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17 NORMAS LEGALES Sábado 12 de julio de 2025 El Peruano / AMBIENTE Autorizan viaje de servidora del OEFA para participar en evento a realizarse en la República de Corea RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 00184-2025- MINAM Lima, 11 de julio de 2025VISTOS, los O fi cios Nº 00359-2025-OEFA/GEG y Nº 000385-2025-OEFA/GEG, del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA); el Memorando Nº 01148-2025-MINAM/VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe Nº 00167-2025-MINAM/SG/ OGCAI de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorando Nº 00814-2025-MINAM/ SG/OGPP de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe Nº 00581-2025-MINAM/SG/ OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO:Que, mediante el O fi cio Nº 00359-2025-OEFA/GEG de fecha 26 de junio de 2025, el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA), comunica que por medio del correo electrónico de fecha 23 de junio de 2025, el Coordinador General del Foro de Cooperación Económica Asia-Pací fi co (APEC, por sus siglas en ingles) en Perú, a través del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, extiende una invitación a la servidora Paola Chinen Guima, Directora de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas del mencionado organismo, para participar en el taller internacional correspondiente al Proyecto APEC DESG_102_2024A denominado “Innovación Tecnológica para el Monitoreo Ambiental, Usando Tecnologías como Inteligencia Arti fi cial y Big Data en Actividades Productivas”, en su condición de Gestora del Proyecto antes indicado, a realizarse en la ciudad de Incheon, República de Corea, del 31 de julio al 01 de agosto de 2025; Que, el objetivo del referido evento es fortalecer las capacidades técnicas y operativas de las economías APEC en materia de monitoreo ambiental, mediante la incorporación estratégica de tecnologías emergentes como la inteligencia arti fi cial (IA) y el análisis de grandes volúmenes de datos (Big Data), constituyendo un espacio de cooperación regional para el intercambio de buenas prácticas, la formulación de propuestas técnicas conjuntas y la elaboración de una hoja de ruta que oriente la adopción progresiva de dichas tecnologías en los procedimientos de supervisión ambiental en actividades productivas; Que, mediante el numeral 1 de la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, se crea el OEFA, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, constituyéndose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fi scalización, la supervisión, el control y la sanción en materia ambiental que corresponde; Que, conforme al artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM, la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas es el órgano de línea responsable de supervisar el cumplimiento de obligaciones ambientales fi scalizables en el ámbito de las actividades productivas de agricultura, pesca, acuicultura e industria manufacturera, de emitir las medidas administrativas en el ámbito de su competencia, así como de proponer la imposición de medidas correctivas y medidas cautelares; Que, mediante el Memorando Nº 01148-2025-MINAM/ VMGA, el Viceministerio de Gestión Ambiental remite el O fi cio Nº 00359-2025-OEFA/GEG de la Gerencia General de la OEFA, el mismo que contiene el Informe Nº 00049-2025-OEFA/DSAP de la Dirección de Supervisión Ambiental en Actividades Productivas del mencionado organismo; los cuales han sido complementados con el O fi cio Nº 000385-2025-OEFA/GEG y el Informe Nº 00056-2025-OEFA/DSAP, y mediante los cuales se sustenta técnicamente la solicitud de viaje al exterior de la servidora Paola Chinen Guima, así como la importancia de su participación en el evento internacional mencionado precedentemente; Que, mediante el Informe Nº 00167-2025-MINAM/ SG/OGCAI, la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales (OGCAI), emite opinión favorable sobre la participación de la citada servidora, en el evento propuesto, toda vez que el mismo se encuentra alineado con la agenda internacional ambiental vigente, la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI) al 2030, y los compromisos asumidos ante el APEC; Que, asimismo, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto (OGPP), a través del Memorando Nº 00814-2025-MINAM/SG/OGPP remite el Informe Nº 00310-2025-MINAM/SG/OGPP/OPM de la O fi cina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual emite opinión favorable sobre la solicitud de viaje al exterior de la servidora propuesta, toda vez que, la comisión a realizar se encuentra alineada al Plan Estratégico Sectorial Multianual (PESEM), y a las funciones establecidas en el ROF del OEFA; Que, conforme a lo expuesto, resulta de interés institucional la participación de la servidora antes indicada, en el evento citado, dado que permitirá: i) adquirir conocimientos técnicos actualizados sobre el uso de Inteligencia Arti fi cial y Big Data en la supervisión ambiental, especialmente en sectores como agricultura, acuicultura e industria; ii) conocer experiencias exitosas de economías APEC en la integración de tecnologías emergentes en sus sistemas de monitoreo ambiental; iii) establecer contactos estratégicos con agencias homólogas e instituciones internacionales, lo que facilitará futuras colaboraciones técnicas y transferencia tecnológica; iv) representar al Perú en espacios multilaterales de diálogo sobre innovación tecnológica y fi scalización ambiental; y, v) compartir la experiencia del OEFA en el uso de herramientas digitales en la supervisión ambiental, promoviendo buenas prácticas replicables; Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de funcionarios y servidores públicos o de cualquier persona en representación del Estado y que irrogue algún gasto al Tesoro Público, se otorgará de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 27619 y de acuerdo a las disposiciones contenidas en la citada norma; autorización que deberá sustentarse en el interés nacional o institucional; además, para el caso de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector; Que, de conformidad con el itinerario propuesto, resulta necesario autorizar el viaje de la servidora Paola Chinen Guima, siendo que los gastos por concepto de pasajes y viáticos serán cubiertos con cargo al presupuesto del OEFA, conforme se advierte en las Certi fi caciones de Crédito Presupuestario Nº 0000009901 (pasajes) y Nº 0000009959 (viáticos); Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la O fi cina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por Resolución Ministerial Nº 108-2023-MINAM; el Reglamento de Organización y Funciones del OEFA, aprobado por el Decreto Supremo Nº 013-2017-MINAM y, la Directiva Nº 002-2023-MINAM/ DM, “Disposiciones y procedimientos para la autorización