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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE FEBRERO DEL AÑO 2025 (28/02/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Viernes 28 de febrero de 2025 El Peruano / Adolescentes para que realicen trabajo por cuenta ajena o en relación de dependencia, con el objeto de encausar el trabajo adolescente permitido dentro de los parámetros establecidos en el Código de los Niños y Adolescentes, aprobado por la Ley N° 27337, y sus modi fi catorias; así como prevenir la ocurrencia de situaciones de trabajo infantil y trabajo adolescente peligroso, que atentan contra su salud física, mental, emocional; y, en términos generales, contra su desarrollo integral; Que, con Decreto Supremo N° 016-2021-TR, se aprueban las Normas que regulan los procedimientos administrativos para la autorización de evaluadores de competencias laborales y para la autorización de centros de certi fi cación de competencias laborales cuyo objeto es regular los procedimientos administrativos para la autorización de evaluadores de competencia laborales y para la autorización de centros de certi fi cación de competencias laborales, con la fi nalidad de contar con el personal idóneo que realice las labores de evaluadores de competencias laborales; así como para garantizar la formalidad, fi abilidad y legitimidad del servicio de certi fi cación brindado por el centro de certi fi cación de competencias laborales, de acuerdo con la normativa emitida por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; Que, con Decreto Supremo N° 002-2024-TR, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento del servicio de valorización de las peticiones de los trabajadores y el examen de la situación económica y fi nanciera de los empleadores, y los servicios exclusivos derivados de estas, se precisan los requisitos para la emisión del dictamen económico laboral, del segundo dictamen económico laboral y del informe laboral como servicios prestados en exclusividad, los cuales, coadyuven a una negociación colectiva informada y a la consecuente solución pací fi ca de los con fl ictos colectivos; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, establece que, por Decreto Supremo refrendado por el Ministro del Sector competente y el Ministro de Economía y Finanzas, se fi ja la cuantía de las tasas; y el numeral 53.2 del artículo 53 del TUO de la Ley Nº 27444, establece que son condiciones para la procedencia del cobro de los derechos de tramitación, que estos hayan sido determinados conforme a la metodología vigente, y que estén consignados en su vigente TUPA; siendo que para el caso de las entidades del Poder Ejecutivo se debe contar, además, con el refrendo del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, conforme a los numerales 5.2, 5.3 y 5.4 del artículo 5 de los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA, las entidades de la administración pública deben aprobar o modi fi car su TUPA, cuando: i) se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos; ii) se trate de la modi fi cación de procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad en los que se produzca uno o más de los siguientes supuestos: el incremento de requisitos, aumento del plazo máximo de atención, incremento del monto de derecho de tramitación, un cambio en la cali fi cación de aprobación automática a evaluación previa o de silencio administrativo positivo a silencio administrativo negativo, en el caso de procedimientos administrativos; y, iii) como resultado de un proceso de simpli fi cación administrativa o modernización institucional; Que, mediante Decreto Supremo N° 016-2006-TR se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, cuyas modi fi catorias se han realizado a través de Resoluciones Ministeriales N°s 107-2007-TR, 285-2007-TR, 055-2008-TR, 127-2008-TR, 192-2008-TR, 323-2008-TR, 021-2010-TR, 262-2010-TR, 014-2011-TR, 029-2013-TR, 089-2013-TR, 107-2013-TR, 249-2014-TR, 009-2016-TR, 300-2016-TR, 107-2017-TR, 317-2018-TR y 237-2020-TR y Decretos Supremos Nºs 010-2009-TR y 010-2012-TR; Que, mediante el Memorándum Nº 000116-2025- MTPE/4/9, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe Nº 000046-2025- MTPE/4/9.3 de la O fi cina de Organización y Modernización, adjuntando el Informe Técnico Sustentatorio del nuevo Texto Único de Procedimiento Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través de los cuales se sustenta la procedencia de la aprobación de un nuevo TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo en aplicación de los numerales 5.2, 5.3 y 5.4 del artículo 5 de los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA, con 35 procedimientos administrativos y 8 servicios prestados en exclusividad, en el marco del proceso de simpli fi cación administrativa y el análisis de calidad regulatoria; Que, de acuerdo al sub numeral 17.1.1 del numeral 17.1 del artículo 17 de los Lineamientos para elaboración y aprobación del TUPA, la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros y el Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, han emitido opinión favorable sobre la propuesta del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a través del Informe Nº D000003-2025-PCM-SSSAR, y el Informe Nº 0008-2025-EF/61.01, respectivamente; Que, en consecuencia, corresponde aprobar el TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo propuesto; De conformidad con las disposiciones establecidas en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, el Decreto Legislativo N° 1203, Decreto Legislativo que crea el Sistema Único de Trámites (SUT) para la simpli fi cación de procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 005-2018-PCM-SGP, Aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA); el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario; y la Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, Actualizan el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPA Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, que contiene los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad comprendidos en el Anexo Único que forma parte integrante del presente decreto supremo. Artículo 2.- Aprobación del derecho de tramitación Aprobar los derechos de tramitación correspondientes a los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, que se detalla en el TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, según el Anexo Único que forma parte integrante del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Aprobación de Formularios Aprobar los Formularios de los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, los cuales se encuentran comprendidos en el Anexo Único que forma parte integrante del presente decreto supremo. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación del presente decreto supremo en el diario o fi cial El Peruano, así como la publicación de dicho Decreto Supremo y su Anexo Único en el portal web del Diario O fi cial El Peruano, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo