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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2025 (19/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 47

47 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / Designan Directora de la Dirección de Coordinación Nacional y Cooperación Internacional del PRONABEC RESOLUCIÓN DIRECTORAL EJECUTIVA Nº 069-2025- MINEDU-VMGI-PRONABEC Lima, 17 de julio de 2025VISTOS: El Informe N° 945-2025-MINEDU/VMGI-PRONABEC- OGRH de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, el O fi cio N° 146-2025-MINEDU/VMGI-PRONABEC-OAJ de la O fi cina de Asesoría Jurídica y demás recaudos que se acompañan al Expediente 59182-2025 (SIGEDO); y, CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de Directora de la Dirección de Coordinación Nacional y Cooperación Internacional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC; Que, resulta necesario designar a la persona que se desempeñará en dicho cargo; y, Con el visto de la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos y de la O fi cina de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, y modi fi catorias; su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 075- 2008-PCM y modi fi catorias; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y el Manual de Operaciones del PRONABEC, aprobado mediante la Resolución Ministerial N° 119-2024-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a Jessyca del Carmen Murguía Hernández, al cargo de Directora de la Dirección de Coordinación Nacional y Cooperación Internacional del Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo - PRONABEC. Artículo 2.- Disponer que la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, cumpla con noti fi car la presente resolución a Jessyca del Carmen Murguía Hernández. Artículo 3.- Publicar la presente resolución en el portal electrónico institucional del PRONABEC (http://www.gob. pe/pronabec). Regístrese, comuníquese y publíquese. ALEXANDRA AMES BRACHOWICZ Directora Ejecutiva Programa Nacional de Becas y Crédito Educativo 2420946-1 INTERIOR Autorizan viaje de personal policial a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1419-2025-IN Lima, 18 de julio de 2025 VISTOS, el O fi cio N° 1244-2025-COMOPPOL/ DIRASINT-DIVABI, de la División de Administración de Becas Internacionales de la Dirección de Asuntos Internacionales de la Policía Nacional del Perú, y el Informe N°002072-2025-IN-OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y,CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 247-2020- JUS, el Estado peruano accedió a la solicitud de extradición activa del ciudadano colombiano MAURICIO HERNANDO PINILLA FIGUEROA, de la República de Colombia, formulada por la Sala Penal Nacional, y declarada procedente por la Primera Sala Penal Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, para ser procesado en la República del Perú por la presunta comisión del delito de trá fi co ilícito de drogas agravado, en agravio del Estado peruano; Que, a través de la comunicación electrónica con referencia 20251700054371/EXTRADICIONES/JCH, de fecha 29 de junio de 2025, la O fi cina Central Nacional de INTERPOL - Colombia informa a la O fi cina Central Nacional de INTERPOL - Lima, que ha sido declarada procedente la solicitud de extradición del ciudadano colombiano MAURICIO HERNANDO PINILLA FIGUEROA, asimismo, acepta la propuesta de programación para ejecutar la referida extradición, para el día 24 de julio de 2025; Que, con Informe N° 347-2025-COMOPPOL PNP/ DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE, la Ofi cina Central Nacional INTERPOL - Lima, sustenta la designación del Subo fi cial Superior de la Policía Nacional del Perú JOSE SEGUNDO TORRES GUERRA y de la Subo fi cial de Segunda de la Policía Nacional del Perú MARIA PIA QUISPE SANCHEZ, para que viajen en comisión de servicio, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, a fi n de recibir, custodiar y trasladar a nuestro país, al ciudadano colombiano MAURICIO HERNANDO PINILLA FIGUEROA; Que, mediante Hoja de Estudio y Opinión N° 228-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI, el Comando de Operaciones Policiales de la Policía Nacional del Perú estima conveniente se prosiga con el trámite de expedición de la resolución que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal policial mencionado precedentemente, del 21 al 25 de julio de 2025, a la ciudad de Bogotá de la República de Colombia, para que ejecuten la extradición activa antes citada; Que, el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1267, Ley de la Policía Nacional del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° 026-2017-IN, establece en su artículo 13 que “La O fi cina Central Nacional INTERPOL - Lima de la Policía Nacional del Perú tiene las funciones siguientes: (…) 7) Ejecutar las extradiciones activas y pasivas de ciudadanos nacionales o extranjeros, requeridos por la autoridad judicial nacional o extranjera y que se encuentren en territorio nacional o internacional, vía los canales y procedimientos diplomáticos correspondientes, en el marco de la legislación vigente y los Tratados de Extradición de los cuales el Perú es parte (…)”; Que, la participación del mencionado personal policial en la comisión asignada, se encuentra en el ámbito de las competencias de la Policía Nacional del Perú, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior antes referido, debiendo señalarse que los gastos por concepto de viáticos del citado personal policial, son asumidos por la Unidad Ejecutora 002: Dirección de Economía y Finanzas de la PNP, del Pliego 007: Ministerio del Interior, conforme a la Certi fi cación de Crédito Presupuestario Nota N° 0000002506, y los gastos por pasajes aéreos (ida y vuelta) serán asumidos por el Poder Judicial, conforme se precisa en el Informe N° 347-2025-COMOPPOL PNP/DIRASINT-PNP/OCN INTERPOL-L-DEPICJE y en la Hoja de Estudio y Opinión N° 228-2025-COMOPPOL/DIRASINT-DIVABI; Que, el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG, en su artículo 3 establece que “Los viajes al exterior con carácter o fi cial comprenden las modalidades siguientes: Comisión de servicio (…)”; Que, asimismo el Decreto Supremo N° 001-2009-IN en su artículo 1 dispone “Hacer extensivo al personal policial y civil de la Policía Nacional del Perú los alcances del Decreto Supremo N° 002-2004-DE/SG (…)”; Que, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, en su artículo 10 establece que “10.1. Durante el Año Fiscal 2025, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes