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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE JULIO DEL AÑO 2025 (25/07/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 90

90 NORMAS LEGALES Viernes 25 de julio de 2025 El Peruano / correspondan conforme a los alcances de la cláusula undécima del Convenio Colectivo de Trabajo a nivel descentralizado período 2024 - 2025, de fecha 11 de julio de 2024, considerando el régimen laboral al que se encuentra sujeto la abogada mencionada. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Este, Coordinador Nacional de las Fiscalías Penales de competencia de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “A” y encargado de los Distritos Fiscales que integran el Grupo “B”, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2422531-7 Nombran fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2238-2025-MP-FN Lima, 24 de julio de 2025 VISTOS:El o fi cio Nº 1703-2025-ANC-MP-J e informe Nº 0074-2025-MP-FN-OREF-ENYO, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por el abogado Juan Antonio Fernández Jerí, Jefe Nacional de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, se eleva la propuesta de nombramiento y designación de la abogada Jacqueline Chávez Obregón, para ocupar el cargo de fi scal adjunta provincial en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal del Callao. La Ley Nº 30944, publicada en el Diario O fi cial El Peruano el 8 de mayo de 2019, dispuso la creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Publico, cuyo Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 0112-2024-ANC-MP-J, de fecha 31 de mayo de 2024, establece en su Disposición Complementaria Final lo siguiente: “Hasta que la Junta Nacional de Justicia implemente y realice los concursos públicos de méritos para acceder a la titularidad del cargo de fi scales de control, en la especialidad de control disciplinario fi scal; el Jefe Nacional de la ANC-MP, en mérito a la autonomía e independencia funcional y administrativa que le faculta la Ley N° 30944, Ley de creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, en propuesta única, solicitará la designación provisional de fi scales de cualquier sistema o subsistema, en una plaza vacante. El propuesto deberé cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 2°, 4° 7°, 8° 9°y demás a fi nes de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal (...)”. De acuerdo con los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el acto resolutivo correspondiente a fi n de nombrar y designar a la abogada Jacqueline Chávez Obregón para que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunta provincial en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal del Callao; en atención al marco normativo antes citado, previa veri fi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0074-2025-MP-FN-OREF-ENYO, de fecha 17 de julio de 2025. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la abogada Jacqueline Chávez Obregón, como fi scal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal del Callao, designándola en la Autoridad Desconcentrada de Control del Distrito Fiscal del Callao. Artículo Segundo.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal del Callao, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.DELIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2422531-8 Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2239-2025-MP-FN Lima, 24 de julio de 2025 VISTOS:El o fi cio Nº 001811-2025-MP-FN-CN-FEMA, los informes N os 000023-2025-MP-FN-CN-FEMA y 0171-2025-MP-FN-OREF-YGRC, y; CONSIDERANDO:Mediante el o fi cio de vistos, el Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental eleva el informe Nº 000023-2025-MP-FN-CN-FEMA con la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en la Primera Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Materia Ambiental de Ucayali. De acuerdo con los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.