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84 NORMAS LEGALES Viernes 25 de julio de 2025 El Peruano / Nº 0162-2025-JNE debe entenderse sustituida por las siglas y equivalencias establecidas por la Resolución Nº 109-2025-P/JNE. 3. DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario o fi cial El Peruano y en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.SS. BURNEO BERMEJO MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY TORRES CORTEZ OYARCE YUZZELLI Clavijo Chipoco Secretaria General 2422458-1 MINISTERIO PÚBLICO Nombran fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2211-2025-MP-FN Lima, 15 de julio de 2025 VISTOS: El o fi cio Nº 003420-2025-MP-FN-FSCN-FECCO e informe Nº 00100-2025-MP-FN-OREF-MRUO, y; CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de vistos, cursado por la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, se eleva la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada. De acuerdo con los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718, corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley Nº 31718, los fi scales provisionales son aquellos fi scales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa. El Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse inde fi nidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria. En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fi n de nombrar al abogado que ocupe provisionalmente el cargo de fi scal adjunto provincial en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada; en atención al marco normativo antes citado, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 00100-2025-MP-FN-OREF-MRUO, de fecha 14 de julio de 2025. Cabe precisar que la plaza a ocupar —con carácter transitorio— corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 109-2017-MP-FN-JFS, de fecha 29 de agosto de 2017. De conformidad con lo establecido por el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley Nº 31718; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Nombrar al abogado Erick Martín Villa Sulca, como fi scal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándolo en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada. Artículo Segundo.- Disponer que la O fi cina General de Potencial Humano realice las acciones que correspondan conforme a los alcances de la cláusula undécima del Convenio Colectivo de Trabajo a nivel descentralizado período 2024 - 2025, de fecha 11 de julio de 2024, considerando el régimen laboral al que se encuentra sujeto el abogado mencionado. Artículo Tercero.- Disponer la noti fi cación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Imagen Institucional y al abogado mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. DE LIA M. ESPINOZA VALENZUELA Fiscal de la Nación 2422531-1 Nombran fiscal adjunta provincial provisional transitoria del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 2212-2025-MP-FN Lima, 15 de julio de 2025 VISTO Y CONSIDERANDO: El ofi cio N° 003279-2025-MP-FN-FSCN-FECCO, de fecha 28 de mayo de 2025, cursado por la Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, mediante el cual se eleva la propuesta en terna para ocupar el cargo de fi scal adjunto provincial en el Pool de Fiscales Transitorios de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada. De acuerdo con los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo N° 052 y modi fi cada por el artículo único de la Ley N° 31718, corresponde a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los fi scales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fi scales titulares y provisionales en el órgano fi scal respectivo. Según el numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley N° 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modi fi cada por la Ley