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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE JULIO DEL AÑO 2025 (19/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Sábado 19 de julio de 2025 El Peruano / GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 24 363 946,00 ============ TOTAL EGRESOS 24 363 946,00 ============ Artículo 2.- Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales de Huancavelica y de Moquegua Autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, hasta por la suma de S/ 24 363 946,00 (VEINTICUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), por la fuente de fi nanciamiento Recursos Ordinarios, a favor de los Gobiernos Regionales de Huancavelica y de Moquegua, para fi nanciar los gastos asociados a la reactivación de la economía a través de la ejecución de los proyectos de inversión con Código Único de Inversiones (CUI) N° 2467444 y N° 2234657, en el marco de lo establecido en el literal a) del numeral 17.1 y en el numeral 17.2 del artículo 17 de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, con cargo a la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas de acuerdo con el siguiente detalle: DE LA: EN SOLES SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 009 : M. de Economía y Finanzas UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración General CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos ACTIVIDAD 5000415 : Administración del Proceso Presupuestario del Sector Público FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.0 Reserva de Contingencia 24 363 946,00 ============ TOTAL EGRESOS 24 363 946,00 ============ A LA: EN SOLES SECCIÓN SEGUNDA : Instancias Descentralizadas PLIEGO 447 : Gobierno Regional del Departamento de Huancavelica UNIDAD EJECUTORA 007 : Gerencia Sub-Regional Huaytará CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0042 : Aprovechamiento de los recursos hídricos para uso agrario PROYECTO 2467444 : Mejoramiento y ampliación del servicio de agua para el sistema de riego Piedra Hermosa en el distrito de Huaytará - provincia de Huaytará - departamento de Huancavelica FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no financieros 20 607 739,00 SECCIÓN SEGUNDA : Instancias descentralizadas PLIEGO 455 : Gobierno Regional del Departamento de Moquegua UNIDAD EJECUTORA 002 : Proyecto Especial Pasto Grande CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0042 : Aprovechamiento de los recursos hídricos para uso agrario PROYECTO 2234657 : Mejoramiento y ampliación de los servicios de agua para riego en las comisiones de riego Coalaque y Pampa Dolores en 6 localidades del distrito de Coalaque - provincia de General Sánchez Cerro - departamento de Moquegua FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CAPITAL 2.6 Adquisición de activos no financieros 3 756 207,00 ============ TOTAL EGRESOS 24 363 946,00 ============Artículo 3.- Procedimiento para la aprobación institucional 3.1 El Titular del pliego habilitador en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1 y los Titulares de los pliegos habilitados en la Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 2 aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en los citados artículos del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 3.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 3.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 4.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 2 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Desarrollo Agrario y Riego. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de julio del año dos mil veinticinco. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ÁNGEL MANUEL MANERO CAMPOS Ministro de Desarrollo Agrario y Riego RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Economía y Finanzas 2421243-4 Designan Asesora del Despacho Viceministerial de Hacienda II RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 340-2025-EF/49 Lima, 18 de julio del 2025 CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el puesto de Asesor(a) del Despacho Viceministerial de Hacienda II del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, en este contexto, resulta necesario designar a la persona que ejerza las funciones inherentes al referido puesto; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; y, en el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Juana Rómula López Escobar en el puesto de Asesora del Despacho