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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (12/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 76

TEXTO PAGINA: 21

21 NORMAS LEGALES Miércoles 12 de febrero de 2025 El Peruano / VIDAL, en el cargo de Vicepresidente Académico; y del señor JOSE ANIBAL PAUYAC HUAMAN, en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, agradeciéndoles por los servicios prestados. Artículo 2 .- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, la misma que estará integrada por: - JULIO ALBERTO HENNINGS OTOYA, como Presidente; - WILLIAM EBERTH RIOS ZEGARRA, como Vicepresidente Académico; y - REYNALDO MEJIA CACERES, como Vicepresidente de Investigación. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Tecnológica de San Juan de Lurigancho, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario, contados a partir de su presentación o entrega, copia del Informe de Transferencia de Gestión; así como, se remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario de la vigencia de la presente Resolución, copia del informe de Entrega de Cargo, conforme a lo previsto en los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “ Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución ”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modi fi cado por las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022-MINEDU y N° 053-2023-MINEDU. Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en la sede digital del Ministerio de Educación (http://www.gob.pe/minedu), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARÍA ESTHER CUADROS ESPINOZA Viceministra de Gestión Pedagógica 2370416-1 Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 014-2025- MINEDU Lima, 11 de febrero de 2025 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente N° DICOPRO2025-INT-0142457; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29616, modi fi cada por la Ley N° 29840, se crea la Universidad Nacional Intercultural de la Selva Central Juan Santos Atahualpa (UNISCJSA), como persona jurídica de derecho público interno, con pliego presupuestal propio, con sedes académicas en las ciudades de Pichanaki, La Merced y Satipo; estableciéndose que su sede administrativa y rectorado funcionarán en la ciudad de La Merced; Que, el artículo 29 de la Ley N° 30220 establece que aprobada la ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación (MINEDU) constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, el numeral 6.1.1 del acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo denominado “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución ”, aprobado por la Resolución Viceministerial N° 244-2021- MINEDU, modi fi cado mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 055-2022- MINEDU y N° 053-2023-MINEDU, (en adelante, Documento Normativo) dispone que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a dedicación exclusiva, son de libre designación y remoción por parte del MINEDU, y ejercen los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, los literales a) y b) del numeral 6.1.9 del acápite VI de las Disposiciones Especí fi cas del Documento Normativo, establecen que, en el caso del presidente de la comisión organizadora, al concluir su designación, deberá presentar el informe de transferencia de gestión al nuevo presidente designado, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes de fi nalizar su designación, y en el caso de los Vicepresidentes o servidores con un nivel distinto al de titular de pliego, al culminar su gestión o en caso de renuncia al cargo, deberán efectuar la entrega de cargo a su jerárquico inmediato superior, conforme a los lineamientos y formatos para la entrega de cargo que debe implementar la propia universidad. Asimismo, señala que para el caso de la entrega de cargo de los Vicepresidentes, el Presidente de la Comisión Organizadora, o el que haga sus veces, es el responsable de remitir una copia del informe de entrega de cargo a la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria como máximo a los treinta (30) días calendario contados a partir de la culminación de las funciones del miembro saliente; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del MINEDU, aprobado por el Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU; establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar los actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del ROF del MINEDU, establece como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, el proponer los documentos normativos para la constitución y funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como proponer su conformación; Que, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 del ROF del MINEDU, la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa que les resulte aplicable; Que, con la Resolución Viceministerial N° 076-2024-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNISCJSA, quedando integrada por la señora FLOR ANGELICA LAVANDA REYES, como Presidenta, el señor NAZARIO AGUIRRE BAIQUE, como Vicepresidente Académico; y, el señor JHONNY WILFREDO VALVERDE FLORES, como Vicepresidente de Investigación; Que, mediante las Cartas s/n de fechas 17 de enero y 03 de febrero de 2025, el Vicepresidente de Investigación y el Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la UNISCJSA, respectivamente, presentan su renuncia irrevocable a sus respectivos cargos; Que, con el O fi cio N° 00314-2025-MINEDU/VMGP- DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite al Despacho Viceministerial de