derogan el Reglamento de la Ley N° 27170, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1031; y, el Decreto Supremo N° 085-2006-EF; no obstante que, las referidas leyes se encuentran vigentes hasta el 28 de marzo de 2025, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1693; Que, en dicho contexto, en el marco de lo previsto en el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y teniendo en cuenta que el Decreto Supremo N° 292-2024-EF en su integridad entrará en vigencia conjuntamente con el Decreto Legislativo N° 1693, resulta necesario precisar ello a fi n de aclarar el marco reglamentario aplicable para la operatividad de FONAFE y de las empresas del Estado bajo su ámbito, hasta la entrada en vigencia del mencionado Decreto Legislativo; De conformidad con lo establecido en el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; así como en el numeral 3 del artículo 11 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 12 811 546,00 (DOCE MILLONES OCHOCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, de Huánuco y de Apurímac, para fi nanciar la operación y mantenimiento