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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (19/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Miércoles 19 de febrero de 2025 El Peruano / de su ROF y su organigrama institucional se publican en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano y en su Portal Institucional. (…)”; Que, con la Resolución de Secretaría de Gestión Publica N° 00010-2021-PCM-SGP, se aprobó la Directiva N° 002-2021-SGP, “Directiva que regula el sustento técnico y legal de proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado”, la misma que tiene como objeto desarrollar y regular el trámite de aprobación de los proyectos normativos en materia de organización, estructura y funcionamiento del Estado. Que, mediante Ordenanza Regional Nº 421-2019- GOB.REG.HVCA/CR., de fecha 16 de Mayo de 2019, se aprueba la modi fi catoria de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Unidad Ejecutora N° 001 Sede Central del Gobierno Regional de Huancavelica, fue formulado en marco al Decreto Supremo N° 054-2018-PCM. Sin embargo de la Evaluación y revisión a dicho ROF vigente se encuentra desactualizado, así mismo se identi fi có las necesidades y defi ciencias que impiden o di fi cultan que la entidad pueda cumplir con sus objetivos estratégicos institucionales. Por lo cual se procedió a modi fi car la estructura orgánica y las funciones especí fi cas en coordinación con los responsables de las unidades de organización, en mérito a las normas legales vigentes. Que, mediante Memorandum N° 599-2024/GOB,REG. HVCA/GR-ORDNSCGRDyDS, la Directora de la O fi cina Regional de Defensa Nacional Seguridad Ciudadana Gestión del Riesgo de Desastres y Desarrollo Sostenible, mediante Informe Técnico sustentatorio, en mérito al supuesto a). Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización. que contiene las secciones 1, 2 y 3 a las que se re fi ere el artículo 47; propone la creación de la Gerencia Regional de Gestión del Riesgo y Desastres como Órgano de Línea de Segundo Nivel Organizacional incorporándose en la Estructura Orgánica del ROF propuesto del Gobierno Regional de Huancavelica, previa evaluación de los requisitos, cuya justi fi cación se sustenta en marco a la Ley 31913, que modi fi ca la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, con la fi nalidad de crear la Gerencia Regional de Gestión del Riesgo de Desastres. Así como en virtud a la Ley N° 29664, Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD). Las funciones especí fi cas de la Gerencia Regional de Gestión del Riesgo de Desastres, se encuentra plasmada en el Proyecto del ROF, justi fi cada y sustentada con la base legal correspondiente, en la Ficha Técnica del Anexo N° 3. Que, mediante Memorandum N° 2434-2024/ GOB,REG.HVCA/GGR el Gerente General Regional remite el Informe Técnico sustentatorio, en mérito al supuesto a). Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a la creación de nuevas unidades de organización. que contiene las secciones 1, 2 y 3 a las que se re fi ere el artículo 47; con el cual propone la creación de la O fi cina de Integridad Institucional, como una unidad de organización, previa evaluación, se realiza la incorporación en el Tercer Nivel Organizacional, de las Unidades Orgánicas, de la Alta Dirección en la Estructura Orgánica del ROF propuesto, cuya justi fi cación se sustenta en La Directiva N° 001-2024-PCM/SIP que establece lineamientos claros para la implementación de la función de integridad en las entidades de la Administración Pública,. Así mismo se sustenta en mérito a Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción. Y otras normas legales, con el objetivo de fortalecer la ética, la transparencia y la prevención de la corrupción. Las funciones especí fi cas de la O fi cina de Integridad Institucional, se encuentra plasmada en el Proyecto del ROF, justi fi cada y sustentada con la base legal pertinente, en la Ficha Técnica del Anexo N° 3. Que, mediante Informe N° 053-2024/GOB.REG.HVCA/ GRPPyAT-SGDIyTI-jjsd y el Proveido S/N de la SGDIyTI el Sub Gerente propone el cambio de la denominación de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional y Tecnologías de la Información, establecida en la estructura orgánica del ROF vigente, por Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital, en la Estructura orgánica del ROF propuesto, previa evaluación, se justi fi ca en virtud a la Ley N° 27658 Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo N° 123-2018-PCM. así como en virtud del Artículo 46° numeral 11 de la Ley N° 29158 Ley Orgánica. del Poder Ejecutivo, que crea como Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, Así mismo la materia de Transformación Digital, se justi fi ca mediante el Decreto de Urgencia N° 006-2020 que crea el Sistema Nacional de Transformación Digital, con el cual se dio apertura al proceso de modernización del Estado peruano. Su énfasis en la Transformación Digital re fl eja la necesidad de adaptar al Gobierno Regional a los desafíos y oportunidades que ofrece la era digital. Así como el Decreto Supremo N° 157-2021-PCM que aprueba el Reglamento del Decreto de Urgencia N° 006-2020 que Plantea la Transformación Digital como un proceso esencial para modernizar el Estado representado por el Gobierno Regional a fi n de mejorar la interacción con los ciudadanos mediante la adopción de tecnologías digitales y aplicación del cero papel. Las funciones especí fi cas de la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital, se encuentra plasmada en el Proyecto del ROF, justifi cada y sustentada con la base legal pertinente, en la Ficha Técnica del Anexo N° 3. Que, en mérito al Informe N° 242-2024/GOB.REG. HVCA/GRDE-DIRCTUR previa evaluación se efectúa la actualización de la su Denominación de La Dirección Regional de Comercio Turismo y Artesanía. por Dirección Regional de Comercio Exterior Turismo y Artesanía, en virtud a la Ley N° 31894 Ley que modi fi ca la primera Disposición Final de la Ley 29158 Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, que actualiza la denominación del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo que de fi ne, ejecuta, coordina y supervisa la política de comercio exterior y la de turismo, Así como tiene la responsabilidad, en materia de promoción de las exportaciones y de las negociaciones comerciales internacionales…//. En ese contexto es propicio el requerimiento de la actualización de la denominación de la función Comercio, con la de Comercio Exterior, toda vez que cuenta con funciones relacionadas a Orientar y promover el desarrollo de las exportaciones. Las funciones especí fi cas de la Dirección Regional de Comercio Exterior Turismo y Artesanía, se encuentra plasmada en el Proyecto del ROF, justi fi cada y sustentada con la base legal correspondiente, en la Ficha Técnica del Anexo N° 3. Que, en mérito a la aplicación del literal b. Por modi fi cación de la estructura orgánica que conlleva a eliminar unidades de organización. En este supuesto, el informe técnico para justi fi car el ROF contiene las secciones 1 y 2 a las que se re fi ere el artículo 47, cabe mencionar que ya no se considera a la O fi cina Regional de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres para el Desarrollo Sostenible en el ROF propuesto, por evitar duplicidad de funciones, en vista que será eliminada, de la Estructura Orgánica, en marco a la Ley 31913, que modi fi ca la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, por creación de la Gerencia Regional de Gestión del Riesgo de Desastres, la GRRD será quien asuma las funciones de Defensa Nacional, Seguridad Ciudadana, Gestión del Riesgo de Desastres para el Desarrollo Sostenible y COER. Que, por necesidad de adecuar a la normatividad vigente, se incorporó funciones nuevas y modi fi cadas reasignadas y derogadas en los órganos de primer nivel (Alta Dirección), segundo nivel (órganos de administración interna y órganos de línea) y tercer nivel (unidades órgánicas de administración interna, unidades orgánicas de línea) y órganos desconcentrados, en merito a la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2020-PCM/SGP que aprueba los Lineamientos N° 02-2020-SGP que establece orientaciones sobre el Reglamento de Organización y Funciones-ROF y el Manual de Operaciones-MOP, y a las normas legales vigentes, las mismas que se encuentran justi fi cadas y sustentadas en la fi cha Técnica establecida en el ANEXO N° 3 del Informe Técnico sustentatorio por modi fi cación de la estructura orgánica del ROF propuesto. Con Respecto a las funciones de los órganos y unidades orgánicas de