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52 NORMAS LEGALES Viernes 18 de julio de 2025 El Peruano / ANEXO N° 1 TRANSFERENCIA FINANCIERA DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y VIDA SIN DROGAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA PRESUPUESTAL: “PREVENCIÓN Y TRATAMIENTO DEL CONSUMO DE DROGAS” N°ENTIDAD EJECUTORADENOMINACIÓN DE LA ACTIVIDADMONTO DE LA TRANSFERENCIA HASTA S/ 1MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE COMANDANTE NOELFORTALECIMIENTO DE LAS COMUNIDADES PARA LA PREVENCIÓN DEL CONSUMO DE DROGASS/ 125,000.00 TOTAL S/ 125,000.00 2420605-1 INSTITUTO PERUANO DEL DEPORTE FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° 000070-2025 -P/IPD Mediante O fi cio N° 000811-2025-P/IPD, el Instituto Peruano del Deporte solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia N° 000070-2025-P/IPD, publicada en la edición del día 17 de julio de 2025. - En el Artículo 1.- Aceptación de renuncia; DICE: “Aceptar la renuncia del servidor Carlos Katari Carpio Vargas al puesto de jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Peruano del Deporte considerando como último día de labores el día de la publicación de la Resolución de Presidencia en el Diario O fi cial El Peruano, dándole gracias por los servicios prestados a la entidad.” DEBE DECIR: “Aceptar la renuncia del servidor Carlos Katari Carpio Vargas al puesto de jefe de la O fi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Peruano del Deporte considerando como último día de labores el día 16 de julio de 2025, dándole gracias por los servicios prestados a la entidad.” 2420612-1 ORGANISMOS TÉCNICOS ESPECIALIZADOS AUTORIDAD NACIONAL DEL AGUA Aprueban el Plan de Gestión de Recursos Hídricos de Cuenca Chillón - Rímac - Lurín RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 0146-2025-ANA San Isidro, 17 de julio de 2025VISTOS: El Memorando N° 0142-2025-ANA-AAA.CF-ST. CRHC.CHRL, de la Secretaría Técnica del Consejo de Recursos Hídricos de la Cuenca Chillón Rímac Lurín; el Memorando N° 3797-2025-ANA-AAA.CF, de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete Fortaleza; el Informe Técnico N° 0003-2025-ANA-DPDRH/JOV y el Memorando N° 2423-2025-ANA-DPDRH, emitidos por la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos; y el Informe Legal N° 0588-2025-ANA-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 24 de la Ley N° 29338, Ley de Recursos Hídricos, establece que los Consejos de Cuenca son órganos de naturaleza permanente integrantes de la Autoridad Nacional, creados mediante decreto supremo, a iniciativa de los gobiernos regionales, con el objeto de participar en la plani fi cación, coordinación y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en sus respectivos ámbitos; Que, conforme establece el inciso 21.3 del artículo 21 del Reglamento de la Ley de Recursos Hídricos, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2010-AG, la Autoridad Nacional del Agua aprueba, entre otros, los Planes de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca, los que deben contar con la conformidad de los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca; Que, el literal b) del artículo 31 del citado Reglamento, prescribe que los Consejos de Recursos Hídricos de Cuenca, tienen entre sus funciones, elaborar conjuntamente con la Autoridad Administrativa del Agua, el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca, en armonía con la Política y Estrategia Nacional de Recursos Hídricos, el Plan Nacional de Recursos Hídricos y la Política Nacional del Ambiente; Que, asimismo el inciso 32.1 del artículo 32 del Reglamento en mención, dispone que el Plan de Gestión de Recursos Hídricos en la Cuenca que cuenta con la conformidad del Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca y aprobado por la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua, con cargo a dar cuenta al Consejo Directivo, constituye instrumento público vinculante para la gestión de los recursos hídricos en la cuenca respectiva; Que, mediante Decreto Supremo N° 007-2016- MINAGRI se crea el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca Interregional Chillón Rímac Lurín, como órgano desconcentrado de naturaleza permanente de la Autoridad Nacional del Agua, con el objeto de participar en la plani fi cación, coordinación, y concertación del aprovechamiento sostenible de los recursos hídricos en su ámbito; Que, el Consejo de Recursos Hídricos de Cuenca en mención está clasi fi cado como interregional, y está conformado por las unidades hidrográ fi cas individuas y continuas, que comprenden al ámbito de la Autoridad Administrativa del Agua Cañete-Fortaleza y abarca la integridad de la Administración Local de Agua Chillón-Rímac-Lurín; Que, en ese sentido, la Dirección de Plani fi cación y Desarrollo de los Recursos Hídricos, a través del Informe Técnico de Vistos, emite opinión favorable respecto a la conformidad técnica del Plan de Gestión de Recursos Hídricos de la Cuenca Chillón - Rímac - Lurín, señalando que fue elaborado conforme al marco normativo vigente y a los lineamientos técnicos establecidos por la Autoridad Nacional del Agua; asimismo, que el proceso de formulación del plan fue participativo, involucrando a los actores relevantes a través de reuniones y talleres, lo que permitió validar el documento de manera social, técnica e institucional. Se destaca la alineación del plan con las políticas nacionales, regionales y locales, así como con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional al 2050. El enfoque de Seguridad Hídrica se incorpora de manera transversal, estableciendo objetivos especí fi cos en cinco líneas de acción: agua potable y saneamiento, uso productivo, protección y conservación ambiental, protección contra eventos extremos y gobernanza; Que, la citada Dirección, indica también que el plan contiene diagnósticos actualizados, de fi nición de objetivos, metas e indicadores, así como la identi fi cación y priorización de intervenciones a corto, mediano y largo plazo. Se remarca que el plan contempla programas y proyectos valorizados y mecanismos de monitoreo y evaluación para asegurar la sostenibilidad de la gestión