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59 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / Artículo 2.- Remisión de informe La Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI remite al Ministerio de Relaciones Exteriores un informe detallado, con posterioridad al cierre de la actividad, sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos, así como el detalle de los gastos efectuados, en base a la presente autorización. Artículo 3.- Pago de impuestos o derechos aduaneros La presente resolución ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2420765-1 Autorizan viaje de funcionario diplomático a los EE.UU., en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0481-2025-RE Lima. 17 de julio de 2025 VISTOS: El Memorándum N° DAE010472025, de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 7 de julio de 2025; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2954 del Despacho Viceministerial, de 8 de julio de 2025; el Memorándum N° OPP017742025 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 10 de julio de 2025, que otorgó certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP021052025 de la O fi cina de Administración de Personal, de la O fi cina General de Recursos Humanos, de 11 de julio de 2025; CONSIDERANDO: Que, el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible (HLPF, por sus siglas en inglés) constituye la principal plataforma intergubernamental de las Naciones Unidas para examinar los avances en la implementación de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS); Que, en 2025, el HLPF realizará una revisión temática de los ODS 3 (Salud y Bienestar), ODS 5 (Igualdad de Género), ODS 8 (Trabajo Decente y Crecimiento Económico), ODS 14 (Vida Submarina) y ODS 17 (Alianzas para lograr los Objetivos), los cuales fueron tratados durante la Octava Reunión del Foro de los Países de América Latina y el Caribe sobre el Desarrollo Sostenible (8FDS), celebrada en la ciudad de Santiago, República de Chile, del 31 de marzo al 4 de abril de 2025, bajo la presidencia del Perú en su calidad de Presidencia Pro Tempore de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL); Que, el Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa, Director General para Asuntos Económicos, participó en el 8FDS, ejerciendo la presidencia de la reunión en representación del Perú; Que, el Presidente del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ECOSOC) invitó al señor Canciller para participar como panelista en la sesión sobre perspectivas regionales en la implementación de los ODS, que se celebrará el 22 de julio de 2025 en Nueva York, Estados Unidos de América, y contará con la participación de las presidencias de otros foros regionales, con el objetivo de compartir las principales prioridades y recomendaciones surgidas del foro regional presidido por el Perú, por lo que resulta necesario designar a un representante que asista en su nombre; Que, así mismo, el 21 de julio de 2025, el referido representante sostendrá una reunión de coordinación con el Secretario de la CEPAL, a fi n de abordar la presentación de los resultados de la Octava Reunión del Foro Regional y coordinar aspectos relativos a la participación de la presidencia peruana de la CEPAL en la sesión del HLPF sobre perspectivas regionales; Que, en ese sentido, se estima importante la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa, Director General para Asuntos Económicos, a fi n de representar al señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores en la referida sesión sobre perspectivas regionales del HLPF, sostener las reuniones de coordinación necesarias para la presentación de los resultados del foro regional y brindar un adecuado seguimiento del tema; Que, por razones de itinerario, el viaje del referido comisionado, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, se realizará del 20 al 23 de julio de 2025; De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República Jorge Félix Rubio Correa, Director General para Asuntos Económicos, a la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, del 20 al 23 de julio de 2025, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: Meta (352) 0090930 “Integración y negociaciones económicas internacionales - D. De Negociaciones Económicas” y, Código POI AOI00004500181 “Fortalecimiento de las negociaciones económicas internacionales”, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes aéreos Clase económica (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal viáticos (USD) Jorge Félix Rubio Correa 1,718.48 440.00 2 + 1 1 320.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje, se ha adicionado un (1) día de viáticos por concepto de gasto de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el comisionado deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2421075-1