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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (28/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 19

19 NORMAS LEGALES Viernes 28 de febrero de 2025 El Peruano / VISTOS: El Informe N° D000063-2025-MIDIS/WM-URH de la Unidad de Recursos Humanos y el Informe N° D000194-2025-MIDIS/WM-UAJ de la Unidad de Asesoría Jurídica del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, se crea el Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma (PNAEQW) como programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, mediante Decreto Supremo N° 010-2024-MIDIS, que modi fi ca el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, se regula el nuevo Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna (PNAECWM), como programa social del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar un servicio alimentario progresivo, adecuado a los hábitos de consumo locales, de calidad, sostenible y saludable, para los escolares de instituciones educativas públicas y programas, a través de modelos de gestión participativos con la comunidad; Que, el artículo 3 del Decreto Supremo N° 010-2024-MIDIS, señala que, toda referencia en normas, documentos de gestión, convenios de cooperación, comunicaciones, entre otros, efectuada al Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali Warma se entiende, a partir de la vigencia del presente Decreto Supremo, realizada al Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna; Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor de Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna; Que, se ha visto por conveniente designar al profesional que desempeñará el mencionado cargo; Que, a través de los documentos de vistos, la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica, en el ámbito de sus competencias, opinan que resulta legalmente viable designar al señor RÓMULO MADUEÑO TAPIA en el cargo de con fi anza de Asesor de Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, a partir del 28 de febrero de 2025; Con el visado de la Unidad de Recursos Humanos y la Unidad de Asesoría Jurídica; En uso de las atribuciones establecidas en el Decreto Supremo N° 008-2012-MIDIS, modi fi cado por Decreto Supremo N° 010-2024-MIDIS; la Resolución Ministerial N° D000015-2025-MIDIS; y, la Resolución Ministerial N° D000058-2025-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR al señor RÓMULO MADUEÑO TAPIA en el cargo de con fi anza de Asesor de Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, a partir del 28 de febrero de 2025. Artículo 2.- ENCARGAR a la Coordinación de Gestión Documentaria y Atención al Ciudadano la notifi cación de la presente Resolución a las Unidades Territoriales, las Unidades de Asesoramiento, Apoyo y Línea, del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna, a través de medios electrónicos, así como al funcionario enunciado en el artículo precedente. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el Diario O fi cial El Peruano; asimismo, que la Unidad de Comunicación e Imagen efectúe la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional del Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna (www.gob.pe/ wasimikuna) y su respectiva difusión. Regístrese, notifíquese y publíquese. NADYA VILLAVICENCIO CALLO Directora Ejecutiva Programa Nacional de Alimentación Escolar Comunitaria Wasi Mikuna 2375895-1ECONOMÍA Y FINANZAS Decreto Supremo que deroga el Decreto Supremo N° 189-2024-EF, Decreto Supremo que modifica el Decreto Supremo N° 104-95-EF que aprueba el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simplificado de Derechos Arancelarios, y el Decreto Supremo N° 197-2024-EF DECRETO SUPREMO Nº 027-2025-EF LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo Nº 104-95-EF, se aprobó el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simpli fi cado de Derechos Arancelarios; Que, a través del Decreto Supremo N° 189-2024- EF, se modi fi có el esquema de restitución arancelaria previsto en el mencionado Reglamento y, mediante el Decreto Supremo N° 197-2024-EF, se di fi rió la vigencia de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 189-2024-EF hasta el 31 de julio de 2025; Que, ante un escenario de incertidumbre y cambios extraordinarios en el contexto internacional, y en el marco de la Política Aduanera y Política Arancelaria, se considera oportuno dejar sin efecto las modi fi caciones al modelo vigente del Procedimiento de Restitución Simpli fi cado de Derechos Arancelarios y que han sido referidas en el considerando precedente; Que, en ese sentido, resulta necesario derogar el Decreto Supremo N° 189-2024-EF y el Decreto Supremo N° 197-2024-EF; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 74 y los incisos 8) y 20) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; y en el inciso 3) del artículo 11 de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1.- Objeto Derógase el Decreto Supremo N° 189-2024-EF, Decreto Supremo que modi fi ca el Decreto Supremo Nº 104-95-EF que aprueba el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simpli fi cado de Derechos Arancelarios, y el Decreto Supremo N° 197-2024-EF, Decreto Supremo que di fi ere la vigencia de determinadas disposiciones del Decreto Supremo N° 189-2024-EF que modi fi ca el Decreto Supremo Nº 104-95-EF que aprueba el Reglamento de Procedimiento de Restitución Simpli fi cado de Derechos Arancelarios. Artículo 2.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintisiete días del mes de febrero del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ ANTONIO SALARDI RODRÍGUEZ Ministro de Economía y Finanzas 2376002-1