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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2025 (25/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 97

97 NORMAS LEGALES Viernes 25 de julio de 2025 El Peruano / naturaleza o condición apropiada para el uso público o para la prestación del servicio público de un predio estatal se evalúa y se sustenta según cada caso, debiendo analizarse la pérdida de la fi nalidad pública del predio, en atención a su ubicación, extensión, ámbito, entre otras características, priorizándose el interés colectivo sobre el interés particular, lo cual es plasmado en un informe técnico legal”. Asimismo, el numeral 92.6) del citado artículo del dispositivo legal glosado, señala que, en el caso de los predios administrados por los Gobiernos Locales, la desafectación es aprobada por estos, de acuerdo a su normativa y considerando las reglas generales establecidas en el TUO de la Ley y el Reglamento; Que, el Artículo 27 de la Ordenanza N° 015-2003- MPC, que regula el régimen de constitución, clasi fi cación, atributos y administración de los bienes de uso público de la Provincia Constitucional del Callao, establece que mediante la desafectación cesa el uso público de un bien, sin que ello implique el cambio de titularidad de la propiedad del mismo. Las desafectaciones podrán ser totales o parciales y podrán disponerse indistintamente sobre el suelo, subsuelo o sobresuelo. En todos los casos, corresponde al Concejo Municipal Provincial, aprobar las desafectaciones de los bienes de uso público ubicados en la Provincia Constitucional del Callao; Que, el Artículo 28 de la precitada Ordenanza regula las causales de desafectación, estableciendo en el literal b) que una de ellas es la pérdida de la naturaleza que justifi có su inclusión en esta categoría de bienes, y c) como consecuencia de que en los Planes Urbanos o Estudios Urbanos Especiales se aprueben, mediante Ordenanza del Concejo Municipal Provincial, proyecto de Reestructuración o de Adecuación Urbana o de Renovación Urbana que impliquen modi fi caciones en la estructura urbana existente; Que, mediante Expediente N° 2025-0002886 de fecha 7 de enero de 2025, la Municipalidad Distrital de Ventanilla remite el O fi cio N° 001-2025/MDV-SG, mediante el cual traslada el Acuerdo de Concejo N° 064-2024/MDV-CDV que aprueba la opinión técnica favorable para la desafectación parcial del predio inscrito en la Partida N° P01229526, de uso Parque/Jardín a Vivienda, para los trámites correspondientes; Que, a través del Informe N° 074-2025/MPC-GDU- SGPUC de fecha 7 de febrero de 2025, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro comunica que conforme a la evaluación realizada se ha veri fi cado algunas incongruencias en la propuesta de desafectación presentada por la Municipalidad Distrital de Ventanilla. En virtud de ello, la Gerencia de Desarrollo Urbano, con O fi cio N° 071-2025/MPC-GDU de fecha 7 de febrero de 2025, solicita a la Municipalidad Distrital de Ventanilla que levante las observaciones planteadas en el citado Informe; Que, mediante O fi cio N° 072-2025/MDV-GDUI (Expediente N° 2025-0063779 del 10 de abril de 2025), la Municipalidad Distrital de Ventanilla emite pronunciamiento respecto a las observaciones planteadas en el O fi cio N° 071-2025-MPC-GDU; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, con Informe N° 250-2025/MPC-GDU-SGPUC de fecha 23 de abril de 2025, remite lo actuado a la Gerencia de Asentamientos Humanos a fi n de que emita opinión técnica respecto a la solicitud de desafectación de la Municipalidad Distrital de Ventanilla; Que, a través del Memorándum N° 874-2025/MPC- GAAHH de fecha 20 de mayo de 2025, la Gerencia de Asentamientos Humanos traslada a la Gerencia de Desarrollo Urbano el Informe N° 102-2025-MPC-GAAHH-SGHU de fecha 15 de mayo de 2025 el cual contiene el Informe N° 044-2025-MPC-GAAHH-SGHU-JBM, mediante el cual se concluye que, estando en curso el saneamiento físico legal de los asentamientos humanos “Omar Marcos Arteaga II” y “Marcelina Caballero de Moreno”, previamente se debe aprobar la desafectación parcial del área de 54,991.28 m2 inscrito en la Partida N° P01229526; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro, con Informe N° 351-2025/MPC-GDU-SGPUC, señala que de la revisión de los actuados y conforme a lo indicado en el Informe Técnico N° 085-2025/MPC-GDU-SGPUC-ECFD e Informe Legal N° 213-2025/MPC- GDU-SGCPU-CMVA, se aprecia que el área de 54,991.28 m2, correspondiente al predio inscrito en la Partida N° P01229526 del Registro de Predios de la O fi cina Registral del Callao, ha perdido su naturaleza pública, encontrándose en la causal de desafectación prevista en el artículo 28 de la Ordenanza Municipal N° 000015 emitida por el Concejo Municipal Provincial del Callao el 15 de setiembre de 2003, asimismo en los incisos b) y c) del numeral 21.1 y los incisos a) y c) del numeral 21.2 del artículo 21 del Reglamento de la Ley N° 31199, así como lo señalado en el numeral 92.1 del Reglamento de la Ley N° 29151. En ese sentido, emite opinión técnica favorable a la desafectación parcial del mencionado bien de uso público, ubicado en el “Asentamiento Humano Los Olivos de la Paz Mz G1 Lote 1”, con uso destinado a Parque/Jardín, de un área de 54,991.28 m2, ocupado por viviendas, lozas deportivas y vías de circulación de los Asentamientos Humanos denominados “Omar Marcos Arteaga II” y “Marcelina Caballero de Moreno”; Que, la Gerencia de Desarrollo Urbano, mediante Memorando N° 1053-2025-MPC-GDU de fecha 4 de junio de 2025, hace suyo el Informe de la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y solicita opinión legal a la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; Que, la O fi cina General de Asesoría Jurídica, a través del Informe N° 177-2025-MPC/OGAJ de fecha 6 de junio de 2025, emite opinión legal favorable a la Desafectación parcial del bien de uso público del predio inscrito en la Partida N° P01229526 denominado “Asentamiento Humano Los Olivos de la Paz Mz G1 Lote 1” del Registro de Predios de la SUNARP, con uso destinado a Parque/Jardín, de un área de 54,991.28 m2, ocupados por viviendas, lozas deportivas y vías de circulación de los Asentamientos Humanos denominados “Asentamiento Humanos Omar Marcos Arteaga II” y “Asentamiento Humano Marcelina Caballero de Moreno”; Que, la Comisión de Población, Desarrollo Urbano y Nomenclatura, a través del Dictamen N° 023-2025-MPC-SR-COPODUN de fecha 30 de junio de 2025, recomienda al Concejo Municipal Provincial del Callao se apruebe la propuesta de Ordenanza Municipal en cuestión, disponiendo se eleve al Pleno del Concejo para su pronunciamiento; Estando a lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 9 inciso 8), así como en los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA DESAFECTACIÓN PARCIAL DE BIEN DE USO PÚBLICO, COMPRENDIDA EN EL PREDIO INSCRITO EN LA PARTIDA REGISTRAL N° P01229526, DEL DISTRITO DE VENTANILLA, PROVINCIA CONSTITUCIONAL DEL CALLAO Artículo 1.- APROBAR la desafectación parcial de bien de uso público, comprendida en el predio inscrito en la Partida N° P01229526 del Registro de Predios de la Ofi cina Registral del Callao, denominado “Asentamiento Humano Los Olivos de la Paz Mz. G1 Lote 1”, con uso destinado a Parque/Jardín, de un área de 54,991.28 m2, ocupados por viviendas, lozas deportivas y vías de circulación de los Asentamientos Humanos denominados “Asentamiento Humano Omar Marcos Arteaga II” y “Asentamiento Humano Marcelina Caballero de Moreno”, de acuerdo al plano Lámina: PP-01 y memoria descriptiva que forman parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo 2.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Urbano, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro y demás áreas competentes, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como su inscripción en Registros Públicos y las demás acciones correspondientes con arreglo a Ley. Artículo 3.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la Ofi cina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación su publicación en el Portal Institucional