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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (23/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Domingo 23 de febrero de 2025 El Peruano / de publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial El Peruano y durante el año 2025. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Dirección General, presentar informe semestral consolidado sobre el ejercicio de las facultades delegadas a los funcionarios señalados en los artículos precedentes, dentro de los diez (10) primeros días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre. Artículo Séptimo.- NOTIFICAR la presente Resolución a los funcionarios responsables a quienes se les delega facultades, para su conocimiento y cumplimiento. Artículo Octavo.- PUBLICAR la presente Resolución en el Portal Institucional de la Academia de la Magistratura y en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, cúmplese y archívese.VICTOR HUGO CHANDUVI CORNEJO Presidente de Consejo Directivo 2374093-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Aprueban misión en el exterior del Presidente del BCRP para participar en eventos a realizarse en Sudáfrica RESOLUCIÓN DE DIRECTORIO Nº 0006-2025- BCRP-N Lima, 17 de febrero de 2025CONSIDERANDO QUE: Se ha recibido una invitación del Banco de Pagos Internacionales (BIS) para que el Presidente del Banco Central de Reserva del Perú (BCRP) participe en las reuniones bimestrales de marzo del presente año. Dichas reuniones se llevarán a cabo en el Banco de la Reserva de Sudáfrica, en Ciudad del Cabo, del 28 de febrero al 2 de marzo de 2025; A dichas reuniones asistirán los gobernadores de los bancos centrales miembros del BIS, así como representantes de organismos multilaterales, quienes examinarán la evolución económica y fi nanciera internacional y debatirán asuntos concretos de política económica relacionados con la estabilidad monetaria y fi nanciera internacional; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N°27619 y su Reglamento, el Decreto Supremo N°047-2002-PCM, así como por sus normas modi fi catorias, y según lo acordado por el Directorio en su sesión del 9 de enero de 2025; SE RESUELVE:Artículo 1°.- Aprobar la misión en el exterior del Presidente, señor Julio Velarde Flores, a Ciudad del Cabo, Sudáfrica, del 28 de febrero al 2 de marzo de 2025, así como el pago de los gastos, a fi n de que participe en la reunión indicada en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- El gasto que irrogue dicho viaje será como sigue: Pasajes US$ 4 780,02 Viáticos US$ 2 400,00 -----------------TOTAL US$ 7 180,02 Artículo 3°.- Esta resolución no dará derecho a exoneración o liberación del pago de derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominación. Publíquese.JULIO VELARDE Presidente 2372900-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CUSCO Modifican el Manual de Clasificador de Cargos del Gobierno Regional de Cusco, y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 507-2024-GR CUSCO/GR Cusco, 30 de diciembre de 2024EL GOBERNADOR REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO VISTO: Los Informes N° 3413 y 4347-2024-GR CUSCO/GRAD-SGGRH de la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, los Informes Técnicos N° 018 y 025-2024-GR CUSCO/GRPPM/SGMTI-DPD del Profesional de Planta Especialista, los Informes N° 583 y 652-2024-GR CUSCO/GRPPM-SGMTI de la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información, los Memorándum N° 3250 y 3685-2024-GR CUSCO/GRPPM e Informe N° 742-2024-GR CUSCO/GRPPM de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y el Informe Legal N° 1351-2024-GR CUSCO/ORAJ de la O fi cina Regional de Asesoría Jurídica del Gobierno Regional de Cusco; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el artículo 191 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el Artículo Único de la Ley N° 30305 publicada el 10 de marzo de 2015, se reconoce que: “Los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia (…)”. Autonomía que es delimitada, por el artículo 8 de la Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralización, como el derecho y la capacidad efectiva del Gobierno en sus tres niveles de normar, regular y administrar los asuntos públicos de su competencia, asimismo la Ley N° 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales en su artículo 2, señala que: “Los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administración económica y fi nanciera, un Pliego Presupuestal”, así mismo, las Resoluciones Regionales norman asuntos de carácter administrativo y se expiden en segunda y última instancia administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 41 de la mencionada Ley N° 27867; Que, mediante Informe N° 3413-2024-GR CUSCO/ GRAD-SGGRH del 26 de setiembre de 2024, la Sugerencia de Gestión de Recursos Humanos re fi ere que se deben implementar las acciones administrativas correspondientes para la aprobación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) de la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, precisando que ya se cuenta con la revisión fi nal de la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR), conforme al correo de fecha 24 de setiembre de 2024, emitida por la Analista de Asistencia Técnica sobre documentos de gestión para el tránsito a la Ley del Servicio Civil. Por tanto, re fi ere que debe ser