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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JULIO DEL AÑO 2025 (12/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 45

45 NORMAS LEGALES Sábado 12 de julio de 2025 El Peruano / institucionales, permitiendo el intercambio seguro de información conforme a estándares internacionales y la normativa aplicable en materia de documentos de viaje. Artículo 28.- Fases de implementación28.1. La implementación del SIGMER se desarrolla a través de las siguientes fases: a) Fase I - Plani fi cación y diseño: Comprende el desarrollo de la arquitectura tecnológica, de fi nición de especi fi caciones técnicas, establecimiento de protocolos de seguridad y elaboración del plan detallado de implementación. b) Fase II - Desarrollo e integración inicial: Comprende el desarrollo de componentes base del SIGMER y la integración del Sistema de Solicitud de Visa en Línea (SVEL) y el Sistema de Actividades Migratorias (SAM). c) Fase III - Integración intermedia: Comprende la integración del Sistema QII (SQII) y el Sistema de Carné de Identidad para Extranjeros (CARDIP), así como la implementación inicial del componente de evaluación de riesgo migratorio. d) Fase IV - Integración avanzada: Comprende la integración de la Plataforma Informática de registro para el Migrante Retornado (PIREMIR) y la implementación completa del sistema de evaluación de riesgo migratorio. e) Fase V - Consolidación y mejora continua: Comprende la evaluación integral del sistema, implementación de mejoras y actualización de protocolos de seguridad y operatividad. 28.2. Durante todas las fases de implementación, los sistemas de información mencionados en el artículo precedente continúan operando hasta su completa migración e integración al SIGMER, garantizando la continuidad de los servicios migratorios y la integridad de la información. 28.3. El Ministerio de Relaciones Exteriores elabora y aprueba el Plan de Implementación del SIGMER mediante Resolución Ministerial o, por delegación, mediante Resolución Viceministerial o Resolución de Secretaría General, según corresponde a la naturaleza y alcance del plan, que incluye: a) Cronograma detallado de migración para cada sistema. b) Procedimientos de respaldo y contingencia.c) Protocolos de migración de datos.d) Mecanismos de veri fi cación de integridad de la información. Artículo 29.- Plazos de implementación 29.1. La implementación del SIGMER se sujeta a los siguientes plazos: a) Fase I - Plani fi cación y diseño: Seis (6) meses desde la publicación del presente Reglamento. b) Fase II - Desarrollo e integración inicial: Doce (12) meses desde la fi nalización de la Fase I. c) Fase III - Integración intermedia: Ocho (8) meses desde la fi nalización de la Fase II. d) Fase IV - Integración avanzada: Seis (6) meses desde la fi nalización de la Fase III. e) Fase V - Consolidación y mejora continua: Esta fase tiene carácter permanente e inicia inmediatamente después de la fi nalización de la Fase IV. 29.2. El Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Resolución Ministerial o por delegación, mediante Resolución Viceministerial o Resolución de Secretaría General, podrá modi fi car los plazos establecidos cuando circunstancias debidamente sustentadas lo justi fi quen, sin exceder un plazo total de cuarenta y ocho (48) meses para la implementación completa de las fases I al IV. Artículo 30.- Órganos responsables del Ministerio de Relaciones Exteriores para la implementación del SIGMER 30.1. La O fi cina de Tecnologías de la Información del Ministerio de Relaciones Exteriores es responsable de la arquitectura tecnológica, desarrollo, implementación y mantenimiento de la infraestructura del SIGMER, así como de los controles de seguridad y disponibilidad. 30.2. La Dirección de Política Consular de la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores es responsable de la gestión funcional del sistema, incluyendo las especi fi caciones técnicas y la supervisión de los componentes integrados. 2418853-2 Nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Riga, República de Letonia RESOLUCIÓN SUPREMA N° 101-2025-RE Lima, 11 de julio de 2025CONSIDERANDO: Que, el artículo 49 del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE, señala que es decisión soberana del Estado peruano nombrar a los funcionarios consulares honorarios; Que, mediante la Resolución Suprema N° 061- 2023-RE, de 14 de abril de 2023, se da por terminadas las funciones de la señora Marta Vitols como Cónsul Honoraria del Perú en la ciudad de Riga, República de Letonia, con jurisdicción en toda la citada República; Que, mediante Memorándum N° DGC003042025, de 03 de febrero de 2025, la Dirección General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de conformidad con el artículo 52 del Reglamento Consular del Perú, propone el nombramiento del señor Ernando Palasioss como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Riga, República de Letonia, con jurisdicción consular en todo el país; Que, mediante Nota N° 14-11017, de 26 de mayo de 2025, el Ministerio de Asuntos Exteriores de la República de Letonia comunica el consentimiento de las autoridades competentes de la República de Letonia al nombramiento del señor Ernando Palasioss como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Riga, República de Letonia, con jurisdicción consular en toda la citada República; De conformidad con lo dispuesto en el inciso 11) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, en el Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo N° 032-2023-RE; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombramiento Se nombra al señor Ernando Palasioss como Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Riga, República de Letonia, con jurisdicción consular en la circunscripción consular correspondiente a toda la citada República. Artículo 2.- Letras Patentes Se dispone extender las Letras Patentes correspondientes. Artículo 3.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2418853-3