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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (12/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 22

22 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de febrero de 2025 El Peruano / Gestión Pedagógica, el Informe N° 00027-2025-MINEDU/ VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga aceptar las renuncias presentadas por el Vicepresidente de Investigación y el Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNISCJSA; dar por concluida la designación de la Presidenta de la mencionada Comisión Organizadora; y, reconformar la referida Comisión Organizadora designando al señor JOSE EMMANUEL CRUZ DE LA CRUZ, en el cargo de Presidente; al señor AMANCIO MARTINEZ GOMEZ en el cargo de Vicepresidente Académico; y al señor WALTER ARTURO QUISPE CUTIPA, en el cargo de Vicepresidente de Investigación; Que, mediante el Informe N° 00222-2025-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Viceministerial conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29616, Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, modi fi cada mediante la Ley N° 29840; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución ”, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-INEDU y N° 053-2023-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar las renuncias presentadas por los señores JHONNY WILFREDO VALVERDE FLORES y NAZARIO AGUIRRE BAIQUE, a los cargos de Vicepresidente de Investigación y el Vicepresidente Académico, respectivamente, de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, agradeciéndoles por los servicios prestados. Artículo 2.- Dar por concluida la designación de la señora FLOR ANGELICA LAVANDA REYES, en el cargo de Presidenta de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, agradeciéndole por los servicios prestados. Artículo 3.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, la misma que estará integrada por: - JOSE EMMANUEL CRUZ DE LA CRUZ, en el cargo de Presidente; - AMANCIO MARTINEZ GOMEZ, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, - WALTER ARTURO QUISPE CUTIPA, en el cargo de Vicepresidente de Investigación. Artículo 4.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del informe de transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, el Informe de Entrega de Cargo; conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “ Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución ”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2370502-1 Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 015-2025- MINEDU Lima, 11 de febrero de 2025VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° DICOPRO2025-INT-0139464; y, CONSIDERANDO:Que, mediante la Ley N° 29649, modi fi cada por el Decreto de Urgencia N° 036-2019, se crea la Universidad Nacional Autónoma de Alto Amazonas (UNAAA), como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Yurimaguas, provincia de Alto Amazonas, departamento de Loreto; Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, el numeral 6.1.1 del acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU, (en adelante, Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo, establecen que, en el caso del Presidente de la Comisión Organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de fi nalizar su designación, y en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad.