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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE JULIO DEL AÑO 2025 (15/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Martes 15 de julio de 2025 El Peruano / en apoyo a la formulación o actualización de políticas, programas y proyectos de desarrollo agrario y riego en el marco de la respuesta al cambio climático; Que, mediante el Convenio Especí fi co de Colaboración suscrito el 04 de julio de 2025 entre el MIDAGRI y el IICA, las partes asumen, entre otros, el compromiso de revisar y ajustar el alcance técnico y logístico de fi nido en la Nota Conceptual denominada “Asistencia técnica para la producción e implementación de las condiciones técnicas, logísticas y operativas para la realización de la 45º reunión ordinaria del Comité Ejecutivo del IICA”. Asimismo, el IICA asume, entre otros, el compromiso de administrar los recursos a ser transferidos para la referida reunión ordinaria del Comité Ejecutivo del IICA, en el marco de su normativa y conforme a lo establecido en la Nota Conceptual elaborada para tal fi n, incluidas las modi fi caciones que las partes estimen convenientes, asumiendo el MIDAGRI, entre otros, los compromisos de realizar las gestiones necesarias para la autorización de la transferencia fi nanciera mediante Resolución Ministerial, y transferir luego de aprobada la Resolución Ministerial, y sólo hasta por el monto aprobado en la Nota Conceptual, los recursos a administrar por el IICA para la organización de la 45º reunión ordinaria, previa conformidad de la O fi cina de Presupuesto de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; Que, en dicho contexto, mediante el Informe N° 0387-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-OCAI, la O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales solicitó a la O fi cina de Presupuesto dar continuidad al trámite correspondiente para efectuar la transferencia fi nanciera a favor del IICA indicando, asimismo, que los recursos destinados de manera exclusiva a dicho fi n ascienden a S/ 355 147.00 (Trescientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y siete con 00/100 soles), monto que incluye el 10% por concepto de Recuperación de Costos Indirectos – RCI; Que, mediante el Memorando N° 1555-2025-MIDAGRI- OGPP la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto hace suyo el Informe N° 0502-2025-MIDAGRI-SG/OGPP-ОРRES de la O fi cina de Presupuesto, a través del cual se emite opinión favorable para la transferencia fi nanciera en el Año Fiscal 2025, hasta por el importe de S/ 355 147.00 (Trescientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y siete con 00/100 soles), de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (IICA), con cargo a los recursos asignados en el presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 001-155 Ministerio de Agricultura – Administración Central del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, destinada exclusivamente para la “Asistencia técnica para la producción e implementación de la condiciones técnicas, logísticas y operativas para la realización de la 45° reunión Ordinaria del Comité Ejecutivo del IICA”, propuesta que cuenta con la conformidad legal de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, emitida a través del informe N° 0920-2025-MIDAGRI-SG/OGAJ; Que, estando a lo señalado, resulta necesario aprobar la referida transferencia fi nanciera en el marco del literal s), del numeral 13.1 del artículo 13 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; Con las visaciones del Secretario General; del Director General de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público Para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 31075, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, aprobado por la Resolución Ministerial N° 0080-2021-MIDAGRI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Transferencia Financiera Se autoriza una transferencia fi nanciera hasta por el monto de S/ 355 147.00 (Trescientos cincuenta y cinco mil ciento cuarenta y siete con 00/100 soles) de la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor del Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura - IICA, con cargo a los recursos asignados en el presupuesto institucional de la Unidad Ejecutora 001-155 Ministerio de Agricultura – Administración Central del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, destinada exclusivamente para la “Asistencia técnica para la producción e implementación de la condiciones técnicas, logísticas y operativas para la realización de la 45° reunión Ordinaria del Comité Ejecutivo del IICA”. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se realiza con cargo al Presupuesto Institucional del presente año fi scal del Pliego 013: Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, Unidad Ejecutora 001 - 155 Ministerio de Agricultura – Administración Central, de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, Categoría Presupuestal 9002 Asignaciones Presupuestarias que no Resultan en Productos, Producto 3999999 Sin Producto, en la Actividad 5001254: Transferencia de Recursos para la Ejecución de Actividades. Artículo 3.- Limitaciones al uso de recursos Los recursos de la transferencia fi nanciera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo, Seguimiento y Cumplimiento La O fi cina de Cooperación y Asuntos Internacionales es responsable del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para las cuales se realiza la presente transferencia fi nanciera, autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial. Artículo 5. Noti fi cación Se dispone la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial al Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura – IICA, para que realice las acciones administrativas que correspondan. Artículo 6. Publicación Se dispone la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (www.midagri.gob.pe) el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego 2419339-1 Disponen el levantamiento de la suspensión de la importación de mercancías pecuarias de origen aviar procedentes de la República Federativa de Brasil, y dictan diversas disposiciones RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº D000015-2025- MIDAGRI-SENASA-DSA La Molina, 11 de julio de 2025 VISTO:El INFORME Nº D000027-2025-MIDAGRI-SENASA- DSA-SDCA, de fecha 9 de julio de 2025, emitido por la Subdirección de Cuarentena Animal de la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el artículo 17 del Decreto Ley Nº 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se creó el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA