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43 NORMAS LEGALES Domingo 23 de febrero de 2025 El Peruano / remitido a la Subgerencia de Modernización y Tecnología de la Información para que emita opinión favorable en lo concerniente al ámbito de su competencia con fi nes de que se efectúen las acciones encaminadas para su aprobación en el marco del subnumeral 6.1.7 del numeral 6.1 del artículo 6 de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, para cuyo efecto se adjuntó el proyecto de la modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC); Que, a través del Memorándum N° 3250-2024- GR CUSCO/GRPPM del 31 de octubre de 2024, se advierte que mediante Informe Técnico N° 018-2024-GR CUSCO/GRPPM/SGMTI-DPD del 25 de octubre de 2024, la Subgerencia de Modernización y Tecnologías de la Información, realizo la evaluación correspondiente, concluyendo que la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, debe elaborar el Informe Técnico Sustentatorio de la Propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos, el cual deberá considerar lo señalado en el numeral 4.1 del informe en mención, debiendo levantar las observaciones sobre los formatos de Información de los cargos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos. Siendo atendido con el Informe N° 4347-2024-GR CUSCO/GRAD-SGGRH del 11 de diciembre de 2024, donde se analiza técnica y jurídicamente sobre la propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos, indicando que se ha efectuado los trámites necesarios ante la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, conforme consta el O fi cio N° 642-2024-GR CUSCO/GRAD-SGGRH, mediante el cual se remitió el sustento y precisiones para la evaluación del proyecto de MCC, obteniendo como respuesta la comunicación de absolución de observaciones en fecha 24 de setiembre de 2024, que refi ere: “Finalmente, se adjunta la revisión fi nal de la propuesta de MCC”. Por lo que, la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos concluye que: “1. Los cargos contemplados en el Manual de Clasi fi cador de Cargas - MCC, se encuentran previstos para ser asignados a la totalidad de los órganos y unidades orgánicas de la estructura organizacional establecida en el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del Gobierno Regional de Cusco, por tanto, incluye cargos nuevos requeridos para los órganos y unidades orgánicas; 2. El proyecto de Manual de Clasi fi cador de Cargos MCC, ha sido elaborado con el acompañamiento y conformidad de la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR; 3. La cantidad de cargos de EC y SP DS, serán de fi nidos en el CAP de acuerdo a los porcentajes establecidos por la normativa vigente; y, 4. En relación a la tabla de equivalencias adjunto al presente, el comparativo de cargos considerados en el Manual de Clasi fi cador de Cargos MCC año 2021 y el proyecto de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos MCC 2024”; Que, mediante Memorándum N° 3685-2024-GR CUSCO/GRPPM del 17 de diciembre de 2024, se solicita Opinión Legal respecto al proyecto de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC de la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco, en atención a lo expuesto en el Informe Técnico N° 025-2024-GR CUSCO/ GRPPM/SGMTI-DPD del 16 de diciembre de 2024, donde ya desarrolla los aspectos técnicos - normativos sobre la propuesta de elaboración de Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC y de sus modi fi catorias, tomando en cuenta lo expuesto en el Informe N° 4347-2024-GR CUSCO/GRAD-SGGRH de fecha 11 de diciembre de 2024, donde indica que los cargos contemplados en el MCC, se encuentran previstos para ser asignados a la totalidad de órganos y unidades orgánicas de la estructura organizacional, y que ha sido elaborado con el acompañamiento de la Autoridad Nacional del Servicio Civil, precisando que la cantidad de EC y SP-DS serán de fi nidos en el CAP-P de acuerdo a la normatividad vigente; por lo que, en marco de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH y habiéndose revisado la propuesta de Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC presentado por la Subgerencia de Gestión de Recursos Humanos, respecto al cumplimiento del alineamiento de los cargos con los órganos y unidades orgánicas del Reglamento de Organizaciones y Funciones vigente del Gobierno Regional de Cusco, se considera que es viable emitir Opinión Favorable a la propuesta de modi fi cación del Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC de la Sede Central del Gobierno Regional de Cusco;Que, el artículo 6 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, señala que “Las o fi cinas de recursos humanos de las entidades públicas, o las que hagan sus veces, constituyen el nivel descentralizado responsable de la gestión de recursos humanos, sujetándose a las disposiciones que emita el ente rector en materia de recursos humanos; teniendo entre sus funciones, ejecutar e implementar las disposiciones, lineamientos, instrumentos o herramientas de gestión establecidas por la Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) y por la Entidad. Asimismo, es competente para supervisar, desarrollar y aplicar iniciativas de mejora continua en los procesos que conforman el Sistema de Gestión de Recursos Humanos; así como gestionar los per fi les y requisitos mínimos de puestos, para el ingreso del personal idóneo; Que, se debe tener presente las disposiciones de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, mediante la cual se aprobó la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH, referido a la “Elaboración del Manual de Clasi fi cador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que contiene, entre otras, las reglas para que las entidades públicas puedan elaborar, aprobar, modi fi car y actualizar su Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC); Que, el literal c) del numeral 5.1 de la referida Directiva de fi ne el Manual de Clasi fi cador de Cargos - (MCC) como el documento de gestión institucional en el que se describen de manera ordenada todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasi fi cación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la Entidad. En tanto, el numeral 6.1.4 de dicha Directiva precisa que la información dispuesta sobre los cargos estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasi fi cación, sigla, denominación, funciones y requisitos; debiendo recurrir, en adición a los documentos citados en el numeral 6.1.3 de la misma, a la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, y al Manual de Organización y Funciones vigente de la Entidad, para contraste de los cargos y puestos, de modo que guarde una estructura organizacional en el sistema de gestión de recursos humanos; Que, el numeral 6.1.7 de la glosada Directiva, dispone que la O fi cina de Recursos Humanos o la que haga las veces, debe elevar la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) al/la titular de la Entidad, previa opinión favorable de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su competencia, esto es, lo referido al alineamiento de cargos con los órganos y las unidades orgánicas del Reglamento de Organización y Funciones vigente. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el citado documento y gestiona la publicación de la resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, en el portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad; dependiendo del nivel de gobierno de la Entidad; Que, el numeral 6.1.9 de la misma Directiva, establece que la entidad pública, en su Portal de Transparencia publica el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) aprobado y el dispositivo legal mediante el que se formaliza la aprobación. La publicación debe darse en la misma fecha en que se publica la citada norma en el Diario O fi cial El Peruano, o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la competencia o del territorio, de corresponder; Que, el numeral 6.1.10. de la Directiva precisa que las modi fi caciones que se den en el Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC), motivadas por la inclusión o eliminación de cargos estructurales, y/o el aseguramiento del cumplimiento de lo señalado en los numerales 6.1.4, 6.1.6 y 6.1.11 de dicha Directiva, se aprueban y publican siguiendo las reglas dispuestas en los numerales 6.1.7, 6.1.8 y 6.1.9 de la Directiva, hecho que se cumple en el presente procedimiento, que tiene por fi nalidad modi fi car el Manual de Clasi fi cador de Cargos - MCC, previamente aprobado con la Resolución Ejecutiva Regional N° 186- 2021-GR CUSCO/GR de fecha 30 de marzo de 2021, modi fi cado mediante Resolución Ejecutiva Regional