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20 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de febrero de 2025 El Peruano / Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2370414-1 Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 012-2025- MINEDU Lima, 10 de febrero de 2025VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° DICOPRO2025-INT-0161898; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29659, modi fi cada por la Ley N° 32007, se crea la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho (UNTSJL), como persona jurídica de derecho público interno, con sede en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, la misma que constituye un pliego presupuestario; Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, el numeral 6.1.1 del acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución ”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU, (en adelante, el Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo, señalan que, en el caso del presidente de la comisión organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de fi nalizar su designación; y en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad; precisando además que, para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación, como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; disponen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU, establece como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable; Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 068-2024-MINEDU, se conforma la Comisión Organizadora de la UNTSJL, quedando integrada por el señor HUGO ELISEO GAMARRA CHINCHAY, en el cargo de Presidente, al señor HIGINIO EXEQUIEL FLORES VIDAL, en el cargo de Vicepresidente Académico y JOSE ANIBAL PAUYAC HUAMAN, en el cargo de Vicepresidente de Investigación; Que, con el O fi cio N° 00344-2025-MINEDU/VMGP- DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria, remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, el Informe N° 00032-2025-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, por medio del cual, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, sustenta y propone se emita la resolución viceministerial que disponga dar por concluidas las designaciones del Presidente, el Vicepresidente Académico y el Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNTSJL; agradeciéndoles por los servicios prestados; y, reconformar la mencionada Comisión Organizadora, designando al señor JULIO ALBERTO HENNINGS OTOYA, en el cargo de Presidente; al señor WILLIAM EBERTH RIOS ZEGARRA, en el cargo de Vicepresidente Académico; y, al señor REYNALDO MEJIA CACERES, en el cargo de Vicepresidente de Investigación; Que, mediante el Informe N° 00216-2025-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica opina que resulta legalmente viable la emisión de la Resolución Viceministerial, conforme a lo sustentado por la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 30220, Ley Universitaria; la Ley N° 29659, que crea la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, modi fi cada por la Ley N° 32007; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, que aprueba el Documento Normativo denominado “ Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución ”, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones del señor HUGO ELISEO GAMARRA CHINCHAY, en el cargo de Presidente; del señor HIGINIO EXEQUIEL FLORES