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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2025 (19/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 58

58 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / Que, la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 por el numeral iv. de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, a fi nanciar, con cargo a su presupuesto institucional y en el marco de lo señalado por el Decreto Legislativo N° 719, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de cooperantes peruanos al exterior, para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de bene fi ciarios extranjeros hacia el Perú para recibir capacitación, ambos de corta duración. Los gastos que se efectúen en el marco de la citada disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República del Perú y la República de Costa Rica se enmarca en el “Convenio de Cooperación Técnica y Cientí fi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de Costa Rica”, suscrito el 23 de marzo de 2001, a través del cual se estableció la creación de una Comisión Mixta que se reunirá cada dos (2) años, alternadamente; Que, en la IV Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica entre la República del Perú y la República de Costa Rica, se aprobó el Programa de Cooperación Bilateral 2024 - 2026, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado “Intercambio de experiencias y asistencia técnica entre Costa Rica y Perú, sobre la organización, operatividad e implementación de Equipos Médicos de Emergencia (EMT), Brigadas de Salud para emergencias y desastres, y del Centro de Operaciones de Emergencias y Desastres del Sector Salud”; Que, en el marco del mencionado Proyecto se ha programado la actividad denominada “Asistencia técnica en Costa Rica para que Perú comparta con el Equipo de Respuesta Rápida (ERR) de Costa Rica lo referente a la respuesta coordinada desde las Brigadas de Salud para emergencias y desastres, así como buenas prácticas en la organización de la primera respuesta en salud para eventos masivos programados”, a realizarse en la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 20 al 24 de julio de 2025, y cuyas instituciones ejecutoras son el Ministerio de Salud de la República del Perú y el Ministerio de Salud de la República de Costa Rica; Que, mediante el Informe N° 0096-2025-APCI/ DGNI, de 27 de junio de 2025, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, ha señalado que en la referida actividad del Proyecto participarán los cooperantes peruanos FANNY BERENICE ORTIZ DEZA, EINSTEIN AARON JARA DIAZ Y MIGUEL DAVID APONTE JURADO, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de San José, República de Costa Rica; con el objetivo de “Fortalecer a los Equipos de Respuesta Rápida (ERR) de Costa Rica en primera respuesta en salud”; concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de tres (3) funcionarios del Ministerio de Salud de la República del Perú, en calidad de cooperantes peruanos; Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 por el numeral iv. de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de los citados cooperantes peruanos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI;Que, la participación de los cooperantes peruanos se inscribe en el marco de lo dispuesto en la “Directiva que establece el procedimiento de adquisición de pasajes, asignación de viáticos y rendición de cuentas en el marco de la gestión de la Oferta Peruana de Cooperación Técnica Internacional”, aprobada por la Resolución Directoral Ejecutiva N° 080-2019/APCI-DE; Que, mediante la Memoranda N° 0092-2025-APCI/ OPP, 0121-2025-APCI/OPP y N° 0146-2025-APCI/ OPP, de 27 de enero de 2025 y, 11 y 18 de febrero de 2025, respectivamente, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI ha emitido las Notas N° 0000000052, N° 0000000067 y N° 0000000084, otorgando la certi fi cación de crédito presupuestario y las ampliaciones que permitirán atender el citado gasto; Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, mediante el Informe N° 0133-2025-APCI/OAJ, de 1 de julio de 2025, ha emitido opinión favorable respecto a la autorización de gasto; Que, a través del Memorándum N° DCI007972025, de 3 de julio de 2025, la Dirección de Cooperación Internacional de la Dirección General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, ha veri fi cado que lo requerido por la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI se encuentra en consonancia con el objetivo estratégico del sector relacionado con el fortalecimiento de la Cooperación Sur- Sur y del rol del Perú como oferente de cooperación; De conformidad con la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025; la Ley N° 29357, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo N° 135-2010-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley N° 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; y, el Decreto Supremo N° 028-2007-RE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; SE RESUELVE:Artículo 1.- Autorización de gasto Se autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, el gasto por concepto de adquisición de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de los cooperantes peruanos FANNY BERENICE ORTIZ DEZA, EINSTEIN AARON JARA DIAZ Y MIGUEL DAVID APONTE JURADO, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de la ejecución de la actividad denominada “Asistencia técnica en Costa Rica para que Perú comparta con el Equipo de Respuesta Rápida (ERR) de Costa Rica lo referente a la respuesta coordinada desde las Brigadas de Salud para emergencias y desastres, así como buenas prácticas en la organización de la primera respuesta en salud para eventos masivos programados”, a realizarse en la ciudad de San José, República de Costa Rica, del 20 al 24 de julio de 2025, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y apellidosPasajes aéreos internacionales Lima - San José - Lima (USD)Seguros personales (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal de viáticos (USD) FANNY BERENICE ORTIZ DEZA2,404.50 60.77 315.00 5 1,575.00 EINSTEIN AARON JARA DIAZ2,404.50 60.77 315.00 5 1,575.00 MIGUEL DAVID APONTE JURADO2,404.50 60.77 315.00 5 1,575.00